Resumen exhaustivo de 'Razonamiento Jurídico'
Lellanhy CARITA URVIOLAResumen28 de Mayo de 2025
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Resumen exhaustivo de 'Razonamiento Jurídico' – Manuel Atienza
I. INTRODUCCIÓN
- El razonamiento jurídico se identifica con la argumentación jurídica.
- Dos enfoques:
1. Como aplicación del razonamiento general al Derecho.
2. Como razonamiento específico con características propias.
- Atienza y otros autores (Recaséns, Viehweg, Perelman, Toulmin) defienden el segundo enfoque.
- Se introducen las tres dimensiones del análisis del razonamiento jurídico: formal (estructura), material (contenido) y pragmática (contexto).
Autores clave:
1. Recaséns Siches – lógica de lo razonable.
2. Viehweg – recuperación de la tópica como arte de descubrir premisas.
3. Perelman – diferencia entre lógica formal y retórica persuasiva.
4. Toulmin – lógica operativa aplicada al Derecho.
MacCormick y Alexy consolidan la concepción estándar: el razonamiento jurídico requiere algo más que lógica.
Tres dimensiones:
1. Formal: ¿la conclusión se deduce?
2. Material: ¿qué razones justifican las premisas?
3. Pragmática: ¿quién argumenta, ante quién, con qué finalidad?
II. ELEMENTOS FORMALES DEL RAZONAMIENTO JURÍDICO
- La lógica formal estudia la relación de inferencia entre premisas y conclusiones.
Tipos de inferencias:
1. Deductiva: conclusión necesaria.
2. Inductiva: conclusión probable.
Propiedades de la deducción (Alchourrón):
- Reflexividad.
- Monotonía (no siempre válida en Derecho).
- Transitividad.
Ejemplo de ruptura de la monotonía: herencia y asesinato.
Lógicas útiles en Derecho:
- Deóntica.
- No monótonas.
- Borrosas.
- Paraconsistentes.
- De relevancia.
Tipos de argumentos:
- Deducción.
- Inducción.
- Analogía.
- Abducción.
Ejemplo: razonamiento de Sherlock Holmes como abducción.
III. ELEMENTOS MATERIALES DEL RAZONAMIENTO JURÍDICO
- Enfoque centrado en las razones que justifican las premisas.
- Inspiración en Joseph Raz.
Tipos de hechos:
- Externos, internos, institucionales.
Razones:
1. Operativas: dicen qué hacer.
2. Auxiliares: apoyan o comparan razones operativas.
Clasificaciones de razones:
- Prácticas vs. teóricas.
- Perentorias, prima facie, definitivas.
- Según contenido: dependientes o independientes del contenido.
Normas como razones:
- Reglas: autoritativas, aplican directamente.
- Principios: valores, deben ponderarse.
Contextos:
- Jueces: reglas + hechos probados.
- Abogados: intereses del cliente.
- Legisladores: fines sociales.
Clasificación de Summers:
- Formales, sustantivas (fin, corrección), institucionales.
Jerarquía débil en Estados constitucionales:
1. Sustantivas > formales.
2. Corrección > fin (prima facie).
IV. ELEMENTOS PRAGMÁTICOS DEL RAZONAMIENTO JURÍDICO
- Analiza cómo se argumenta en contextos reales.
Retórica (Perelman):
- Persuadir a un auditorio.
- Técnicas: analogía, ejemplo, disociación.
Dialéctica (Toulmin):
- Interacción entre proponente y oponente.
- Elementos del modelo de Toulmin:
Claim (tesis), Grounds (fundamentos), Warrant (garantía), Backing (respaldo), Rebuttal (objeción).
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