Administración Publica RD
alysmzab4 de Septiembre de 2014
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2 Origen e Historia de la Administración Pública
La palabra "administrar" proviene del latín "ad-ministrare","ad" (ir, hacia) y "ministrare" (Servir, cuidar) y tiene relación con la actividad de los ministros romanos en la antigüedad.
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No obstante, el concepto de administración pública puede ser entendido desde dos puntos de vista. Desde un punto de vista formal, se entiende a la entidad que administra, o sea, al organismo público que ha recibido del poder político la competencia y los medios necesarios para la satisfacción de los intereses generales. Desde un punto de vista material, se entiende más bien la actividad administrativa, o sea, la actividad de este organismo considerado en sus problemas de gestión y de existencia propia, tanto en sus relaciones con otros organismos semejantes como con los particulares para asegurar la ejecución de su misión.
También se puede entender como la disciplina encargada del manejo científico de los recursos y de la dirección del trabajo humano enfocada a la satisfacción del interés público, entendiendo este último como las expectativas de la colectividad.
Historia.-
El sistema de Servicio Civil tuvo diversos antecedentes durante los siglos XIX y XX, entre los cuales los más importantes se sintetizan como sigue:
Acta Constitutiva del Gobierno Provisional de José Núñez de Cáceres, 1821, orientada por principios como el de estabilidad en el empleo público;
Proyecto de Constitución de la República, de Juan Pablo Duarte, 1843, que consagra el "principio de legalidad" de las acciones públicas, según su Artículo 11;
Constitución de la República Dominicana, de 1844, que establece el principio de igualdad de oportunidades para ingresar a la Administración Pública;
En 1881 el Gobierno de Fernando Arturo de Meriño daba preferencia de acceso a los cargos públicos
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que más ciencia y conciencia exigían, a los graduados de la Escuela Normal orientada por Eugenio María de Hostos;
En 1913 el Decreto 5272 estableció que "ningún empleado puede ser removido de su empleo, a no ser por faltas graves o incompetencia";
En 1917 el Gobierno interventor norteamericano creó, mediante la Orden Ejecutiva Núm. 66, una Comisión de Servicio Civil con facultad para nombrar, ascender, trasladar y despedir servidores públicos; quedando ampliada o modificada esa facultad mediante las Órdenes Ejecutivas Nos. 66 de 1917; 452 y 490 de 1920; la Ley 1144 y el Reglamento 1230 de 1929; Leyes 3 y 89 de 1942; y Ley 1184 de 1946; etc.
www.seap.gob.do\P_Solotexto-apsx?entid=196, (2011) En 1951 el Gobierno de Trujillo suprimió dicha Comisión de Servicio Civil, alegándose que era innecesaria porque los cargos eran cubiertos por personal idóneo con diplomas que acreditaban su capacidad; elaborados nueve (9) proyectos de Ley Administrativa, siendo aprobado el último por unánime, y convertido en la Ley Núm. 14-91 mayo de 1991 (Gaceta Oficial 9808).
Entre 1961 y 1990 fueron de Servicio Civil y Carrera el Congreso Nacional, en forma por el Poder Ejecutivo el 20 de
El 29/03/94 el Presidente de la República emitió el Reglamento Número 81-94 de aplicación de la citada Ley 14-91, iniciándose así, con escasa efectividad, la vigencia del régimen de Servicio Civil (Gaceta Oficial 9879).
Desde entonces el MAP, con el propósito de viabilizar los contenidos de los textos antes citados, ha emitido los siguientes instructivos procedimentales, de:
• Clasificación y Remuneración del Personal Civil del Poder Ejecutivo;
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