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Acciones Romanas


Enviado por   •  1 de Junio de 2014  •  671 Palabras (3 Páginas)  •  305 Visitas

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La reivindicación compete al propietario de la cosa que no la tiene en su posesión, para que se declare que le corresponde el dominio de ella y que el poseedor se la entregara con sus frutos y accesiones en los términos presentes por el Código Civil.

Articulo 5

El tenedor de la cosa puede declinar la responsabilidad del juicio designado al poseedor que lo sea a título de dueño.

Articulo 6

El poseedor que niegue la posesión la perderá en beneficio del demandante.

Ÿ A estos tres artículos los puedo relacionar con la Legis Actio Per Sacramento en su fase In Rem, ya que lo que se reclama en esa acción es la cosa y su posesión, en la entrega de los frutos y accesiones como dice el artículo 4 se puede relacionar o pensar que podría ser referente a los ases que se ponían en apuesta según el valor de la cosa.

Articulo 13

La peticion de herencia se deducira por el heredero, por el legatario o por quien haga sus veces, y se da contra el albacea o contra el poseedor de las cosas hereditarias con el caracter de heredero o cesionario de este, y contra el que no alegue el titulo ninguno de posesion del bien hereditario o dolosamente deje de poseerlo.

Articulo 14

La peticion de herencia se ejercitara para que sea declarado heredero el demandante, se le haga entrega de los bienes hereditarios con sus accesiones, sea indemnizado y se le rindan cuentas.

Ÿ A estos dos articulos los puedo relacionar con la Legis Actio Per Iudicis Atributive Postulationem, ya que en este tipo de accion romana se reclama la division de herencia, copropiedad o deudas nacidas de una esponcio. Si el actor afirmaba el derecho y el demandado lo negaba se nombraba un iudex en epoca romana, aqui es algo similar la primer parte ya que la peticion de herencia se da por el legatario y se da contra el poseedor de las cosas hereditarias y el que no alegue el titulo dejara de poseerlo.

Articulo 18

La accion de recuperar la posesion se deducira dentro del año seiguiente a los actos violentos o vias de hecho causantes del despojo. No procede en favor de aquel que en relacion al demandado, poseia clandestinamente, por fuerza o a ruego pero si contra el propietario despojante que tranfirio el uso y aprovechamiento de las cosas por medio del contrato.

Ÿ A esto podria compararse con las acciones perpetuas y acciones tenoorales ya que estas tienen un plazo para poder ser ejecutadas segun sea el caso como las acciones temoorales que tienen un año para poder ser eejecutadas si son acciones penales.

Articulo

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