ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CONCEPTO→Ser humano, en las condiciones exigidas por el ordenamiento normativo.


Enviado por   •  20 de Abril de 2018  •  Ensayos  •  734 Palabras (3 Páginas)  •  60 Visitas

Página 1 de 3

BOLILLA N° 7: “SUJETO DE DERECHO”.

PERSONA.

ETIMOLOGÍA→Deriva de PERSONAE: Voz latina con que se designaba a las máscaras de los actores romanos.[pic 1]

CONCEPTO

[pic 2]

CLASES

PERSONAS FÍSICAS.

CONCEPTOSer humano, en las condiciones exigidas por el ordenamiento normativo.

[pic 3]

[pic 4][pic 5]

CONDICIONES [pic 6]

(Exigidas por la ley)[pic 7][pic 8]

[pic 9]

PRINCIPIONACIMIENTO: Comienzo de la existencia de la persona física.[pic 10]

[pic 11]

CONDICIÓN JURÍDICA DEL NASCITURUS.

El nasciturus (concebido y no nacido), carecía de personalidad jurídica. No podía ser titular de derechos ni de obligaciones. Tampoco antes del nacimiento, podía beneficiarse por la concepción. Sin embargo, se le reservaron los derechos que hubiera podido adquirir al momento del nacimiento, bajo la tutela de un curador. Si el concebido se beneficiaba, su condición jurídica se establecía al momento de la concepción (determinar condición de hijo legítimo, libre o ciudadano). “En cuanto a él le beneficiaba, al concebido se lo tenía por nacido”.

EXTINCIÓNMUERTE: Hecho que finaliza la existencia de la persona física.

TEORÍAS.

  • AUSENCIA CON PRESUNCIÓN DE FALLECIMIENTONo se admite (desconocida).
  • CONMORIENCIASi varias personas, unidas por lazos parentales, perecían en una misma catástrofe y no era posible determinar quien murió primero, se presumía que morían simultáneamente.
  • PREMORIENCIAEn caso de muerte, en un mismo siniestro, de padre e hijo, se presumía que premuere el hijo si es impúber, pero sobrevive si es púber.

CAPACIDAD E INCAPACIDAD.

[pic 12]

CAPACIDAD

NOTA: La capacidad de hecho, presuponía la capacidad de derecho. Sólo puede ejercer derechos, quien es titular de ellos.

[pic 13]

[pic 14]

INCAPACIDAD

[pic 15]

CAUSAS MODIFICATIVAS DE LA CAPACIDAD.

MODIFICAN LA CAPACIDAD JURÍDICA (DERECHO)

Se dan en la ciudad.

  • Honor civil
  • Religión
  • Condición social
  • Profesión
  • Domicilio

ELIMINAN O RESTRINGEN LA CAPACIDAD DE OBRAR (HECHO)

Se dan en lo físico de la persona.

  • Edad
  • Sexo
  • Enfermedades (corporales y mentales)
  • Prodigabilidad

[pic 16]

[pic 17][pic 18]

HONOR CIVIL (Existimatio)

[pic 19]

RELIGIÓN

CONDICIÓN  SOCIAL[pic 20]

[pic 21]

PROFESIÓN

DOMICILIO

[pic 22]

[pic 23]

EDAD

 

NOTA: Si bien la pubertad, le otorgaba la plena capacidad de obrar a la persona, la Lex Pleatoria (200 a.C.), estableció sanciones a quienes engañaran a un sui iuris menor de 25 años en los negocios jurídicos. Aquí nació la costumbre de que hasta los 25 años, las personas eran asistidas por un curador (minores vigente quinque annis). Sin embargo, el varón de 20 y la mujer de 18 años, podían pedir la declaración de mayoría de edad, por favor imperial.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (5.7 Kb)   pdf (629.7 Kb)   docx (35.8 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com