Positivismo Vs Postpositivismo
Enviado por jhonny5 • 27 de Junio de 2014 • 507 Palabras (3 Páginas) • 399 Visitas
I. Rafael Escudero:
El p.j. es una teoría del derecho, y su análisis deber ser en el marco de la teoría.
Dos rasgos metodológicos: su pretensión es descriptiva (por su carácter teórico); tiene carácter de generalidad (explicación a cómo funciona el derecho); es una teoría del derecho y no es una teoría moral.
El p.j. es una teoría del derecho que pretende describir cómo funcionan los sistemas jurídicos al margen de las valoraciones morales. Tres tesis (de Hart):
1. Separación conceptual entre el d. y la moral: si hay conexiones, pero contingentes.
2. Convencionalismo: el d. es un producto social, producto de fuentes sociales; de hechos sociales. La moral no es una fuente del derecho.
3. Discrecionalidad jurídica: el d. tiene límites y no puede regular todas las situaciones, por eso hay ocasiones donde no existe norma jurídica aplicable. En estos casos hay discrecionalidad, el juez crea derecho, recurriendo a la argumentación y justificación.
Si la constitución incorpora conceptos morales, se rompería la tesis clásica de Hart. Vertientes de los positivistas influyentes:
• Los valores morales determinan al derecho porque están incorporados en el derecho establecido. Las leyes inválidas vulneran artículos “x” en la constitución y no vulneran la moral.
Positivismo j. excluyente:
• Ejemplo: gol de Maradona. Se acude al d. valido acudiendo al contenido de las normas y no al contenido de la moral.
• Admitir la moral como incluyente en el d. es peligroso y confuso, y podríamos caer en filosofía del derecho.
II. Alfonso García Figueroa:
Por qué no ser positivista y por qué ser pos positivista.
• Argumento de la injusticia: separar la moral del derecho. Cuando una norma es demasiada injusta pierde validez jurídica. Este argumento surge en etapa de crisis.
• Argumento de los principios: en épocas de normalidad democrática y constitucional. El p.j es una teoría jurídica inviable ya que descuida elementos identificables del derecho.
Problemas del positivismo jurídico:
• Esencialismo: hay esencias que debemos aprender y enseñarlas. Si el derecho es descrito así, presenta problemas. Por ello esto sería más que describir correctamente el d. sería INTERPRETAR y no describir.
• Contradicciones: debemos ser positivistas porque es “bueno”, se cae en la moralidad sin querer.
• Muchas estipulaciones: mucho hermetismo en la teoría del p. j.
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