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EL SOBRESEIMIENTO POR DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE AMPARO


Enviado por   •  8 de Mayo de 2014  •  Tesis  •  311 Palabras (2 Páginas)  •  523 Visitas

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1. EL SOBRESEIMIENTO POR DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE AMPARO

Cuando falta el interés jurídico del gobernado para su prosecución, circunstancia ésta que se manifiesta en el desistimiento expreso de la demanda, sin que importen los motivos que el gobernado tuvo para ello.

2. EL SOBRESEIMIENTO POR MUERTE DE QUEJOSO CUANDO EL ACTO RECLAMADO AFECTA DERECHOS PERSONALÍSIMOS NO TRANSMISIBLES

En ésta hipótesis, el sobreseimiento obedece a la falta de interés jurídico en la prosecución del amparo, proveniente del fallecimiento del quejoso, operando únicamente en los casos en que el acto reclamado afecte derechos estrictamente personales del agraviado, es decir, inseparables de su persona, pudiendo afirmarse que, además la improcedencia del juicio de garantías se origine por ausencia superveniente de la materia de dicho acto.

3. EL SOBRESEIMIENTO POR IMPROCEDENCIA DEL AMPARO

Como las causas legales de improcedencia del juicio constitucional que provocan su sobreseimiento, son de orden público, en todo estado del procedimiento, en cualquier momento, pueden ser puestos de manifiesto y pronunciados por los tribunales federales, sin que la omisión de ellos en el auto admisorio, pueda coartar la obligación de tomarlos en consideración al fallar el negocio, puesto que, como es sabido, el proveído que admite la demanda de amparo no causa estado ni tiene efectos definitivos en cuanto a la procedencia del juicio de garantías

CAPÍTULO VIII

Sobreseimiento

Artículo 63. El sobreseimiento en el juicio de amparo procede cuando:

I. El quejoso desista de la demanda o no la ratifique en los casos en que la ley establezca requerimiento. En caso de desistimiento se notificará personalmente al quejoso para que ratifique su escrito en un plazo de tres días, apercibido que de no hacerlo, se le tendrá por no desistido y se continuará el juicio.

No obstante, cuando se reclamen actos que tengan o puedan tener como consecuencia privar de la propiedad o de la posesión y disfrute de sus tierras,

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