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Norma internacional de información financiera nº 1

RFNUNEZTutorial2 de Mayo de 2013

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Norma Internacional de Contabilidad nº 1

Presentación de Estados Financieros

Esta versión incluye las modificaciones resultantes de las NIIF emitidas hasta el 31 de

diciembre de 2006.

La NIC 1 Presentación de Estados Financieros fue emitida por el Comité de Normas

Internacionales de Contabilidad en septiembre de 1997. Sustituyó a la NIC 1 Revelación de las

Políticas Contables (aprobada originariamente en 1974), la NIC 5 Información a Revelar en los

Estados Financieros (aprobada originariamente en 1977) y la NIC 13 Presentación de Activos

Corrientes y Pasivos Corrientes (aprobada originariamente en 1979).

En abril de 2001 el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) decidió que

todas las Normas e Interpretaciones emitidas bajo Constituciones anteriores continuaran siendo

aplicables a menos y hasta que fueran modificadas o retiradas.

En diciembre de 2003 el IASB emitió una NIC 1 revisada. Desde 2003, el IASB ha emitido una

Modificación a la NIC 1—Información a Revelar sobre Capital (emitida en agosto de 2005)

La NIIF 1 y su documentación complementaria han sido modificadas por los siguientes

pronunciamientos:

• NIIF 5 Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones

Discontinuadas. (emitida en marzo de 2004)

• Modificación a la NIC 19—Ganancias y Pérdidas Actuariales, Planes de Grupo e

Información a Revelar (emitida en Diciembre de 2004)

• NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar (emitida en agosto de 2005)

Las siguientes Interpretaciones se refieren a la NIC 1

• SIC-15 Arrendamientos Operativos—Incentivos (emitida en diciembre de 1998,

modificada en diciembre de 2003)

• SIC-29 Acuerdos de Concesión de Servicios: Información a revelar (emitida en

diciembre de 2001, modificada en noviembre de 2006)

• SIC-32 Activos Intangibles—Costos de Páginas Web (emitida en marzo de 2002,

modificada en diciembre de 2003 y marzo de 2004)

• CINIIF 1 Cambios en Pasivos Existentes por Retiro de Servicio, Restauración y

Similares (emitida en mayo de 2004)

NIC 1

784 © IASCF

ÍNDICE

párrafos

INTRODUCCIÓN IN1–IN20

NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 1

PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS

OBJETIVO 1

ALCANCE 2–6

FINALIDAD DE LOS ESTADOS FINANCIEROS 7

COMPONENTES DE LOS ESTADOS FINANCIEROS 8–10

DEFINICIONES 11–12

CONSIDERACIONES GENERALES 13–41

Presentación razonable y cumplimiento de las NIIF 13–22

Hipótesis de negocio en marcha 23–24

Base contable de acumulación (o devengo) 25–26

Uniformidad en la presentación 27–28

Materialidad o importancia relativa y agrupación de datos 29–31

Compensación 32–35

Información comparativa 36–41

ESTRUCTURA Y CONTENIDO 42–126

Introducción 42–43

Identificación de los estados financieros 44–48

Periodo contable sobre el que se informa 49–50

Balance 51–77

Distinción entre corriente y no corriente 51–56

Activos corrientes 57–59

Pasivos corrientes 60–67

Información a revelar en el balance 68–73

Información a revelar en el balance o en las notas 74–77

Estado de resultados 78–95

Resultado del periodo 78–80

Información a revelar en el estado de resultados 81–85

Información a revelar en el estado de resultados o en las notas 86–95

Estado de cambios en el patrimonio neto 96–101

Estado de flujo de efectivo 102

Notas a los estados financieros 103–126

Estructura 103–107

Revelación de las políticas contables 108–115

Supuestos clave para la estimación de la incertidumbre 116–124

Capital 124A–124C

NIC 1

© IASCF 785

Otras informaciones a revelar 125–126

FECHA DE VIGENCIA 127–127B

DEROGACIÓN DE LA NIC 1 (REVISADA EN 1997) 128

APÉNDICE:

