NORMA INTERNACIONAL
odalissa3 de Mayo de 2013
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NORMA INTERNACIONAL
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE NORMALIZACIÓN
ISO
690-2
Primera edición
1997-11-15
Información y documentación -
Referencias bibliográficas
Parte 2:
Documentos electrónicos y sus partes
________________________________________
Contenidos
1. Alcance
2. Normativa de referencias......................................................
3. Definiciones..........................................................................
4. Fuentes de información..........................................................
5. Esquema de referencias bibliográficas.......................................
5.1. Monografías electrónicas, bases de datos y
5.2. Programas de computación.....................................................
5.2.1. Documento completo............................................
5.2.2. Partes de una monografía electrónica,
bases e datos o programas de computación........................
5.2.3. Contribuciones a monografías electrónicas,
bases de datos o programas de computación........................
5.3. Seriales electrónicas....................................................
5.3.1. Serial completa.................................................
5.3.2. Artículos y otras contribuciones............................
5.4. Boletines electrónicos, listas de discusión y
mensajes electrónicos........................................................
5.4.1. Sistema completo de mensajes...........................
5.4.2. Mensajes electrónicos........................................
6. Convenciones generales.....................................................
6.1. Transliteración o romanización.................................
6.2. Abreviación
6.3. Capitalización
6.4. Puntuación
6.5. Typeface
6.6. Adiciones o correcciones
7. Especificación de elementos
7.1. Responsabilidad primaria..............................................
7.1.1. Personas y colectividades
7.1.2. Presentación de nombres
7.1.3. Cuerpos corporados
7.1.4. Dos o tres nombres
7.1.5. Más de tres nombres
7.1.6. Responsabilidad primaria desconocida
© ISO 1997
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Organización Internacional de Normalización
Caja postal 56 CH 1211 Génova 20 Suiza
Internet central@iso.ch
X.400 c=ch; a=400net; p=iso; o=isocs; s=central
Impreso en Suiza
7.2. Título
7.2.1. Presentación
7.2.2. Traducción
7.2.3. Más de un título
7.2.4. Subtitulo
7.2.5. Abridgement
7.2.6. Título desconocido
7.3. Tipo de medio
7.4. Responsabilidad subordinada
7.4.1. Personas o corporaciones con responsabilidad subordinada
7.4.2. Presentación
7.5. Edición
7.5.1. Presentación
7.5.2. Abreviaciones y términos numéricos
7.6. Designación de issue para seriales
7.6.1. Presentación
7.6.2. Designación sólo de la primera issue
7.6.3. Designación de un run completo o parcial
7.7. Lugar de publicación
7.7.1. Presentación
7.7.2. Más de un lugar
7.7.3. Lugar de publicación desconocido
7.8. Editor
7.8.1. Presentación
7.8.2. Más de un editor
7.8.3. Editor desconocido
7.9. Fechas
7.9.1. Presentación
7.9.2. Fecha de publicación
7.9.3. Fecha de actualización/revisión
7.9.4. Fecha de citación
7.10. Series
7.11. Notas
7.11.1. Descripción physical
7.11.2. Material de acompañamiento
7.11.3. Requerimientos de sistema
7.11.4. Frecuencia de publicación
7.11.5. Idioma
7.11.6. Otras notas
7.12. Disponibilidad y acceso
7.12.1. Documentos en línea
7.12.2. Otra información disponible
7.13. Número standart
7.14. Partes componentes y contribuciones
7.15. Contribuciones en documentos electrónicos
7.16. Numeración en documento host o sistema
7.17. Ubicación con documento host
8. Relación entre referencias y citas de textos
ANEXO
A Bibliografía
Prólogo
La ISO (Organización Internacional de Normalización) es una federación mundial de organismos nacionales de normalización (comités miembros de la ISO). La elaboración de las Normas Internacionales es normalmente confiada a los comités técnicos de la ISO. Cada miembro del comité interesado por un estudio tiene el derecho de formar parte del comité técnico creado para este efecto. Las organizaciones internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, en coordinación con la ISO, participan también en los trabajos. La ISO colabora de cerca con la Comisión Internacional Electrotécnica (IEC) en todas las materias de estandarización electrotécnicas.
