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Analisis Historico Del Derecho Laboral Mexicano

razuniga27 de Noviembre de 2013

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ANTECEDENTES DEL DERECHO LABORAL EN MEXICO.

SIMPLES ANTECEDENTES.

El derecho del trabajo constituye una disciplina que se explica por razones históricas, políticas y económicas.

Puede ocurrir, sin embargo, que en un país determinado, México, como ejemplo, se produzca el curioso fenómeno, de que los derechos sociales se eleven al rango constitucional sin clase trabajadora que exija esos derechos, ni la infraestructura industrial que lo justifique.

Sería inútil tratar de encontrar antecedentes del derecho del trabajo en el México prehispánico o durante la colonia (1510 – 1820). Más allá de las leyes de Indias, puestas en vigor por Carlos II en 1680, con orígenes remotos en las capitulaciones de santa fe, firmadas por Cristóbal colon, con los reyes católicos al iniciar su primer viaje, cuya aplicación fue más que dudosa.

A finales del siglo XIX, en consonancia con las tendencias europeas se empiezan a crear organizaciones sindicales.

Las primeras leyes laborales, son obras de los gobernadores Vicente Villada (1904 para el estado de Veracruz), y Bernardo Reyes (1906, para el estado de Nuevo león), en los finales difíciles de la dictadura porfirista, pero además se refieren de manera exclusiva a los accidentes de trabajo, ambas inspiradas en una ley de Leopoldo II en Bélgica.

La influencia del código Napoleón provoco que en los códigos civiles de 1870 promulgado por el presidente Benito Juárez y 1884, promulgado por el presidente Manuel Gonzales, se regularan el servicio doméstico, el trabajo por jornal, a destajo o a precio alzado, el servicio de los porteadores y alquiladores y el de aprendizaje, bajo la condición esencial de ser contratos civiles, celebrados en términos de igualdad, No inspiraban justicia social.

Durante el proceso Revolucionario 1910 – 1917, particularmente en la segunda etapa, a partir del asesinato de Francisco I Madero, (1915) por Victoriano Huerta, con la intervención principal de Venustiano Carranza, autoproclamado “Jefe del ejército constitucionalista” y de Francisco Villa, Emiliano Zapata, Álvaro Obregón y otros, se genera un propósito, de dictar leyes laborales por los gobernadores militares de los estados que se van liberando.

Es la segunda parte de la revolución que supera en conceptos y resultados las debilidades de Madero.

En esta etapa parece evidente la influencia del partido Liberal, formado en Estados unidos, Saint Luis Missouri, en 1906, de evidente presencia anarquista, que al dictar el plan del partido liberal, 1 de Julio de 1906, con mejoras notables, aplica los principios de la segunda internacional, (Paris 1889), y a su vez, inspira a los autores de la constitución de 1917.

Los hermanos Flores Magón y su grupo, estarían en el verdadero origen de las preocupaciones sociales.

Son notables en esa época las leyes para los estados de Jalisco y Veracruz, el proyecto Zurbarán para el Distrito Federal, las leyes de Yucatán, promulgadas por el gobernador militar salvador Alvarado, de importancia manifiesta, y de Coahuila.

Curiosamente y en contra de lo que se suele decir, la revolución mexicana, iniciada por Madero iniciada el 20 de Noviembre de 1910, con convocatoria expresa de día, mes y hora, (notable imprudencia de Madero), nunca tuvo sentido social, salvo en aspectos agrarios, fue de hecho una revolución burguesa.

EL NACIMIENTO INESPERADO DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL EN 1917.

Derrotado Huerta, y ya manifiesto el conflicto, entre Carranza y obregón, Carranza convoco para la celebración de un congreso, cuyo objetivo primordial era una reforma pero no en lo esencial, de la constitución liberal de 1857.

En esta etapa, Carranza se había desembarazado de villa, quien de

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