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Juridicos


Enviado por   •  18 de Agosto de 2013  •  856 Palabras (4 Páginas)  •  254 Visitas

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. La realidad de los estudios jurídicos comienza a cambiarse de manera notable hacia el siglo XI. Esta era fue testigo de numerosos y nuevos planteamientos en la historia de la civilización europea. El papado consiguió una decisiva concentración de poder durante el pontificado de Gregorio VII. El feudalismo se conformó como un sistema integral y sólido. Los estados normandos surgieron con la promesa de una administración eficaz y de un orden político. Deben al menos mencionarse cuatro centros importantes en los cuales se profesaba el estudio jurídico: uno en Provenza, aún siempre dependiendo del Imperio en aquella época, el segundo entre las ciudades de la Lombardía y el tercero en Ravenna, con sus antiguas tradiciones imperiales y en último lugar, pero no la última, la famosa escuela de Bolonia, la ciudad que fue encrucijada de caminos de la Romagna.

Se observa que esta introducción, aunque está redactada en un lenguaje sonoro, no es de hecho un vuelo retórico y carente de conclusiones. Cada palabra de la misma tiene un significado definido y sus particu­laridades merecen que se les preste atención. La obra de las Exceptiones fue sugerida por consideraciones prácticas y dificultades experimentadas en la administración de la justicia. El tratado utiliza la expresión sapientissimus legum doctoribus, la cual, aunque no pueda tomarse en el sentido ordinario académico de doctores en derecho, está sin embargo llena de significado, también en el sentido más restringido usado en nuestra versión. La ejecución de la obra no es indigna del propósito que la preside. Las Exceptiones forman un breve manual de preceptos para uso práctico. Sus materiales están tomados del Corpus Iuris y no del Breviarium Alaricianum. Así como no se puede poner en duda el ambiente provenzal del autor, debemos inferir que en siglo XI en el Sur de Francia hubo un despertar notable en el estudio y en la aplicación del derecho de Justiniano, probablemente en conexión íntima con Italia. La existencia de este centro francés de naciente jurisprudencia sirve para demostrar que el renacimiento más poderoso y eficiente de Bolonia fue un acontecimiento determinado por el espontáneo florecimiento de ideas y necesidades en lugares diversos de las regiones más civilizadas de Europa.

2.Como acabo de decir hubo un segundo centro, en las ciudades de la Lombardia. La legislación de los reyes longobardos, Rotario, Grirnualdo, Liutprando, Rachis y Astolfo no fue abolida por la conquista franca del 774, la Italia longobarda continuó durante mucho tiempo progresando en sus propias directrices, a pesar de estar incorporada al Imperio Carolingio y sujeta a un cierto número de leyes francas. Citando en el siglo XI, la Italia septentrional progresó en su prosperidad e importancia política, en parte como consecuencia del progreso económico de sus ciudades y en parte por la labor de los emperadores y de los papas, la interpretación

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