Los proyectos de Normas Internacionales adoptadas por los comités técnicos son sometidos a los comités miembros para su aprobación, antes de su aceptación como Normas Internacionales por el Consejo de la ISO. Las Normas Internacionales se aprueban de acuerdo con los procedimientos de la ISO y se requiere de la aprobación de 75% por lo menos, de los comités miembros que votan.
La Norma Internacional ISO 690-2 ha sido elaborada por un Comité Técnico de Información y documentación ISO/TC 46, y un Subcomité SC 9, Presentación, identificación y descripción de documentos.
La ISO 690-2 consta de las siguientes partes, bajo el título general Información y documentación – referencias bibliográficas:
- ISO 690: Documentación – Referencias bibliográficas – Contenido, forma y estructura
Nota – ISO 690 será revisada como 690-1.
- Parte 2: Documentos electrónicos y sus partes
Anexo A de esta parte de la ISO 690 es sólo informativo
Introducción
Un creciente número de publicaciones y otros documentos han aparecido en formato electrónico y son creados, mantenidos y diseminados en un sistema computacional. Un documento electrónico puede ser fijo e inalterado, o puede tomar ventaja de su medio para permitir modificaciones tanto en forma como en contenido. Un documento electrónico puede o no tener papel u otra forma equivalente. No obstante de la complejidad de estos documentos, académicos, investigadores y otros necesitan crear referencias para estas fuentes electrónicas para documentar su investigación. Esta parte de ISO 690 entrega una guía en la creación de esas referencias bibliográficas.
Aunque un documento electrónico puede estadísticamente asemejarse a una publicación impresa (como una monografía, una serie, o un artículo), las características físicas inherentes en publicaciones impresas pueden no aparecer en formato electrónico. Por ejemplo, la existencia de volúmenes, números, y páginas es esencial para formatos impresos, pero no para los electrónicos. Una creciente cantidad de comunicación académica a través de largas telecomunicaciones parecen caer en alguna parte entre los artículos publicados y la correspondencia personal. Aspectos que permiten al usuario moverse como desee desde un punto en un documento electrónico a otro punto, o incluso a otro documento, aumentan una dificultad que no se encuentra en la naturaleza lineal tradicional de los formatos impresos.
A pesar que puede existir una similitud entre algunas publicaciones impresas y algunos documentos electrónicos, éstos tienen su propia identidad como programas de computación, bases de datos, archivos, o respaldos que existen en un formato legible por la máquina, como en línea, CD-ROM, cintas magnéticas, discos, u otro medio de almacenamiento electrónico. Las referencias bibliográficas para estos documentos electrónicos deben reflejar la identidad, no uno de los documentos que la subroga.
Los nuevos formatos y tecnologías electrónicas continuarán en desarrollo. Como este tipo de desarrollo evoluciona en un amplio uso internacional, esta parte de la ISO 690 será rectificada cuando sea necesario, para acomodar los nuevos formatos y aspectos de los documentos electrónicos.
Información y documentación – Referencias Bibliográficas
Parte 2:
Documentos electrónicos y sus partes
1. Alcance
Esta parte de la ISO 690 especifica los elementos que deben ser incluidos en una referencia bibliográfica de documentos electrónicos. Establece un orden prescrito para los elementos de la referencia e instaura convenciones para la transcripción y presentación de información derivada de la fuente del documento electrónico.
Esta parte de la ISO 690 intenta ser de uso para los autores y editores en la compilación de referencias de documentos electrónicos para su inclusión en la bibliografía, y en la formulación de citas correspondientes a las entradas en ésta bibliografía. No se aplica a las descripciones de bibliografía completa requerida por bibliotecarios, bibliógrafos descriptivos y analíticos, índices, etc.
2. Normativa de referencias
Las siguientes normas contienen disposiciones, a través de las referencias en este texto,
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