Modificaciones de otros pronunciamientos

APROBACIÓN DE LA NIC 1 POR EL CONSEJO

APROBACIÓN DE MODIFICACIONES A LA NIC 1 POR EL CONSEJO

FUNDAMENTOS DE LAS CONCLUSIONES

OPINIÓN EN CONTRARIO

GUÍA DE IMPLEMENTACIÓN

NIC 1

786 © IASCF

La Norma Internacional de Contabilidad 1 Presentación de Estados Financieros (NIC 1) está

contenida en los párrafos 1 a 128 y en el Apéndice. Todos los párrafos tienen igual valor

normativo, si bien la Norma conserva el formato IASC que tenía cuando fue adoptada por el

IASB. La NIC 1 debe ser entendida en el contexto de su objetivo y de los Fundamentos de las

Conclusiones, del Prólogo a las Normas Internacionales de Información Financiera y del

Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros. La NIC 8,

Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores suministra las bases

para seleccionar y aplicar las políticas contables en ausencia de guías específicas.

NIC 1

© IASCF 787

Introducción

IN1 La Norma Internacional de Contabilidad 1 Presentación de Estados Financieros

(NIC 1) sustituye a la NIC 1 Presentación de Estados Financieros (revisada en 1997),

y debe ser aplicada en los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero

de 2005. Se aconseja su aplicación anticipada.

Razones para la revisión de la NIC 1

IN2 El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad elaboró esta NIC 1 revisada

como parte de su Proyecto de Mejoras a las Normas Internacionales de Contabilidad,

que emprendió con motivo de las preguntas y críticas recibidas, relativas a éstas,

procedentes de supervisores de valores, profesionales de la contabilidad y otras partes

interesadas. Los objetivos del Proyecto consistieron en reducir o eliminar alternativas,

redundancias y conflictos entre las Normas, así como resolver ciertos problemas de

convergencia y realizar otras mejoras adicionales.

IN3 En el caso concreto de la NIC 1, los objetivos principales del Consejo fueron:

(a) suministrar un marco para que una entidad evalúe cómo presentar

razonablemente los efectos de las transacciones y otros eventos, y valore si el

resultado del cumplimiento de los requerimientos de una Norma o de una

Interpretación pudieran interpretarse de tal forma que no se llegara a ofrecer una

presentación razonable;

(b) establecer los criterios para clasificar los pasivos como corrientes o no corrientes,

basándose exclusivamente en las condiciones existentes a la fecha de balance;

(c) prohibir la presentación de ingresos o gastos como “partidas extraordinarias”;

(d) especificar la información a revelar sobre los juicios que la gerencia ha realizado

al aplicar las políticas contables de la entidad, con independencia de los

referentes a estimaciones, que tengan el mayor efecto significativo sobre los

importes reconocidos en los estados financieros; y

(e) especificar la información a revelar sobre los supuestos clave utilizados para

realizar estimaciones en las situaciones que supongan incertidumbre a la fecha

del balance, siempre que comporten un riesgo importante de producir ajustes

significativos en el valor de los activos o pasivos en el próximo periodo.

IN4 El Consejo no reconsideró el enfoque fundamental a la presentación de estados

financieros, que contenía la NIC 1.

Cambios de exigencias previas

IN5 Los principales cambios respecto de la versión anterior de la NIC 1 se describen a

continuación.

Presentación razonable y falta de aplicación de las NIIF

IN6 La Norma incluye guías para aclarar el significado de “presentación razonable” y

enfatiza que, al aplicar las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF),

se presume que se obtendrán unos estados financieros con una presentación razonable.

NIC 1

788 © IASCF

IN7 En el caso extremadamente raro de que la gerencia llegue a la conclusión de que el

cumplimiento de un requerimiento contenido en una Norma o en una Interpretación

pudiera ser tan engañoso que entrase en conflicto con el objetivo de los estados

financieros establecido en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación

de la Información Financiera, la Norma obliga a la entidad a apartarse de este

requerimiento, a menos que tal incumplimiento estuviera prohibido por el marco

regulador que corresponda. En ambos casos, se exigirá que la entidad revele

información específica sobre este hecho.

Clasificación de activos y pasivos

IN8 La Norma obliga a una entidad a presentar los activos y pasivos ordenados atendiendo

a su liquidez, solamente cuando tal presentación proporcione mayor grado de

relevancia y fiabilidad que la presentación corriente-no corriente.

IN9 La Norma requiere que todo pasivo que se mantenga fundamentalmente con el

propósito de negociar, sea clasificado como corriente.

IN10 La Norma obliga a clasificar como corrientes a todos los pasivos financieros que

venzan dentro de los doce meses siguientes a la fecha de balance, o para los cuales la

...

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