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Poder Constituyente


Enviado por   •  12 de Junio de 2013  •  3.312 Palabras (14 Páginas)  •  300 Visitas

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EL PODER CONSTITUYENTE

EL PODER CONSTITUYENTE

ANIBAL TORRES VASQUEZ(*)

(*) Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Miembro del Comité Consultivo de la Revista Jurídica del Perú.

1. CONCEPTO

El Poder Constituyente(1) es la potestad para dictar una Constitución, estableciendo los poderes constituidos del Estado y las normas que son el fundamento de todas las otras normas integrantes del ordenamiento jurídico, o de reformar o cambiar la Constitución vigente(2).

El Poder Constituyente que emana del pueblo es el poder supremo, el poder de poderes, creador del ordenamiento jurídico del Estado y de los poderes constituidos (Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial y demás órganos que integran la estructura estatal) a los que señala los límites de sus respectivas competencias.

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(1) La Teoría del Poder Constituyente fue elaborada por el francés Emmanuel Sieyes en la época de la Revolución. La monarquía tambaleante se vio obligada a convocar al parlamento integrado por representantes de la nobleza, el clero y el tercer estado o estado llano. Este último correspondiente a los estratos sociales comunes, no privilegiados, en el que ejercía un papel preponderante la burguesía. A la hora de votar el tercer estado estaba en desventaja numérica ante la unión de la nobleza y el clero. Entre fines de 1788 y comienzos de 1789, Sieyes escribe su folleto titulado " : "Qué es el tercer estado? en el que demuestra que para darse una Constitución, la nación tenía que tomar la decisión mediante la reunión de representantes extraordinarios especialmente delegados para expresar la voluntad nacional. Señala tres etapas en la formación del Estado: En la primera, los individuos que viven en estado de naturaleza resuelven reunirse y así forman la nación, en donde radica el Poder Constituyente en forma indiscutible e inalienable; en la segunda etapa, la nación actúa en común, los asociados convienen cuáles son sus necesidades públicas y los medios para proveerlas y el poder ya pertenece al conjunto, momento en que nace la Constitución; en la tercera etapa, los asociados son demasiados que no les permite ejercitar su voluntad por si mismos, nace entonces el gobierno, ejercido por representantes de la nación. Así surge la diferencia entre el Poder Constituyente que no está sujeto a Constitución alguna, pues la nación existe ante todo y es el origen de todo, y el gobierno que ejerce un Poder Constituido, sujeto a las condiciones y límites que le impone la Constitución (Luque, Carlos D., Ensayo sobre el Poder Constituyente , http://WWW.justiniano.com/revista-doctrina/Ensayo_sobre_el_poder_constituyente.html).

(2) Por sentencia del 1 de octubre de 1992, la Corte Constitucional de la República Colombiana, afirma: "El poder constituyente es el pueblo, el cual posee per se un poder soberano, absoluto, ilimitado, permanente, sin límites y sin control jurisdiccional, pues sus actos son político-fundacionales y no jurídicos, y cuya validez se deriva de la propia voluntad política de la sociedad".

2. TITULAR DEL PODER CONSTITUYENTE

La titularidad del Poder Constituyente depende del sistema político: monarquía absoluta, autocracia o dictadura, democracia.

En la monarquía absoluta el poder constituyente radica en el monarca. Así, los reyes españoles tenían la titularidad de la plenitud de la soberanía, tanto en España como en la Indias, hasta que la Constitución de Cádiz de 1812 estableció que la soberanía reside originariamente en la nación(3).

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(3)En España el Rey tenía el Poder Constituyente y el constituido que lo ejercitaba conjuntamente con las Cortes y en las Indias directamente. Carlos V decía que gobernar con justicia es lo que conviene a los vasallos y súbditos de cualquier nación. En la Edad Media y la moderna, la idea de nación expresaba el común origen de las gentes. Desde el s. XVII adquiere el significado de pueblo y también el de comunidad política caracterizada por "un común modo de ser que está determinado por la historia, la lengua, las costumbres, su religión y la geografía; su suficiencia, es decir que se baste a si mismo y no integre otro cuerpo; que viva de acuerdo a la justicia; y que dependa de un solo poder" (BOFI CARRI PÉREZ, Luis Eduardo, Poder Constituyente en América Española, en Enciclopedia Omeba, t. VII, Apéndice, pág. 784).

En la autocracia y en la dictadura , el poder es detentado unilateralmente por el autócrata o por el dictador. El Poder Constituido adopta unilateralmente el Poder Constituyente, como cuando el Congreso de la República se arroga el poder de dar una nueva Constitución para el Perú usurpando el poder soberano que pertenece al pueblo. En los estados Socialistas el poder de dar la Constitución lo tiene un órgano del partido único.

En la democracia , el titular del Poder Constituyente es el pueblo, porque no hay poder soberano sino del pueblo que existe antes que todo y ha creado el estado de derecho con el fin de que se realice el bien común. El poder no pertenece a cada individuo tomado por separado sino a la comunidad(4). Solamente el pueblo tiene la facultad soberana de establecer una Asamblea Constituyente con autoridad para dar una Constitución regulando su propia existencia jurídica-política fundamental. Los gobernantes tienen solamente el Poder Constituido no el Constituyente. Ningún poder constituido ni nadie puede imponer una Constitución a una sociedad civilizada, solamente ésta es la única que legítimamente puede darse una carta fundamental.

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(4) Francisco de Suárez en su " Tractus de legibus ac Deo legislatores " sostiene que el poder "no se da en la naturaleza humana hasta que los hombres se reúnen en una comunidad perfecta y se unen políticamente. Se prueba, porque este poder no está en cada hombre tomado por separado, ni en la colectividad o multitud confusa de los mismos, sin orden ni unión de los miembros en un cuerpo. Luego tal cuerpo político se constituye antes de que esté en los hombres tal poder, porque antes debe existir el sujeto del poder que el poder mismo, al menos en orden a la naturaleza. Pero una vez constituido el cuerpo, inmediatamente, en virtud de la razón natural, está en él este poder; luego, rectamente se entiende que está a modo de propiedad que nace al constituirse tal cuerpo místico, y no de otra".

En las

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