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FACTOR HUMANO


Enviado por   •  20 de Octubre de 2020  •  Apuntes  •  2.399 Palabras (10 Páginas)  •  225 Visitas

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  1. INTRODUCCIÓN

Con la finalidad de obtener un claro entendimiento del lugar que ocupa del factor humano dentro de la materia de prevención de riesgos laborales, debemos diferenciar primeramente, las llamadas variables de condiciones de trabajo, donde se engloban  el entorno, la tarea y el trabajador, todas ellas caracterizadas por su inseparabilidad y necesidad de valoración conjunta.

        Pese a su indivisibilidad, las mencionadas tareas se encuentran distinguidas en dos subgrupos, conformando las variables de entorno y tarea el factor técnico de las condiciones de trabajo y la variable del trabajador, el factor humano, objeto del presente trabajo, y cuyo desarrollo se realizará posteriormente en mayor profundidad.

        Haciendo una breve referencia a los precitados factores, según documento sobre “Condiciones de trabajo y salud: riesgos y daños derivados del trabajo” de Cátedra IUTA, mientras que el factor técnico “engloba todas las características del medio ambiente laboral: los espacios de trabajo, las escaleras, los pasillos, las condiciones termo-higrométricas, las condiciones de iluminación, etc.”, el factor humano, esto es, el trabajador, “engloba las características fisiológicas y psicológicas del trabajador, así como su hábitos y costumbres y el grado de formación o entrenamiento recibido” características que serán analizadas a través de los elementos de aptitud y actitud.

  1. LA VARIABLE DE FACTOR HUMANO

En cuanto a esta variable humana y relacionada directamente con la prevención laboral, la misma hace alusión a las acciones u omisiones originadas por el ser humano que ocasionan circunstancias de riesgo y peligro. Estas acciones u omisiones traen consigo como consecuencia la aparición de accidentes manifestados a través de la imprudencia, la ignorancia o el descuido.

Dentro de las características que deben ser tenidas en cuenta de cara a un trabajador, tenemos por un lado las físicas y por otro las psíquicas. Son precisamente estas últimas las que presentan mayor controversia. Por lo general, tanto la figura del trabajador como la del empresario a lo largo de los años han ido fijando a través de la costumbre un foco de valoración orientado a las cualificaciones inherentes al puesto de trabajo, la experiencia y las cualidades físicas del trabajador, todo ello tenido en cuenta en un lapso de tiempo ínfimo reducido a una entrevista de trabajo mediante la cual se deben demostrar todos los precitados elementos.

A modo ilustrativo, cuando una empresa inicia la búsqueda de personal, la misma exige una variedad de requisitos académicos o conocimientos teóricos, un determinado período de tiempo de experiencia fijado comúnmente entre dos y tres años y unas aptitudes básicas menos significativas y que difícilmente pueden ser negadas por parte del trabajador. Sin embargo, y frente a estos tres aspectos, encontramos la carencia de la valoración de las características personales de carácter psíquico en relación a la adecuación del desempeño del puesto, en las cuales también radican factores de riesgo.

Son las cualidades físicas las protagonistas a tener en cuenta en la prevención de riesgos laborales, ejemplo de ello sería la colación de un trabajador mayor de 50 años en un puesto que requiera un excesivo esfuerzo físico, significando ello una circunstancia de fácil percepción, sentido común y detectable rápidamente.

En contraposición, nos encontramos ante un riesgo real y efectivo cuando colocamos como director de un proyecto a un sujeto que no ha sido valorado desde el punto de vista psicológico en el procedimiento de selección para el puesto de trabajado a desempeñar, manifestándose el mismo como una persona que difícilmente afronta las situaciones de estrés y presión laboral de una forma adecuada y que de cara a los empleados que tiene a su cargo actúa de forma altiva y con aires de prepotencia. Conforme a estas particularidades del sujeto en cuestión se derivan inevitablemente consecuencias riesgosas para la empresa que habitualmente no son contempladas.  Si los trabajadores a cargo del director de un proyecto trabajan bajo una dirección que no transmite ni aporta ningún tipo de tranquilidad, seguridad, organización e igualdad los mismos desempeñaran mal su trabajo, sin motivación alguna, provocando ello la incorrecta ejecución de las tareas encomendadas.  

        Desde un punto de vista normativo, y haciendo una parca mención, desde los inicios del desarrollo legislativo en materia laboral se tiene en consideración los factores y características personales en el desarrollo y aplicación de la prevención de riesgos laborales. Algunos de los textos legales y articulado donde se ve reflejado el presente objeto de estudio son:

-Directiva 89/391 CEE de aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores concretamente su artículo 6.2 apartado d) y el artículo 7 apartado 5º.

-Ley 31/95 de prevención de riesgos laborales en su exposición de motivos punto 5 y artículo 15 punto 1  apartado d) y punto 4.

-Real Decreto 39/97 por el que se regula el reglamento de los servicios de prevención, específicamente su artículo 2.2 a) y artículo 3.1 apartado a).

        Acorde a todo lo anteriormente expuesto, una perfecta valoración para evitar posibles riesgos laborales y obtener una prevención cuasi total en la selección del personal de trabajo se conformaría en el análisis de la persona mediante los siguientes métodos: en primer lugar pruebas de carácter biológicas, para determinar mediante un reconocimiento previo las posibles afecciones ante trabajos en los que las mismas acarreen algún riesgo para sí o para los demás; en segundo lugar, pruebas psicológicas que ayuden a comprobar si las facultades mentales son las adecuadas para el desempeño del puesto de trabajo; y por último pruebas de formación para verificar si el trabajador conoce a la perfección las actuaciones que se le van a encomendar. Finalmente, y en beneficio del empresario, se deberá emitir un informe tras el reconocimiento donde conste el diagnóstico y las conclusiones de los que puede derivarse que el solicitante es apto para el puesto en cuestión, apto para el trabajo en general, apto con limitaciones o no apto, ello con la finalidad de comprobar que cumple las condiciones de capacidad física y mental, las condiciones de ciudadano por su seguridad personal y preocupación por la seguridad ajena y que el trabajo que ejercerá no agravará su salud ya alterada.

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