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Agrario


Enviado por   •  20 de Diciembre de 2013  •  Tesis  •  668 Palabras (3 Páginas)  •  258 Visitas

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ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 307-97

Edificio Monja Blanca, Guatemala, 9 de abril de 1997.

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que el cumplimiento de los compromisos adquiridos en los Acuerdos de Paz es una responsabilidad del Gobierno de Guatemala.

CONSIDERANDO:

Que es necesario buscar la unidad en los esfuerzos nacionales que se hagan en materia de proyectos e iniciativas, vinculadas al establecimiento de un marco jurídico relacionado con la tenencia de la tierra, dentro del contexto de los Acuerdos de Paz, a efecto de que los mismos formen parte integral de una estrategia gubernamental, por lo que se hace necesario la creación, de una unidad dentro del Organismo Ejecutivo que coordine y dé seguimiento a estas acciones.

POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, incisos e) y m) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

EL CONSEJO DE MINISTROS

ACUERDA:

ARTICULO 1. Comisión Institucional: Crear dentro del Organismo Ejecutivo la Comisión Institucional para el Desarrollo y Fortalecimiento de la Propiedad de la Tierra, responsable de definir el marco Jurídico-Institucional relacionado a este recurso.

La Comisión será una instancia coordinadora de las acciones a ejecutarse dentro de los compromisos adquiridos en los Acuerdos de Paz relativos al tema de la tenencia de la tierra, teniendo como objetivo principal el coordinar los esfuerzos gubernamentales para lograr la correcta y eficaz ejecución de los programas y proyectos que se implementen en tal sentido.

ARTICULO 2. Integración: La Comisión se integrará con los funcionarios siguientes:

a) El Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación quien la coordinará.

b) El Ministro de Finanzas Públicas.

c) El Secretario Técnico de la Paz de la SEPAZ.

d) Otros funcionarios que designe la presidencia de la República y/o Coordinación de la Comisión.

ARTICULO 3. Unidad Técnico-Jurídica: La Comisión para su funcionamiento contará con una Unidad Técnico-Jurídica encargada de apoyar las labores administrativas y técnicas de la Comisión, así como de dar el seguimiento y supervisión a las decisiones de la misma. El encargado de la Unidad Técnico-Jurídica, dependerá directamente del Coordinador de la Comisión, quien a su vez lo designará.

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación mediante Acuerdo Ministerial, dispondrá de la organización y funciones de la Unidad Técnico-Jurídica.

ARTICULO 4. Plazo: la Comisión funcionará hasta alcanzar los compromisos adquiridos, según el cronograma para la implementación, verificación y cumplimiento de los Acuerdos de Paz, suscritos por el Gobierno de la República.

ARTICULO 5. Apoyo Institucional: las dependencias centralizadas

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