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Aduana Central de Guatemala

Andres95LopezTesis18 de Abril de 2014

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INTRODUCCIÓN

En esta investigación se presenta un diagnóstico de la situación actual y una descripción de los procesos más importantes que se realizan dentro del sistema nacional de aduanas. Esta información permitirá sugerir mejoras para el funcionamiento del sistema de aduanas y con ello actualizar y modernizar sus procesos y procedimientos. Las mejoras en el sistema de aduanas y la infraestructura vial permitirán un incremento en el volumen del comercio internacional y traerá beneficios a la economía.

Aduana Central de Guatemala

Objetivos:

La Dirección General de Servicios Aduaneros tiene a su cargo la administración de los servicios aduaneros para el control y facilitación del comercio exterior por medio del desarrollo y mejoramiento constante de la técnica aduanera, así también, la administración de los tributos establecidos a favor del Estado que gravan el tráfico internacional de mercancías y las relaciones jurídicas derivadas de ellos.

Funciones:

Administrar, normar, fortalecer y consolidar bajo los criterios de modernización la política aduanera de Nicaragua.

Brindar servicios aduaneros ágiles que faciliten las actividades del comercio exterior.

Dictar las disposiciones necesarias para el eficiente control, recaudación y fiscalización de los impuestos al comercio exterior y demás ingresos cuya recaudación está encomendada por ley.

Coordinar el servicio de vigilancia aduanera y auditorias domiciliares a los importadores, exportadores y auxiliares de la función pública de la DGA, a fin de prevenir y reprimir ilícitos e infracciones aduaneras.

Ubicación: Aduana terrestre, ubicada en el Km. 8.5 carretera al Atlántico zona 18, Ciudad de Guatemala.

Números telefónicos: (502) 2255-0333, (502) 2255-2421, (502) 2255-2355, (502) 2255-6498, (502) 2258-5247 extensiones 1001 y 1021 Fax: 2258-0011

Servicios que presta: Administración de Almacenes Fiscales, Zonas Francas, Aduanas Internas y Agencias ZOLIC ubicadas en Región Central.

Aduana de fronteras de Guatemala

Aduana de Vehículos:

Ubicación: Km. 8.5 Ruta al Atlántico Zona 18

Números telefónicos: (502) 2255-6494 al 96

Servicios que presta: Despacho aduanero de importación de vehículos y apoyo técnico relacionado a valoración y clasificación de los mismos.

Horario de Atención: En área administrativa y operativa: de lunes a viernes de 8:00 a 17:00 horas.

Aduana Puerto Quetzal

Ubicación: KM. 111 Autopista Puerto Quetzal, San José, Departamento de Escuintla.

Teléfonos: (502) 7934-2264 al 72

Servicios que presta: Despacho de mercancías (importación, exportación y tránsito)

Horario de Atención: En áreas administrativas: la administración de la aduana labora de lunes a domingo de 08:00 a 22:00 horas. El área de Recaudación y Gestión, labora de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas y sábado de 08:00 a 12:00 horas.

En áreas operativas: De lunes a domingo, de 8:00 22:00 horas, efectuándose servicios extraordinarios por el horario que los usuarios soliciten a Coordinación de Módulos, Embarques y Desembarques y Exportaciones.

Aduana Entre Ríos

Ubicación: Kilómetro 286 carretera a Honduras, Aldea Entre Ríos, Municipio de Puerto Barrios, Departamento de Izabal

Números telefónicos: Planta (502) 4048-9115.

Servicios que presta: Despacho de mercancías (importación, exportación y tránsito)

Horario de Atención: De Lunes a domingo, de 06:00 a 18:00 horas.

Aduana Puerto Barrios

Ubicación: 9ª Calle Final Las Champas, Puerto Barrios Departamento de Izabal

Teléfonos: (502) 7948-0595, (502) 7948-0132 y (502) 7948-2375 Fax: 7948-0595 ext. 102

Servicios que Presta: Despacho de mercancías (importación, exportación y tránsito)

Horario de Atención: En el área administrativa: de lunes a viernes, de 08:00 a 17:00 horas.

En el área operativa: De Lunes a domingo, de 07:00 a 23:00 horas. Se autorizan servicios extraordinarios en horario de 23:00 a 07:00 horas. Delegación Entre Ríos: De Lunes a domingo, de 06:00 a 18:00 horas.

