ÉTICA SOCIEDAD Y PROFESIÓN LOS PROBLEMAS ÉTICOS DE LAS NUEVAS SOCIEDADES
devsaReseña11 de Noviembre de 2016
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ÉTICA SOCIEDAD Y PROFESIÓN
LOS PROBLEMAS ÉTICOS DE LAS NUEVAS SOCIEDADES
Después de la Segunda Guerra Mundial y la creación de las Naciones Unidas, la comunidad internacional se comprometió a no permitir nunca más atrocidades como las sucedidas en ese conflicto. Los líderes del mundo decidieron complementar la Carta de las Naciones Unidas con una hoja de ruta para garantizar los derechos de todas las personas en cualquier lugar y en todo momento. El comité de la Comisión de Derechos Humanos encargado de redactar el texto en 1948 estaba formado por ocho miembros: Eleanor Roosevelt (de Estados Unidos), René Cassin (Francia), Charles Malik (Líbano), Peng Chun Chang (China), Hernán Santa Cruz (Chile), Alexandre Bogomolov / Alexei Pavlov (URSS), Lord Dukeston / Geoffrey Wilson (Reino Unido) y William Hodgson (Australia).
El Alto Comisionado para la defensa de los Derechos Humanos tiene oficinas en 13 países: Bolivia, Camboya, Colombia, Guatemala, Guinea, Mauritania, México, Palestina (oficina independiente), Kosovo, Togo, Túnez, Uganda y Yemen.
La Declaración de Derechos Humanos ha sido el texto que más traducciones ha tenido, con 370 en 2009.
Artículo 1.
Cuando nacen, los niños son libres y cada uno debe ser tratado equitativamente. Todos los humanos tenemos razón y conciencia y debemos comportarnos amistosamente los unos con los otros.
El primer articulo en la declaración de derechos es a mi percepción el mas importante de ellos; si en realidad se le diera cumplimiento, el mundo, la sociedad o los humanos en general viviríamos de manera mas armoniosa, la mayoría de nuestros problemas no tendrían origen ni lugar.
Artículo 12.
Tienes derecho a pedir protección si alguien trata de manchar tu buen nombre, entrar en tu casa, abrir tu correspondencia o causar molestias a ti o a tu familia sin una razón válida. Este es uno de los derechos que me parecen mas violentados en la ultima década; derivado del surgimiento de las redes sociales, las plataformas de comunicación alámbricas e inalámbricas, aéreas, marítimas o terrestres, la difamación de millones de individuos se han hecho del conocimiento público, lo que transgrede a este, el décimo segundo derecho humano.
Artículo 18.
Tienes derecho a profesar libremente tu religión, a cambiar de religión y a practicar tu religión individualmente o con otras personas.
El crecimiento poblacional registrado durante la última década en la ciudad de Monterrey, es mayor entre la población no religiosa con una tasa de 4,5%; a este grupo le siguen quienes tienen una creencia no católica que registran 2,9% y finalmente el menor crecimiento que refiere el 1,9% correspondiente a la población católica; sin embargo, Monterrey cuenta con distintas religiones en porcentajes similares a los que se registran en el ámbito nacional; casi 88% son cristianos, católicos, 8,3% tienen una doctrina distinta y 2,8% no tienen creencias religiosas.
La connotación cultural que estos datos o características religiosas traen consigo, incluyen la falta de tolerancia hacia personas que no profesan religión alguna o que han decidido cambiar la misma y este patrón de conducta afecta inclusive a familias que terminan dejando de ser núcleos debido a ello.
Artículo 23.
Tienes derecho a trabajar, a elegir libremente tu trabajo y a cobrar un salario que te permita vivir y mantener a tu familia. Si un hombre y una mujer realizan el mismo trabajo, deben cobrar lo mismo. Todas las personas tienen derecho a asociarse para defender sus intereses.
Si bien es cierto que la equidad de genero se ha intensificado en los últimos años, la inequidad no se ha erradicado; tal vez en la actualidad los sueldos sean los mismos para hombres que para mujeres pero la final aceptación de un empleador por un solicitante
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