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Alegatos TOLUCA, MÉXICO; CUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2017  •  Tareas  •  33.421 Palabras (134 Páginas)  •  197 Visitas

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TOLUCA, MÉXICO; CUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

        V I S T O S para resolver los autos del toca penal 39/2004, relativo al recurso de apelación interpuesto por el sentenciado RAÚL FERNÁNDEZ LOZANO y el Defensor Público de la Federación, en contra de la sentencia condenatoria de cuatro de febrero del año dos mil cuatro, pronunciada por el Juez Trigésimo Segundo de Distrito Itinerante, en el proceso penal 33/2003, del índice del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de México, con sede en Naucalpan de Juárez, México, relativo al expediente 9/2004, del Juzgado Trigésimo Segundo de Distrito Itinerante, instruido en contra del referido encausado por el delito CONTRA LA SALUD, EN SUS MODALIDADES DE COMERCIO HIPÓTESIS DE VENTA Y POSESIÓN CON FINES DE VENTA DEL ESTUPEFACIENTE DENOMINADO CLORHIDRATO DE COCAÍNA, previsto y sancionado por los artículos 193, 194, fracción I y 195, párrafo primero, del Código Penal Federal; y,    

R E S U L T A N D O :

1º. Con fecha cuatro de febrero del año dos mil cuatro, el Juez Trigésimo Segundo de Distrito Itinerante, con residencia en México, Distrito Federal, dictó sentencia definitiva en contra de RAÚL FERNÁNDEZ LOZANO, en la causa penal 33/2003, del índice del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de México, con sede en Naucalpan de Juárez, México, relativo al expediente 9/2004, del índice del primer órgano jurisdiccional, misma que concluyó con los siguientes puntos resolutivos:

“PRIMERO. Se comprobaron en autos los elementos del cuerpo del delito contra la salud en sus modalidades de comercio hipótesis de venta y posesión con fines de venta del estupefaciente denominado clorhidrato de cocaína, previsto y sancionado por los artículos 193, 194, fracción I y 195, primer párrafo, del Código Penal Federal; así como la plena responsabilidad de RAÚL FERNÁNDEZ LOZANO  en su comisión, en términos del numeral 13, fracción II, del Código Penal Federal, por lo que se dicta en su contra sentencia condenatoria.- - - SEGUNDO:  Por la plena responsabilidad de RAÚL FERNÁNDEZ LOZANO en la comisión del delito mencionado en el resolutivo que antecede, se le impone la pena de diez años de prisión y cien días multa, equivalente ésta última a $4,365.00 (cuatro mil trescientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.) en términos de lo expuesto en el considerando sexto de esta resolución.- - - TERCERO.-  Se suspende al sentenciado en el goce de sus derechos políticos durante el tiempo que llevé compurgar la pena de prisión impuesta, por lo que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 162, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, una vez que cause ejecutoria esta sentencia remítase copia certificada al vocal Ejecutivo de la Junta Local de Instituto Federal Electoral en el Estado de México, no así por lo que respecta a sus derechos civiles, de conformidad con lo establecido en el considerando séptimo de esta resolución.- - - CUARTO.- Amonéstese al sentenciado RAÚL FERNÁNDEZ LOZANO  para que no reincida haciéndole ver las consecuencias del delito que cometió, excitándolo a la enmienda y conminándolo con que se impondrá una sanción mayor en caso de reincidencia, en términos del artículo 42 del Código Penal Federal y 528, del Código Federal de Procedimientos Penales, en diligencia formal, dejando constancia de ello en autos para prevenir su reincidencia, en términos del considerando octavo de esta resolución.- - - QUINTO.-  En términos del considerando noveno de esta sentencia, se decreta el decomiso de la droga afecta a la causa.- - - SEXTO.-  Se deja al sentenciado a disposición de la autoridad sanitaria para su tratamiento y rehabilitación par el consumo de los enervantes, de acuerdo a lo establecido en el considerando décimo de esta sentencia.- - - SÉPTIMO.- Al causar ejecutoria esta sentencia, notifíquese a las autoridades correspondientes y distribúyanse las copias de ley en términos de lo preceptuado por los numerales 531 y 532 del Código Federal de Procedimientos Penales y archívense los presentes autos como asunto definitivamente concluido. - - - Notifíquese personalmente a las partes...

         2°. Inconformes con la anterior determinación, el sentenciado RAÚL FERNÁNDEZ LOZANO y el Defensor Público de la Federación, en tiempo y forma interpusieron recurso de apelación; medio de impugnación que fue admitido, por el juez natural, en ambos efectos.

        3°. Por razón de turno correspondió a este tribunal conocer del recurso de alzada interpuesto, por lo que el trece de febrero del año dos mil cuatro, se radicó la apelación y se ordenó su trámite; se pusieron los autos a la vista de las partes por el término de tres días, para los efectos que señalan los artículos 373 y 374, del Código Federal de Procedimientos Penales, sin que se haya concretizado alguna de sus hipótesis, y el día dieciséis de marzo del año dos mil cuatro, se celebró la audiencia de vista, con las debidas formalidades y con el resultado que aparece en el acta correspondiente.

C O N S I D E R A N D O :

        PRIMERO. Este Quinto Tribunal Unitario del Segundo Circuito, es legalmente competente para conocer y resolver del recurso de apelación hecho valer, toda vez que fue interpuesto en contra de una resolución dictada en primera instancia por un juez de distrito, con residencia dentro de la jurisdicción de este tribunal, de conformidad con lo establecido en los artículos 104, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y los acuerdos generales 23/2001 y 72/2003, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, el primero, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito; y el segundo, a la conclusión de funciones del Segundo Tribunal Unitario “B” del Segundo Circuito e inicio de actividades del Quinto Tribunal Unitario del Segundo Circuito.

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