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Elementos del estado colombiano


Enviado por   •  5 de Octubre de 2012  •  1.975 Palabras (8 Páginas)  •  497 Visitas

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Elementos del estado colombiano

TÍTULO I

El territorio

A. Concepto y comprensión del territorio

1. CONCEPTO DE TERRITORIO.— El territorio es la parte del globo terrestre sobre la cual ejerce soberanía un Estado1. La esencia de este concepto es la idea de soberanía, la cual permite la extensión de su contenido.

El territorio es indispensable para la existencia de cualquier Estado. No se puede concebir ninguna sociedad políticamente organizada sino asentada sobre un territorio. Además, el poder del Estado requiere de él para ejercer su jurisdicción en forma exclusiva y para cumplir sus fines de desenvolvimiento y progreso, y aún para existir de manera durable. No se podría lograr el fomento del bienestar colectivo, ni la seguridad e independencia, si hay la intromisión en la misma zona de otra autoridad extraña, tan autónoma e independiente como la primera.

2. COMPRENSIÓN DEL TERRITORIO.— Entendido el territorio en el sentido amplio que lo hemos definido, este comprende varios elementos, a saber: suelo, subsuelo, mar territorial, plataforma continental y espacio aéreo.

El Acto Legislativo Nº 1 de 1968 había establecido que son elementos del territorio colombiano además del suelo y del subsuelo, “el espacio aéreo, el mar territorial y la plataforma continental”. Esta comprensión del territorio colombiano ha sido ampliada en la Constitución de 1991, cuyo artículo 101 establece que, además del suelo, “también son parte de Colombia, el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el segmento de la órbita geostacionaria, el espectro electromagnético y el espacio donde actúa, de conformidad con el Derecho Internacional o con las leyes colombianas a falta de las normas internacionales” (inc. 4º). Pero el artículo 102 constitucional establece a su turno que “el territorio, con los bienes públicos que de él forman parte, pertenecen a la Nación”.

a) El suelo. En relación con el suelo se hace la distinción entre territorio continental y territorio insular. Nuestra Constitución en el inciso 3º del artículo 101 así lo contempla cuando expresa que “forman parte de Colombia, además del territorio continental, el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina,

1 IZAGA, op. Cit., t. I, pág. 95

la isla de Malpelo, además de las islas, islotes, cayos, morros y bancos que le pertenecen”.

El suelo o territorio firme nacional, en especial el continental, está encerrado dentro de líneas que se llaman límites o fronteras. Los verdaderos límites son las líneas geométricas generalmente señaladas en los tratados y que, a veces, se manifiestan más o menos visiblemente, según la naturaleza del territorio, por mojones, zanjas, etc.

Para determinar los límites de un país existen dos principios: el uti possidetis de iure y el uti possidetis de facto. El primero consiste en que los límites de un país se fijan teniendo en cuenta normas jurídicas previamente establecidas; en cambio, el segundo consiste en determinar los límites teniendo solo en cuenta la ocupación territorial por habitantes del mismo o por conquistadores.

En cuanto a Colombia, tenemos que desde la independencia sus límites se han fijado mediante la aplicación del uti possidetis de iure de 1810, adoptado en las Constituciones y en las declaraciones oficiales.

b) El subsuelo. Consecuencia lógica del ejercicio de la soberanía del Estado sobre el suelo, es su derecho al subsuelo correspondiente al primero. Pero como la tierra es redonda, el subsuelo que corresponde al territorio de un Estado tiene la forma de un cono con vértice en el centro de la tierra.

A diferencia de la Constitución anterior, que no hablaba expresamente del subsuelo, como ya hemos visto, el inciso 4º del artículo 101 de la Constitución vigente lo menciona como parte del territorio colombiano.

b) El mar territorial. Este comprende las zonas de mar que rodean las costas de un país, ya sean continentales o insulares.

En cuanto a la anchura que debe tener el mar territorial no hay criterio uniforme. Antiguamente no se pensó en restringir la libertad de navegación de los mares, fijando zonas de dominio jurisdiccional de un solo Estado. En la Edad Media, alegando ciertas conveniencias económicas, defensivas, sanitarias o de simple dominio, se definieron las tesis favorables a la creación de dichas zonas adyacentes a un país o ciudad. Fue entonces cuando el jurista Bartolo de Sassoferrato defendió la anchura de cien millas para el mar territorial (1319-1357). En el siglo XVII el holandés Bynkershoek sostuvo la distancia que da el tiro o alcance de un cañón, que era en esa época de tres millas, que es hoy día la anchura más aceptada.

En la determinación de la anchura del mar territorial, después de las teorías del holandés Hugo Grocio sobre el Mare Liberum y del inglés John Selden sobre Mare Clausum en el siglo XVII, nos hemos encontrado con la sistemática interferencia de las grandes potencias, que manejan no sólo la autonomía de sus potentes marinas mercantes sino que pretenden las riquezas tanto de hidrocarburos como ictiológicas de los mares.

Dichas potencias con su constante rechazo a todo acuerdo sobre esta materia que no satisfaga plenamente sus intereses, habían impedido el éxito de varias conferencias internacionales convocadas para el efecto. Por ello fracasó la Conferencia de La Haya de 1930, la celebrada en Santo Domingo en 1956, en donde apenas se logró formular una conclusión acerca del derecho del Estado ribereño, y la Primera Conferencia de las Naciones Unidas celebrada en Ginebra en 1958 sobre “Derecho del Mar”, donde se expusieron varias tesis, y también la Segunda Conferencia celebrada en 1960. sin embargo, el 30 de abril de 1982, como culminación de un largo proceso de 8 años de la Tercera conferencia sobre “Derecho del Mar” de las Naciones Unidas, 130 países acogieron en New York “la Convención de las Naciones Unidas sobre Aplicación del Derecho en los Mares”. Según la misma fuente, la mencionada Convención no contó con el consenso de todos los países en la Conferencia, ya que votaron en contra Venezuela, Israel, Turquía y los Estados Unidos, y se

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