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La periodización de la época romana. Cuadro de doble entrada


Enviado por   •  18 de Marzo de 2021  •  Trabajos  •  733 Palabras (3 Páginas)  •  1.258 Visitas

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Universidad Interamericana para el Desarrollo.

Materia: Derecho Romano.

Maestro: Mtra. María Magdalena de la Torre Rodríguez.

Tarea: Cuadro Comparativo: Personas Físicas y Morales.

Alumna: Lic. Norma Angélica Avilés Ramírez.

Fecha: 17 de febrero del 2021.

San Francisco de Campeche, Campeche a 17 de febrero del 2021.

“Personas Físicas y Morales”.

Al sujeto se le denominaba persona, término que derivaba de la palabra personae (voz latina que significa máscara de actores). No todos los hombres eran personas o sujetos de derecho en la sociedad romana. La persona era el hombre que reunía ciertas condiciones:1. Ser libre, 2. Ser ciudadano romano, y 3. Paterfamilias o sui iuris.

La palabra persona es resultado de dos categorías gramaticales; una preposición: PER y un verbo: SONARE. Lo que podría traducirse como: lo que suena a través de o lo que suena por medio de. PERSONA, fue la máscara que usaron los actores en sus representaciones teatrales para impostar la voz, cambiar la voz o hacer que esa misma voz fuera más intensa y que contribuía a destacar el papel que representaba.

Persona, o sujeto de derecho, era el hombre que a esa calidad agregaba otras condiciones esenciales exigidas por la ley, a saber: ser libre y no esclavo (status libertatis), ciudadano romano (status civitatis) y jefe de familia (status familiae). La posesión de esos tres estatus daba al ser humano plena capacidad jurídica y la calidad de persona, por lo cual a la capacidad jurídica se le suele denominar también personalidad.

Personas

Físicas

Morales

Conceptos

El ser humano en las condiciones exigidas por el ordenamiento normativo romano. Las que presentan signos característicos de humanidad.

Aquella representada por tres o más personas físicas, colectivamente considerada. Creaciones ideales y a las cuales la ley les reconoce capacidad de derecho. Las personas morales son una creación jurídica que responde a un ordenamiento legal y estatal.

Características

Las personas físicas poseen una existencia visible, real, física o natural.

Deben cumplir con ciertos requisitos.

Mientras el feto se halla dentro de su cámara vital no existe como persona, es sencillamente una parte de la mujer, un órgano o porción de la madre, una portiomulieris.

El fin de la persona se concretará con la muerte o desaparición del individuo.

No son personas de existencia visible o corporal.

Unos responden a un interés público o general, como el Estado, las ciudades, los municipios, los colegios sacerdotales, las sociedades de publicanos (arrendadores de los impuestos o rentas públicas y de las minas del Estado) y las asociaciones de artesanos; en tanto que otros de esos entes están dirigidos exclusivamente a satisfacer intereses de algunas personas, como los relacionados con dioses, templos o iglesias, hospitales y establecimientos de beneficencia en general.

El fin de las personas morales se efectivizará con la disolución legal de la entidad constitutiva.

Diferencias

Existencia: El nacimiento marca la existencia de la persona física. La Legislación romana exigía en lo relativo al nacimiento la concurrencia de ciertos requisitos: Que estuvieran efectivamente separados del claustro materno. Que el nacimiento se hubiera producido con vida: a. Que haya respirado b. Que gritara. Que tuviera apariencia humana.

Derechos: Toda persona al ser concebida y al nacer va a poseer una personalidad jurídica y adquirirá derechos que podrá ejercer libremente.

Denominación: Las personas requieren obligatoriamente de un nombre que designará a una persona determinada, cada sujeto poseerá de este modo una identificación personal.

Existencia: Las corporaciones se crean desde la Ley de las XII Tablas, conformadas por mínimo 3 personas, con el fin de constituir un bien lícito, por otro lado, se conforman las primeras fundaciones con fines de alimentar y mantener a niños pobres.

Derechos: Las personas morales podrán ejercer todos los derechos que sean precisos para ejecutar el objetivo de su establecimiento.

Denominación: En las personas morales existirá una denominación (Razón Social), que constituya, básicamente, un medio de identificación indispensable para ejecutar sus relaciones jurídicas.

Similitudes

  • Las personas físicas o morales tienen capacidad para ser titular de derechos y deberes.
  • Todas las personas físicas y morales deben declarar su patrimonio, es decir todo aquello susceptible de valorarse económicamente.
  • Toda persona, física o moral, debe declarar su domicilio.
  • Tanto las personas físicas como las morales son reconocidas por el Estado.

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