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El Derecho Convencional Internacional Y La Participacion De Mexico


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2014  •  464 Palabras (2 Páginas)  •  1.208 Visitas

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El derecho convencional de los tratados

El 22 de Mayo de 1969 fue aprobada en Viena, por 79 estados, la convención sobre el derecho de los tratados (documento de las naciones unidas a/conf. 39/27). Cerca de 40 países han suscrito esta convención, la cual ha entrado en vigor el 20 de Enero de 1980, al computarse las 35 ratificaciones necesarias.

Tiene tal importancia el instrumento, que merece algunos comentarios. El tratado de Viena no deroga todo el cuerpo de normas consuetudinarias establecidas: sólo se ha consolidado ahí una parte del derecho de los pactos. Al entrar en vigor se confrontará la situación peculiar de que seguirán por un tiempo unas reglas al lado de otras: las que emergen del tratado y las general y tradicionalmente aceptadas.

No es necesario que la convención de Viena se adopte por todos los países, pues basta que sea aceptada por ejemplo, por las dos terceras partes de la comunidad internacional para que pueda ser considerada como expresión oficial del derecho existente o del derecho deseable sobre el tema.

Desde otro punto de vista, la circunstancia que se adoptará la convención por la gran mayoría de los estados no significa que ahí se va a congelar el derecho. La interpretación y la aplicación posteriores de ella traerán a su vez nuevas reglas, o provocarán la creación paralela de normas consuetudinarias. Tal como ocurrió con las convenciones de Ginebra en 1958 sobre el derecho del mar.

La convención de Viena sobre los tratados debe mirarse como un intento muy serio para regularizar definitivamente las cuestiones que se relacionan con los problemas de la fuerza obligatoria, de los efectos, de la interpretación y de las posibilidades de modificar legalmente o terminar lícitamente las obligaciones contenidas en los pactos. Quizá pueda enderezarse la crítica de que es demasiado casuista, pero lo requiere así la necesidad de prever cualquier conflicto sobre estos instrumentos internacionales.

Una de las ventajas de la convención de Viena es que los países débiles están en mejor situación de exigir obligaciones a las naciones poderosas, pues quedan ellas debidamente especificadas en este instrumento.

El convenio de los tratados tienen incrustados una serie de elementos básicos y modernos de las Relaciones Internacionales. El primero de ellos es el de la igualdad de las partes: todos los estados son iguales en el tratado ( artículo 6 ). Otro es el rechazo definitivo de la fuerza o de la amenaza para conseguir un pacto; el tratado es nulo ab initio ( artículo 52 ). Uno más es la admisión de la cláusula rebus sic stantibus ( artículo 62 ). Un principio básico se enuncia en el artículo 64, o sea que si surge una norma perentoria de Derecho Internacional general ( jus cogens ), el tratado anterior que éste en conflicto con esa norma es nulo y queda extinguido.

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