FILOSOFIA. Un análisis descriptivo
Maria Fe Pereda DuclosExamen14 de Julio de 2021
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1.Un análisis descriptivo, normativo, doctrinal, jurisprudencial y aplicativo (ejemplos) respecto de los principios: Seguridad jurídica, Publicidad y Legalidad.
Así mismo, el alumno (a) producto de la investigación y análisis efectuado, deberá describir y desarrollar en cada uno de los principios antes indicados, una problemática jurídica existente y brindar un aporte como posible alternativa jurídica de solución.
Principio de seguridad jurídica, este principio no ha sido determino a través de las constituciones, es más tiene un desarrollo por el tribunal constitucional, y su desarrollo esta tangible desde la constitución de 1993, este lo encontramos recogido en la doctrina y jurisprudencia, este principio ha ido evolucionado, a nivel de registros públicos, ya que se encuentra muy presente para las actuaciones de la administración, mayormente es de doble entrada ya que vincula al estado y al ciudadano, así mismo, este principio se desarrolla por las decisiones del estado, nace en razón de impresión, inseguridad o baja incertidumbre jurídica, es de rango constitucional y tiene que ver con los derechos fundamentales.
La constitución de 1979 y 1993, reconoce implícitamente el contenido de este principio, pero ha sido desarrollada por el tribunal constitucional, a través de sentencias, es una garantía importante para el ciudadano, por ejemplo, mediante acciones de garantía se pone énfasis a este principio y se puede materializar, se presenta en dos dimensiones, parte positiva ante los actos y la parte negativa ante la ley como mecanismo de defensa.
Los presupuestos de la seguridad jurídica objetiva, la cognoscibilidad esta es una vertiente inicial, con el cual el ciudadano tiene una confianza con las normas jurídicas y la calculabilidad es una determinación subjetiva en caso de cumplimiento o incumplimiento de las normas.
Presupuestos de seguridad jurídica subjetiva, conjunto de organismos y a la pléyade de funcionarios públicos que, con su eficiencia, eficacia, moralidad y legalidad, generan una suerte de intima confianza en la certeza de su protección y reparación en favor de las personas.
La seguridad jurídica es, por ello, una garantía de la libertad dentro de una sociedad, es por elloque se señala el compromiso del estado una actuación estatal o ciudadano con sujeción al principio de legalidad, así como de protección, reparación o resarcimiento frente a actos contrarios al ordenamiento jurídico.
Ejemplo: Caso Luis Patroni Rodríguez (EXP. N°01546-2002-AA/TC), El fundamento básico fue la obtención de un derecho, el TC se basa en la predictibilidad de la conducta estatal o la consecuencia de los actos de las ciudadanas, con ello se busca organiza la vida del ciudadano, y se evita la afirmación no interdicción de la arbitrariedad por parte del estado que nos lleve al caos o problema.
Ejemplo: María vive en un predio abandonado por “x” persona hace más de 15 años, entonces ella asesorada por su abogado decide realizar una prescripción adquisitiva de dominio vía notarial, para dicha obtención ella debe de cumplir con una serie de requisitos lo cuales se deben de cumplir para poder tener la obtención de su título de propiedad, aquí observamos presente el principio de seguridad jurídica ya que el estado me brinda las normas legales para la obtención del título de propiedad y me da una serie de requisitos para su obtención el cual debo cumplir.
Principio de publicidad, a diferencia del principio de seguridad jurídica este principio sí está positivisado a través de la constitución de 1856, parte a través de dar publicidad a los juicios del poder judicial, a través del principio de publicidad, se avizoraba sujeción del ciudadano y del propio estado al respeto de la constitución pese a los cambios o modificaciones que se presentaron, este principio por sí solo no necesita una materialización, en el ámbito jurisdiccional comporta la posibilidad de que los actos procesales sean presenciados o conocidos por quienes no participan en el proceso como partes, funcionarios o auxiliares, este ha sido adoptado por la mayor parte de las leyes procesales civiles modernas, y reconoce su fundamento en la conveniencia de acordar a la opinión pública, este es un medio de fiscalizar las conductas.
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