CETICOS Y ZONAFRANCA
DeepBlade28 de Noviembre de 2013
676 Palabras (3 Páginas)2.712 Visitas
1. DEFINICION DE CETICOS?
Son organismos públicos descentralizados autónomos y tienen personería jurídica de derecho público, con autonomía administrativa, técnica, económica, financiera y operativa sujeta a la supervisión y regulación por parte del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y la supervisión de su funcionamiento, promoción y desarrollo.
Así tenemos que los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios, constituyen áreas geográficas debidamente delimitadas que tienen naturaleza de zonas primarias aduaneras de trato especial, destinadas a generar polos de desarrollo a través de la implementación de dichas áreas.
VIGENCIA A partir del 04 de diciembre del 2000.
SU FUNCIÓN PRINCIPAL
Es generar polos de desarrollo a través del incremento de la mano de obra directa e indirecta, los niveles de consumo en las zonas de influencia, el nivel de exportaciones en general y la consolidación del desarrollo socio económico regional.
OBJETIVO
Impartir Instrucciones sobre el procedimiento uniforme a aplicar en las Intendencias de Aduana de la República para el traslado, ingreso y salida de mercancías nacionales, nacionalizadas y extranjeras hacia y desde los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios (CETICOS).
SUS OBJETIVOS ESPECÍFICOS SON:
Estimular la inversión y el desarrollo tecnológico, a través de un clima propicio para el establecimiento de nuevas industrias y servicios de exportación.
Contribuir a la generación de divisas y de nuevos puestos de trabajo, en forma directa e indirecta.
Favorecer la modernización de los puertos en que se instalen, y contribuir a la creación de polos de desarrollo que redunden en bienestar regional, elevando el nivel de vida de la población, así como en la descentralización de la inversión.
RESPONSABILIDAD
La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente Procedimiento es de responsabilidad de las Intendencias de Aduanas de la República y de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, respectivamente.
2. DEFINICION DE ZONA FRANCA
Una zona franca es un área del territorio nacional que goza de un régimen aduanero y fiscal especial, con el fin de fomentar la industrialización de bienes y la prestación de servicios orientados principalmente a los mercados externos y de manera subsidiaria al mercado nacional. Para las operaciones con el resto del mundo las zonas francas se reconocen como parte del territorio nacional, mientras que para las operaciones de comercio con el país se toman como territorio extranjero.
OBJETIVO DE LAS ZONAS FRANCAS
Ser instrumento para la creación de empleo y para la captación de
Nuevas inversiones de capital.
Ser un polo de desarrollo que promueva la competitividad en las
Regiones donde se establezca.
Desarrollar procesos industriales altamente productivos y competitivos,
bajo los conceptos de seguridad, transparencia, tecnología, producción
limpia, y buenas prácticas empresariales.
Promover la generación de economías de escala.
Simplificar los procedimientos del Comercio de Bienes y Servicios, para
facilitar su venta.
VENTAJAS DE OPERAR EN ZONA FRANCA
Tributarias:
15% de Impuesto de Renta sobre el 100% de la operación, no existiendo obligación de Exportaciones y pudiendo ser 100% la venta en Mercado colombiano, Vrs. 33% en operación por fuera de Zona Franca.
Reducción
...