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Enviado por   •  20 de Julio de 2014  •  2.098 Palabras (9 Páginas)  •  143 Visitas

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De la Seguridad y Defensa de la Nación.

La Seguridad y Defensa Nacional son elementos concebidos como primordiales dentro de la conformación de las naciones, puesto que lo mismos conceden o dan cierto nivel de confiabilidad y protección a todas las personas que integran la nación.

La Seguridad Nacional está referida a las manifestaciones externas, que los sujetos integrantes de la nación pueden percibir, y que se manifiesta en la sensación de tranquilidad o de seguridad de los ciudadanos, ya que depende de la percepción por parte de la ciudadanía de la sensación de paz, peligro o amenaza para con la nación, y por ende para con al seguridad de sus ciudadanos. La misma es parte inherente de la política de la nación y está directamente vinculada con el Poder Nacional, el cual le proporciona los medios para que se pueda llevar a cabalidad.

La Seguridad de la Nación se refiere principalmente a 3 aspectos:

Territorio: cuyo fin es la preservación del territorio nacional de la ocupación, transito o invasión ilegal de otras personas o naciones que no estén debidamente autorizados para ingresar al país

Población: referida a protección de la colectividad de situaciones que amenacen o atenten contra su libertad, seguridad o bienestar.

Libertades: cuyo fin es la garantizacion del cumplimiento de las libertades internas y externas, a las que se tiene derecho por mandato constitucional.

De tal forma que la seguridad es un elemento indispensable para el bienestar de la sociedad, de la colectividad, ya que protege los derechos de la nación tanto en el ámbito interno como externo.

En nuestra constitución podemos contemplar en el título VII, sobre la seguridad de la nación, capítulo I, disposiciones generales,

Artículo 322. La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional.

Este artículo aclara de manera simple que el Estado es el encargado y responsable de nuestra defensa.

Artículo 323. El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico. A tales efectos, le corresponde también establecer el concepto estratégico de la Nación. Presidido por el Presidente o Presidenta de la República, lo conforman, además, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificación, y otros cuya participación se considere pertinente. La ley orgánica respectiva fijará su organización y atribuciones.

CODENA (Consejo de Defensa de la Nación)

Es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico.

Estructura

Acorde con el reglamento del consejo de defensa de la nación, en sus artículos 3, 4, 5 y 6, se reglamenta:

a) El presidente de la república es la más alta autoridad en todo lo relacionado con la seguridad defensa integral de la nación. La instalación del consejo de defensa de la nación estará a su cargo.

b) El presidente del consejo de defensa de la nación, asignándoles las funciones y las condiciones a las cuales quedan sujetos.

c) Tendrá su sede en la cuidad de caracas, pudiendo sesionar de maneras extraordinaria en cualquier otro lugar del país, cuando así lo acuerde la mayoría calificada de sus miembros.

d) A través de secretaría general, tramitaran y procesarán todas las informaciones y documentos, que se produzcan en los sectores públicos y privados, en materia de seguridad y defensa integral.

Integrantes

El precedente de la república ejerce la presidencia del CODENA, quien cuenta con una secretaria general (SECODENA). Que aun cuando no es miembro, cumple funciones permanentes como órgano de apoyo administrativo, técnico y de investigación (articulo 35 y 36 de la ley orgánica de seguridad). De la nación.

Comités sectorices del CODENA, el codena estará integrado por cuatro comités sectoriales: político, económico, social y militar, que tendrán como actividades fundamentales:

a) Preparar informes, estudios y planes sobre cada uno de sus campos de acción

b) Asesorar al CODENA sobre cada materia

c) Coordinar y vigilar las acciones para cada campo, en caso de emergencia.

Estos comités serán equipos integrados por ministros con actividades afines para permitir una estrecha relación y colaboración entre si, y un eficaz cumplimiento de las funciones serán establecidas por vía reglamentaria.

Atribuciones de los comités sectoriales:

1. Comité político

a) Someter a consideración de CODENA los estudios relacionados con la estrategia de su seguridad y defensa integral de la Nación para la consecución, preservación y mantenimiento de los objetivos señalados por el órgano supremo.

b) Asesorar al CODENA en todo lo relativo a la política como alta dirección que, en el aspecto nacional e internacional, ha de orientar la filosofía de los planes de seguridad y defensa nacional

c) Orientar a la población en general sobre las directrices por las cuales debe regirse, en caso de tener que afrontar un conflicto interior o exterior, así como coordinar actividades cuando hubiere sido declarado el estado de emergencia o decretada la movilización, conforme con lo dispuesto en la Constitución

2. Comité económico

a) Estudiar, definir y someter a consideración del Consejo las normas administrativas por las cuales se regirán las actividades económicas, en caso conflicto interior o exterior

b) Asesorar al Consejo en todos

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