NIF
gerita92Práctica o problema11 de Junio de 2013
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1. Dictamen sobre estados financieros preparados con bases específicas diferentes a las NIF
Se entiende por bases específicas de contabilización, un conjunto integral de criterios lógicos y congruentes que se aplican consistentemente en la preparación de estados financieros y su marco de referencia se encuentra debidamente emitido por una entidad gubernamental y organismo regulatorio perteneciente al sector financiero.
El contador público, como resultado de un examen practicado de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas, podrá expresar una opinión sobre estados financieros preparados sobre bases especificas diferentes a las Normas de Información
Financiera en México.
1. Que se trate de una entidad ya sea gubernamental o privada sujeta a disposiciones y reglamentaciones emitidas por organismos gubernamentales, tanto para el registro de sus operaciones como para la preparación y presentación de su información financiera, que difieran de las NIF en México.
2. Que se trate de una entidad que requiere preparar estados financieros para un propósito específico, por sus características, estos estados financieros son emitidos para uso exclusivo de las partes interesadas y, en consecuencia, debe restringirse su circulación.
Dictamen sobre estados financieros preparados de acuerdo con basas específicas de contabilización emitidas por un organismo gubernamental, como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores o la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, para instituciones y organizaciones auxiliares de crédito, y para instituciones de seguros y fianzas, respectivamente
El Dictamen del Contador Público en su caracter de comisario
1.- ¿QUÉ DEBEMOS ENTENDER POR COMISARIO?
Es aquel que vigila el patrimonio de los accionistas.
4.- ¿EN QUÉ ÉPOCA SE CELEBRA LA ASAMBLEA ORDINARIA Y NORMALMENTE PARA QUÉ?
A más tardar el cuarto mes para evaluar el resultado del ejercicio.
5.- ¿EN QUÉ ÉPOCA SE CELEBRA LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA Y NORMALMENTE PARA QUÉ?
En cualquier momento para aumento o disminución del capital contable, avisar con 15 días de anticipación.
.- ¿CUÁLES SON LOS PRONUNCIAMIENTOS NORMATIVOS EN QUE EL CONTADOR PÚBLICO ES AUDITOR EXTERNO Y COMISARIO?
a) No se le impondrán restricciones en el alcance de su trabajo.
b) Podrá contratar y designar profesionales independientes que actúen bajo su dirección si lo considera conveniente.
c) Será convocado a la asamblea de accionistas y sesiones del consejo de administración.
I) Exigir a los administradores una información mensual que incluya por lo menos un Estado de Situación Financiera y un Estado de Resultados.
II) Realizar un examen de operación, documentación, registro y demás evidencias comprobatorias en el grado y extensión que sea necesarias para ejecutar la vigilancia de las operaciones que la ley impone.
III) Rendir anualmente a la asamblea de accionistas algunas omisiones de los administradores y en cualquier otro caso que lo juzgue conveniente.
IV) Asistir con voz pero sin voto a todas las sesiones del consejo de administración.
V) Asistir con voz pero sin voto a la asamblea de accionistas.
3. Dictamen del auditor sobre estados financieros de entidades mexicanas preparados para fines internacionales
Objetivo
El objetivo es establecer los pronunciamientos normativos relativos a la emisión del dictamen del auditor sobre estados financieros de entidades mexicanas, preparados para fines internacionales, así como la forma y contenido de dicho dictamen sobre estados financieros que han sido esperados de acuerdo a las Normas de información Financiera, aceptadas en otro país, o bien, conforme
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