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Que Es El Derecho


Enviado por   •  20 de Febrero de 2015  •  2.094 Palabras (9 Páginas)  •  250 Visitas

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El derecho es resultado de los distintos contextos históricos, de las ideologías, de los intereses y conflictos predominantes en los mismos. Su naturaleza es normativa, por su contenido, pertenece al mundo del deber ser, es a la vez la expresión de un sistema de valores, preferencias, ideologías, que se expresan a través de modelos de comportamiento, de ahí que ningún modelo jurídico sea neutro desde el punto de vista axiológico. El carácter emotivo del término se evidencia cuando se utiliza como sinónimo de justicia, también lo entendemos como metalenguaje sintáctico y metalenguaje semántico. Final- mente podemos decir en coincidencia con Rolando Tamayo que el derecho puede ser entendido como una construcción de tres niveles. Cuando se refiere la idea del derecho desde la ciencia del derecho se remite a las normas jurídicas, todo el comportamiento jurídico se reduce a ellas, formando una relación de comportamientos, que dura cierto tiempo y que se da en cierto espacio, por lo que resulta complejo definir con precisión lo que el derecho es desde una concepción real y personal.

¿QUÉ ES EL DERECHO?

¿EL DERECHO TIENE DEFINICIÓN?

Herber Lionel Adolphus Hart en su obra el Concepto del Derecho puntualiza lo que para objeto de éste, reza el inicio de su trabajo “Pocas preguntas referentes a la sociedad humana han sido formuladas con tanta persistencia y respondidas por pensadores serios de maneras diversas, extrañas y aun paradójicas ¿qué es el derecho?

Aunque limitemos nuestra atención a la teoría jurídica de los últimos ciento cincuenta años y dejemos a un lado la especulación clásica medieval acerca de la “naturaleza” del derecho, nos daremos con una situación que no encuentra paralelo en ningún otro tema estudiado en forma sistemática como disciplina académica autónoma.2

Y es que el derecho puede ser analizado desde múltiples dimensiones, todo depende de la perspectiva que estemos analizando. El derecho constituye un mecanismo específico de ordenación de la existencia social humana. Con ello podemos observar que el derecho no está constituido por el tipo de actividades o dimensiones de la vida humana regulada por él, sino por la determinada forma en que se produce la regulación de aquellas.

Cuando afirmamos que el derecho es un fenómeno humano estamos diciendo dos cosas a la vez, el derecho es un producto humano que regula comportamientos huma- nos, por otra, el derecho es producido por los seres humanos en el marco de diversas circunstancias y contextos históricos. En el marco de esas circunstancias es que debe de ser entendido. De ahí que se diga que el derecho tiene una vinculación circunstancial con el conjunto de realidades concretas en el seno de las que surge.

El derecho es resultado de los distintos contextos históricos, de las ideologías, de los intereses y conflictos predominantes en los mismos. Por eso varía en sus contenidos en función de las circunstancias históricas y refleja los caracteres de esas circunstancias.

El derecho se destaca por su naturaleza normativa, los modelos de conducta incluidos en un ordenamiento jurídico constituyen criterios de comportamiento a los que están sujetos los destinatarios de ese sistema. En este contenido se afirma que el derecho pertenece al mundo del deber ser.

Los ordenamientos jurídicos incluyen sistemas de coacción destinados a asegurar el cumplimiento de sus modelos de conducta, como aseveraba Kelsen en su Teoría Pura del Derecho,3 “una nota en común de los sistemas sociales designados como ‘derecho’ es que son órdenes coactivos en el sentido de que reaccionan con un acto coactivo (esto es con un mal), como la privación de la vida, de la salud, de la libertad, de bienes económicos y otros, ante ciertas circunstancias consideradas indeseables, en cuanto socialmente perjudiciales, en especial ante conducta humana de ese tipo, un mal que debe infringirse contra la voluntad del que lo padece inclusive, de ser necesario, recurriendo a la fuerza de la voluntad del que lo padece inclusive, de ser necesario, recurriendo a la fuerza física, es decir coactivamente”.

En este contexto podemos entender mejor las relaciones que tiene el derecho con la sociedad a la luz del pensamiento de Kant, cuando observa que el Derecho es el conjunto de condiciones bajo las cuales el arbitrio de cada uno puede conciliarse con el arbitrio del otro según una ley universal de la libertad (... ) por consiguiente el derecho está unido a la vez la facultad de coaccionar a quien lo viola según el principio de contradicción.

Aunado a esto el derecho establece modelos de comportamiento lo hace pues, se considera que dichas conductas son necesarias para el mantenimiento de un modelo o el logro de unos determinados fines. De ello se deduce que el derecho es expresión de un sistema de un sistema de valores, preferencias, ideologías, que se expresan a través de esos modelos de comportamiento, de ahí que ningún modelo jurídico sea neutro desde el punto de vista axiológico.

Los problemas de definición del término derecho, pueden ser por varios factores, dado que es un producto histórico, es sujeto de muchas pre concepciones que los individuos tienen sobre el fenómeno; también podemos observar que el término derecho pertenece al lenguaje natural y forma parte de nuestro bagaje cotidiano, en este contexto podemos estar ante la presencia de problemas de ambigüedad, vaguedad, y emotividad del lenguaje.

Mientras que el lenguaje informativo se puede decir que es verdadero o falso, según refleje o no fielmente el estado de cosas que pretende describir, del lenguaje normativo no tiene sentido predicar la categoría de verdad-falsedad. Podrá decirse que es justa o injusta, arbitraria o racional, oportuna o inoportuna, eficaz o ineficaz, y sobre todo podrá decirse que es válida o inválida según éste o no dada por la autoridad competente y siguiendo el procedimiento establecido para la formulación de las normas.

Este problema de la definición todavía tiene una arista que puede ser muy interesante, las distintas definiciones que se han dado para explicar que es el derecho, es decir cada una de las escuelas de pensamiento jurídico ha propuesto un modelo que explique el derecho de ahí que sea interesante analizarlas en su propia particularidad.

No hay duda alguna que son tres las corrientes que por lo menos para la gran mayoría de los pensadores jurídicos; estas son la concepción iusnaturalista, la concepción iuspositivista y la concepción marxista

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