Aduana Santo Tomás de Castilla

Ubicación: Calle Principal al Muelle Santo Tomás de Castilla, Puerto Barrios, Departamento de Izabal

Números telefónicos: (502) 7926-5481 al 83

Servicios que Presta: Despacho de mercancías (importación, exportación y tránsito, autorización de permisos de turista y sus movimientos).

Horario de Atención: En el área administrativa y operativa: de lunes a domingo de 06:00 a 21:00 horas.

Aduana El Ceibo

Ubicación: Kilómetro 657.5 de la Ruta Departamental, Municipio de la Libertad, del Departamento de El Peten.

Teléfono (s): (502) 23291100+1+2860+5210

Servicios que Presta: Despacho de Mercancías (Importación y Exportación, y medios de transporte de carga liviana con peso máximo de 15 toneladas.)

Horario de Atención: De Lunes a Domingo, de 08:00 a 17:00 horas.

Aduana de Fardos Postales

Decreta:

Único- Aprobar en todas sus partes la convención celebrada en Guatemala el 17 de enero de 1911 entre los representantes de las cinco repúblicas de Centroamérica, para el canje de fardos postales, aprobado por el supremo poder ejecutivo el 12 de diciembre del mismo año y que dice así:

Los Gobiernos de Nicaragua, Guatemala, El Salvador, Costa Rica y Honduras, deseando establecer entre los cinco países un canje de fardos postales, han resuelto celebrar un convenio con este fin y nombrar por sus respectivos delegados:

Nicaragua, á don Arturo Elizondo.

Guatemala, al licenciado don José Pinto.

El Salvador, al doctor don José Antonio Rodríguez.

Costar Rica, al licenciado don Carlos Lara y

Honduras, al doctor don Manuel F. Barahona.

Quienes después de haberse comunicado sus respectivos plenos poderes, que fueron hallados en buena y debida forma, han convenido en lo siguiente:

Artículo 1

Alcance del convenio;

El presente convenio se refiere únicamente á los fardos postales que se expidan de conformidad con lo que en él se estipula, y por lo tanto no será aplicable á las valijas que se remitan en distintas condiciones de las que á continuación se establecen:

Artículo 2

Artículos admisibles, Dimensiones de los fardos. Embalaje Artículos prohibidos Expedición.

1. En las valijas que se expidan en virtud del presente convenio, se admitirán mercaderías y objetos de toda clase, cuya remisión sea licita de acuerdo con los reglamentos vigentes del servicio postal interior del país de origen, con excepción de cartas, tarjetas postales, papeles escritos ó cualquiera otra clase de correspondencia, y de los objetos enumerados en el párrafo 4 del presente artículo.

2. La dimensión de un fardo postal no podrá ser mayor de sesenta centímetros, cualquiera que sea el sentido en que se le mida, salvo los que contengan paraguas, bastones, telas y planos enrollados, que podrán tener hasta ciento seis centímetros de longitud.

3. Para ser admitido al trasporte, todo fardo postal debe reunir los siguientes requisitos:

a) Llevar la dirección exacta del destinatario.

b) Estar embalado en forma que asegure y preserve de modo suficiente el contenido durante el trasporte. El embalaje debe hacerse de una manera que no sea posible examinar el contenido sin dejar huella en la violación. Lo anterior no impide de modo alguno que el contenido de los fardos postales sea previamente examinado por los respectivos empleados, en la oficina de fardos del país donde se expidan.

c) Verificado el examen anterior, el cierre de los paquetes debe hacerse por el remitente como lo estime más seguro, en la propia oficina de fardos postales y á presencia de los empleados de la misma.

4. Es prohibido enviar en los fardos postales:

a) Sellos de correos de emisiones vigentes no cancelados.

b) Billetes de banco, cheques y documentos al portador.

c) Joyas y piedras preciosas.

d) Monedas de cualquier clase que sean;

e) Metales preciosos, con excepción de muestras de minerales.

f) Animales vivos, excepto abejas, las que deberán embalarse de conformidad con lo dispuesto por el reglamento de la Convención Internacional de Roma, de 26 de mayo de 1906.

g) Animales muertos, salvo los que estuvieren perfectamente disecados.

h) Frutas y vegetales susceptibles de descomposición.

i) Materias explosivas é inflamables

j) Billetes, circulares y noticias de loterías.

k) Objetos obscenos ó inmorales.

l) Objetos que por su naturaleza puedan ser peligrosos para los funcionarios del servicio postal ó para los medios de trasporte.

m) Sustancias grasosas, líquidas ó de fácil liquidación, dulces y pastas, con excepción de los que estén

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