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Caso Práctico I Nuevo Salario, Mismas funciones

joselomarinTrabajo15 de Julio de 2023

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Caso Practico I

Nuevo Salario, Mismas Funciones: Marco Legal Laboral

Jose Luis Marin Muñoz

Maestria en Marketing y Direccion Comercial

Modulo. Marco Legal Laboral

Bussines School – EUDE

Julio 2023

Caso Practico I

Nuevo Salario, Mismas funciones. Preguntas a resolver:

  1. ¿Cuáles  son  las  acciones  legales  que  la  Sra.  Georgina  Gómez  puede iniciar?

 Acciones legales:

  • Entablar un acuerdo bilateral con el patrón buscando un comun acuerdo o ante la  Secretaria  del Trabajo y Previsión Social o la Junta de Conciliación y Arbitraje.
  • Solicitar defensa ante  la  Junta de Conciliación y Arbitraje, sabiendo que el plazo maximo estipulado  son 2 meses desde el día en que se presenta el despido injustificado.

Puede tambien ejercitar dos acciones:

  • Reinstalación: que le otorga la restitucion a  su  puesto  de  trabajo; bajolas  mismas prestaciones y funciones que tenia cuando fue despedida injustificadamente.
  • Indemnización: es el pago que debe realizar el patron cuando termina la relación laboral por despido injustificado.

  1. ¿A qué instancia legal debe dirigirse la acción y por qué razones?

Debe dirigirse a la estancia de la Junta Federal de Conciliacion y Arbitraje por los siguientes motivos:

  • Esta junta se encarga de las  relaciones  laborales,  mediante  la conciliación y el arbitraje.
  • Esta Junta se encargada de resolver los conflictos laborales de competencia estatal.
  • Esta Junta se encarga de garantizar la  trasparencia,  certeza  y seguridad jurídica en la solución de conflictos laborales.

  1. ¿Quiénes son los sujetos contra los cuales debe entablar su acción? Argumente, precisando las normas que respalden la decisión.

En contra del actual Director General y  el  Director  General en calidad de jefe del area correspondiente; siendo el responsable en la de reducción de personal. La acción se interpondria jurídicamente bajo al artículo 10 de la Ley Federal de  Trabajo mencionando que  “el  patrón  es  la  persona  física  o  moral  que  utiliza  los servicios de uno o varios trabajadores. Si el trabajador, conforme a lo pactado o a la costumbre, utiliza los servicios de otros trabajadores, el patrón de aquél, lo será también de estos”, por ende la trabajadora estaba siendo dirigida por los mencionados.

  1. ¿Puede la señora Gómez demandar la reinstalación? ¿Por qué? (funde y motive jurídicamente)

Si puede, por los  siguientes motivos:

  • En el artículo 48 de la Ley Federal de trabajo se le permite a la trabajadora solicitar su reintrego a su puesto de trabajo o en su defecto a una indeminzacion por parte del patron ante la Junta de  Conciliación y  Arbitraje.  
  • El  despido se considera como  despido injustificado, puesto que no esta incluido en ninguno de los 15 motivos que menciona la Ley Federal de Trabajo en su articulo 47.
  • La trabajadora no recibio por escrito del patron el motivo del porque se terminaba su vinculo laboral,asi como tampoco  se  comunicó  a  la  Junta de  Conciliación y  Arbitraje  competente el motivo; por lo cual se consideraria como separación no justificada invalidando el despido de acuerdo a lo establecido  en  el  artículo  47  de  la  Ley  Federal  de Trabajo.  

  1. Enumere  el  resto  de  las  acciones  que  puede  solicitar  en  su  escrito  de demanda  la  Sra.  Georgina  Gómez  (funde  y  motive  cada  una  de  las acciones)

En su demanda por reintegro o indemnización, la trabajadora puede interponer las siguientes acciones adicionales:

  • Salario: desde el dia que fue despedida injustificadamente, durante la tramitación del juicio y hasta el veredicto del ente regulador (Artículo 48 de la Ley Federal de Trabajo).
  • Aguinaldo proporcional (Artículo 87 de la Ley Federal de trabajo)
  • Prima por vacaciones: representan el 25% de las vacaciones (Artículo 80 de la Ley Federal de Trabajo).
  • Prima por antigüedad: equivalentes a12 días por cada año y cuyo valor esta definido de acuerdo a la zona geográfica correspondiente (Artículo 162 de la Ley Federal de Trabajo).

En el caso que la trabajadora interponga la demanda por reubicacion y el juicio sea a su favro pero el patrón no la reubique, la trabajadora podrá instaurar las siguientes acciones:

  • Indemnización:  3  meses  de  salario  (Artículo  50  de  la  Ley  Federal  de Trabajo).
  • Indemnización: 20 días por año laborado (Artículo 50 de la Ley Federal de Trabajo).

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