Autonomia Y Soberania
aquatica23 de Octubre de 2011
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AUTONOMIA:
La autonomía es un concepto, que en términos generales expresa la capacidad que se tiene para tomar decisiones y dictarse normas a uno mismo, sin influencia ni presiones externas o internas.
SOBERANIA:
Es aquella facultad que posee cada Estado de ejercer el poder sobre su sistema de gobierno, su territorio y su población.
La soberanía se refiere al ejercicio de poder y a quien lo encarna en un determinado lugar del mundo. Sus principales componentes: el poder, el pueblo y el territorio.
REPUBLICA:
Es la forma de gobierno de los países en los que el pueblo tiene la soberanía o facultad para el ejercicio del poder, aunque sea delegado por el pueblo soberano en gobernantes que elige de un modo u otro.
Una república está fundamentada en el "imperio de la ley" y no en el "imperio de los hombres". Una república es, de este modo, un sistema independiente, incompatible con tiranías y monarquías, y en la cual tanto los gobernantes como los gobernados se someten por igual a un conjunto de principios fundamentales normalmente establecidos en una constitución.
FEDERALISMO:
El federalismo es una doctrina que busca que una entidad política esté formada por distintos organismos (Estados, asociaciones, sindicatos), que se asocian entre si, delegando algunas libertades o poderes propios a otro organismo superior, a quien pertenece la soberanía, (Estado Federal).
En otras palabras, es un sistema político en el cual las funciones del gobierno están repartidas entre un poder central y un grupo de estados asociados.
CENTRALISMO:
El centralismo es el sistema de organización estatal cuyas decisiones de gobierno son únicas y emanan de un mismo centro, sin tener en cuenta las diferentes culturas o pueblos a quienes afecta.
El centralismo es un modelo de gobierno en el que las decisiones políticas se toman desde el gobierno central.
CONSTITUCION:
La Constitución o carta magna es la norma fundamental, escrita o no, de un Estado soberano, establecida y aceptada para regirlo.
La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado y de éstos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades.
El término Constitución, en sentido jurídico, hace referencia al conjunto de normas jurídicas, que determinan el ordenamiento jurídico de un estado, especialmente, la organización de los poderes públicos y sus competencias, los fundamentos de la vida económica y social, los deberes y los derechos de los ciudadanos.
ESTADO:
El Estado se refiere a una forma de organización social, política, y soberana, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado.
Algunos autores definen el Estado como el conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para establecer las normas que regulan una sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio determinado.
CIUDADANO:
Ciudadano es, en general, la persona que forma parte de una sociedad. La condición de miembro de dicha comunidad se conoce como ciudadanía, y conlleva una serie de deberes y una serie de derechos que cada ciudadano debe respetar y hacer lo suyo para que se cumplan como un ciudadano.
El término tiene su origen en la ciudad, ya que originalmente ésta era la unidad política más importante. Con el tiempo la unidad política pasó a ser el Estado y, hoy en día, nos referimos a ciudadanos y ciudadanas respecto a un Estado. (Ciudadano venezolano)
Ser ciudadano es tener desarrollado
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