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Caso práctico Relación laboral


Enviado por   •  31 de Octubre de 2023  •  Ensayos  •  335 Palabras (2 Páginas)  •  51 Visitas

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TÍTULO: Relación laboral

OBJETIVO GENERAL: Investigar y entender los aspectos clave de la tramitación laboral de los trabajadores

DURACIÓN: 2 hora

DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD:

El alumno responderá a las siguientes cuestiones centrándose en la practicidad de lo estudiado y en su aplicación práctica:

1. Marta posee una pequeña empresa relacionada con la publicidad y el marketing. Marta decide que sus trabajadores puedan acudir a la empresa a la hora que estimen necesario siempre y cuando cumplan con las 8 horas que su contrato establece. Un día, por necesidades de la empresa, modifica el horario de un trabajador y este se niega. ¿Podría obligar al trabajador a un cambio en su rutina de trabajo? ¿Cuánto podría modificarlo? ¿Y si se lo comunica 10 días antes?

El horario de trabajo y la distribución del mismo se considera una modificación substancial de las condiciones de trabajo recogida en el art. 41 del Estatuto de los Trabajadores. Así pues, Marta podrá acordar la modificación cuando exista razones probadas económicas, técnicas, organizativas o de producción. esta modificación substancial de condiciones de trabajo es de carácter individual ya que solo afecta a un trabajador. Así pues, la comunicación no es correcta realizarla 1 días antes de la fecha en que la modificación tiene su efecto, sino que Marta tendría que notificarlo al trabajador afectado y a sus representantes legales con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su efectividad

2. Manuel, lleva trabajando varios años en una empresa de embalaje y etiquetado, y presenta una conducta irregular ya que en ocasiones esporádicas acude bajo los efectos del alcohol al puesto de trabajo. Este comportamiento afecta a su rendimiento. ¿Podría el empresario realizar un despido disciplinario? ¿Y si presentase también ocasionalidad pero trabajase como conductor de autobús?

En el primer caso, sí que se podría realizar un despido disciplinario ya que, en virtud del art. 54 ET, se consideraría una situación de embriaguez habitual y afecta a su rendimiento de trabajo ya que merma las condiciones físicas y psíquicas del trabajador.

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