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Caso Practico 1MARCO LEGAL LABORAL

Mayra EnriquezEnsayo2 de Octubre de 2021

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UNIVERSIDAD EUDE

Caso Practico 1.

MARCO LEGAL LABORAL

Notas base del caso;

-Sra. Georgina tiene mas de 15 años trabajando en el organo desconcentrado del Gobierno Federal.

-Tuvo una promoción de su puesto de base a trabajador de confianza. Nuevo salario, mismas funciones.

-Existió coerción para la firma del acta administrativa, aun cuando no existía nexo causal, ni correlación alguna.

-Dado que no hubo un aviso previo de recisión laboral (art. 47) se trata de un despido injustificado.

1.¿Cuáles son las acciones legales que la Sra. Georgina Gómez puede iniciar?
En primera instancia, la Sra. Georgina deberá acudir y solicitar los servicios de un abogado en materia laboral, el cual actuará en su defensa.

Ella podrá solicitar una conciliación con el patrón, para tratar de negociar y subsanar los efectos del despido, dentro de los 45 días naturales después de la fecha efectiva (art 48 LFT). En caso de que no hubiera conciliación podrá proceder con una demanda directa por despido injustificado y coerción en ejecutoriedad del acto administrativo, es decir el intento de forzarla a firmar el acta administrativa que haría justificado el despido y que eximiría al patrón de toda responsabilidad de reinstalación o indemnización a la trabajadora.

2.A qué la instancia legal debe dirigirse la acción y por qué razones.

A la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y a la Junta o Centro de Conciliación y Arbitraje Laboral, para promover un proceso de conciliación prejudicial, en el cual se buscará subsanar los efectos del despido injustificado, presentando una solicitud de conciliación, para llegar a un acuerdo o convenio antes de llegar a un juzgado laboral.

De no darse la conciliación de las partes, la Sra. Gómez podrá promover una demanda ante un Tribunal de Conciliación y Arbitraje para llevar su caso a jueces que puedan dictar un laudo o sentencia para la controversia dada.

3.¿Quiénes  son  los  sujetos contra  los  cuales  debe  entablar  su  acción? Argumente, precisando las normas que respalden la decisión.

El sujeto al cual se entablará la acción deberá ser el patrón, representado por el titular del órgano desconcentrado, quien actuó como principal promotor de la acción culposa en contra de la Sra. Gomez, al Director General Adjunto de Administración quien ejecutó la orden del titular y al gerente o director de recursos humanos del órgano desconcentrado quien pretendía obligarla a firmar el acta con la supuesta confesión de divulgación de datos confidenciales.

Al presentarse la demanda se deberá hacer con observación a los artículos 684 (Procedimiento Prejudicial) 871, 872 y 873 de la LFT.

4.¿Puede  la  Sra.  Gómez  demandar  la  reinstalación?,  ¿Por  qué?  (funde  y motive jurídicamente)

Al momento en que fue promovida como trabajador de confianza, y se firmó el nuevo contrato laboral donde se expresan las voluntades de ambas parte y no existe coerción ejercida sobre la Sra. Gómez,  el empleador queda eximido de reinstalarla en su posición laboral, según lo indica el art. 49 de la LFT.

Sin embargo, al haber sido anteriormente empleada de base, puede apelar al art. 186 para que sea reinstalada como trabajadora de base. Además de acuerdo a la naturaleza de las actividades que realizaba en su puesto de trabajo se clasificaría como trabajador base, según el art 9 LFT.

5.Enumere  el  resto  de  la  acciones  que  puede  solicitar  en  su  escrito  de demanda   la   Sra.   Georgina   Gómez   (funde   y   motive   cada   una   de   las acciones).

A) en el caso de que la Sra. Gómez deseara ser reinstalada podría solicitarlo apelando al art 186. Al ser reinstalada, regresaría al puesto anterior que desempeñaba, con las mismas funciones, responsabilidades, condiciones y prestaciones.

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