Proyectos Comunitarios
2995_armana15 de Junio de 2014
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1-. Base Legal.
El origen o fundamento Legal de la realización de Proyectos Comunitarios lo establece Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, con respecto a los proyectos se tiene:
TITULO IV
DE LOS PROYECTOS
De los proyectos
Artículo 21.Los proyectos deberán ser elaborados respondiendo a las necesidades de las comunidades, ofreciendo soluciones de manera metodológica, tomando en consideración los planes de desarrollo municipal, estatal y nacional.
Iniciativa de Proyectos
Artículo 22. La presentación de los proyectos ante las instituciones de educación superior podrá ser iniciativa de:
• El Ministerio de Educación Superior
• Las instituciones de educación superior
• Los estudiantes de educación superior
• Las asociaciones gremiales
• Las instituciones públicas
• Las instituciones privadas
• Las comunidades organizadas
De los requisitos para la presentación y aprobación de los proyectos Artículo 23. Los proyectos deberán ser presentados por escrito, y el planteamiento del problema, deberá incluir la necesidad detectada en la comunidad, la justificación, los objetivos generales y el enfoque metodológico, sin menoscabo de los requisitos adicionales que pueda solicitar la institución de educación superior en su reglamento.
Todo proyecto de servicio comunitario requiere ser aprobado por la institución de educación superior correspondiente.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera: A partir de la entrada en vigencia de esta Ley, las instituciones de educación superior evaluarán los proyectos de acción social o comunitaria que estén desarrollando los estudiantes de educación superior, los cuales por sus características puedan convalidarse al servicio comunitario previsto en esta Ley.
2-. Objetivo Terminal:
Formular un proyecto comunitario aplicando la metodología prevista para tal fin.
3-. Objetivos Específicos:
• Convertir un problema o necesidad comunitaria y/o aportar progresos orientados a mejorar la calidad de vida en proyectos comunitarios.
• Determinar las diferentes etapas de un proyecto comunitario.
• Definir una metodología comprensible y sencilla de posible aplicación por los miembros del Consejo Comunal y/o comunidad.
• Conocer, identificar y delimitar aspectos comunitarios y especialmente socio laborales de su comunidad.
• Orientar la organización de la comunidad mediante la articulación de sus potencialidades socioeconómicas y laborales.
• Proponer y evaluar posibles acciones comunitarias y socio laborales.
• Seleccionar una o varias propuestas o sugerencias de acción comunitaria o socio laboral.
-. Tipos de Proyectos a financiar:
Proyectos Productivos: Aquellos proyectos que articulan las actividades productivas que beneficien a la comunidad con los objetivos de desarrollo, Nacional, Regional y Local.
Proyectos de Infraestructura: Aquellos proyectos que tengan como objeto el beneficio de sus comunidades en cuanto a la mejora de la calidad de vida, fortaleciendo el tejido social, ejemplo: casa comunal, hogar de cuidado diario, casa alimentaría, entre otras.
Proyectos Sociales: Aquellos que brindan atención de manera prioritaria a las necesidades y demandas de los grupos más vulnerables de la comunidad
Entes que gestionan financiamiento de proyectos:
• Gobernaciones.
• Alcaldías.
• Empresas privadas.
• Bancos.
• Institutos autónomos ya sean del ejecutivo Nacional o Regional tales como:
• Bandes.
• Fondo Bolívar.
• Fondemi.
• Inapyme.
• Fondo Regional Guayana. Entre otros.
El proyecto comunitario
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