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Derecho


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2015  •  Apuntes  •  3.921 Palabras (16 Páginas)  •  72 Visitas

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Constitución y Sistema de Fuentes

Lección 3:

PRINCIPIOS ESTRUCTURALES DEL ORDEN CONSTITUCIONAL.

Para poder comprender la Constitución en su totalidad, es fundamental conocer primero los principios estructurales del ordenamiento constitucional.

La Constitución Española no consiste en un conjunto de regulaciones inconexas de instituciones públicas y derechos individuales. Por el contrario, y reflejando los principios básicos del constitucionalismo, representa un conjunto coherente de preceptos y disposiciones concretas, que responden a unos criterios comunes que los interrelacionan.

La Constitución viene a instaurar un marco básico de principios que han de conformar la convivencia en sociedad, estableciendo unas líneas directrices que han de ser respetadas por todo el ordenamiento. Por tanto, está compuesta por declaraciones de tipo general y omnicomprensivo, además de por mandatos específicos, que tienen  el objetivo básico de eficacia jurídica.

Existen cuatro puntos fundamentales en el orden constitucional que deben ser analizados en profundidad, pues responden a cuatro cuestiones que han tenido una especial relevancia y controversia a lo largo de la Historia de España. Estos puntos son:

  1. La definición del modelo de Estado español: ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO.

  1. La forma política del Estado español: MONARQUÍA PARLAMENTARIA.

  1. La organización territorial: EL ESTADO DE LAS AUTONOMÍAS.
  1. La organización supraestatal: LA INTEGRACIÓN DE ESPAÑA EN LA UNIÓN EUROPEA.
  1. El modelo de Estado español: el Estado Social y Democrático de Derecho.

La Constitución Española deja claro, en su art. 1.1, el modelo de Estado: ‘España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político’.

La definición de España como un Estado Social y Democrático de Derecho no es casual. Este artículo está constituyendo la forma de Estado que se va a adoptar en España, y establece las pretensiones del Estado Español. Se trata de una fórmula que no es nueva en la Historia de los constitucionalismos, sino que ya había sido utilizada en el constitucionalismo europeo (aparece, por ejemplo, en la Constitución alemana). Con ella, se pretende integrar en una frase todo el proceso histórico de la creación y evolución de las constituciones a lo largo de los últimos siglos.

En concreto, consigue fijar en un prefecto tres momentos históricos fundamentales para la conformación del Estado constitucional moderno:

  • Primero, aparece el Estado de Derecho, expresión del constitucionalismo liberal, que comienza a construirse a finales XVIII y principios XIX, y se caracteriza por tres elementos fundamentales: separación de poderes, principio de legalidad (sometimiento a las leyes) y reconocimiento de los derechos fundamentales.
  • A continuación, se da pie al Estado Social.
  • Por último, se construye el Estado Democrático. Desde el punto de vista histórico, aparece en el s.XX, entre el período de entreguerras y la segunda mitad de siglo (en algunos países antes que en otros), dando lugar al constitucionalismo contemporáneo.

Por tanto, esta expresión pretende resumir cómo el constitucionalismo se ha forjado y ha evolucionado desde finales del siglo XVIII.

Habría que incluir en esta formulación a importantes autores como Elías Díaz, que señala que, aunque haya una separación histórica de los tres tipos de Estado, en la actualidad tienen un carácter unicomprensivo: el Estado de Derecho necesita al Estado Democrático, y el Estado Democrático al Estado Social. Es decir, no se concibe la existencia de un Estado Democrático si no se ha consolidado antes el Estado de Derecho o el Estado Social, y viceversa.

  1. El Estado de Derecho:

Es la expresión del constitucionalismo liberal. Comienza a forjarse a finales del XVIII y se consolida con las revoluciones liberales del siglo XIX.  ‘No todo Estado con Derecho es un Estado de Derecho’. Para ello, debe reunir las siguientes características:

  • Se manifiesta en la principal idea de <<Imperio de la Ley>>, siendo la Ley la expresión de la soberanía nacional. La Ley somete a todos por igual, tanto a los ciudadanos como a los poderes públicos.
  • Reconocimiento de los Derechos Fundamentales individuales, que deben preservar y proteger la dignidad de las personas.
  • Separación de los poderes del Estado –legislativo, ejecutivo, judicial– con el objetivo de limitar el abuso de poder. Cada uno de estos poderes tendrá autonomía y estructura propia.
  • Legalidad de las Administraciones Públicas.

  1. Estado social:

A lo largo de todo el siglo XIX, y debido al desarrollo de la Revolución Industrial, se va a dar un cambio en los sectores productivos de muchos países. Las industrias van incorporando un gran número de sectores de la población, sobre todo en las que tienen que ver con recursos naturales: minas de carbón, textil, metalurgia, etc.  Este tipo de actividades requieren mucha mano de obra y, como no estaba regulado ningún tipo de derecho laboral, las condiciones de trabajo para los obreros eran miserables: largas jornadas, sueldos míseros, trabajos penosos, condiciones de peligro, explotación infantil…

Esta situación de insalubridad genera un movimiento social entre los obreros, que comienzan a reclamar unas condiciones de vida dignas. Es el origen de la Revolución Obrera, una lucha por el cambio social que se inicia a finales del siglo XIX en Europa, y que culminaría con la consolidación del Estado Social.

Gracias a estos movimientos de protesta, aparece el marxismo y los movimientos obreros de izquierda –socialismo, comunismo—, así como el sindicalismo. Reclaman una intervención por parte del Estado para imponer unas condiciones y límites laborales que pusieran fin a la explotación: jornadas más cortas, sueldos más altos, protección sanitaria, acceso a la formación, derechos asistenciales para las personas incapacitadas para trabajar, pensiones, etc. Es decir, estas nuevas ideas tratan de crear un Estado que interviene en la economía y busca corregir las desigualdades mediante el principio de igualdad y la justicia social.

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