CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES DENTRO DEL COMERCIO ROMANO
Jujo_garciaSíntesis12 de Octubre de 2014
492 Palabras (2 Páginas)805 Visitas
CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES DENTRO DEL COMERCIO ROMANO
1. RES MANCIPI Y RES NEC MANCIPI: fue esta una clasificación propia y exclusiva del derecho romano.
• RES MANCIPI: eran las cosas cuya propiedad podía ser adquirida únicamente por la mancipatio y en general, por los medios propios del derecho civil. Se consideraban como las más importantes para la economía.
Entre las cosas mancipables se comprendían las siguientes: los fundos rurales itálicos, las servidumbres rurales, los esclavos las bestias de carga y tiro etc.
• RES NEC MANCIPI: su adquisición podía efectuarse por simples tradición y en general, por los medios de adquirir según el ius Gentium ( derecho de gentes)
COSAS CORPORALES Y COSAS INCORPORALES: son
• CORORALES: son todas aquellas cosas del mundo exterior que caen bajo los sentidos, tienen una composición material y pueden ser objeto de derecho: “son corporales las que se pueden palpar”
• INCOPORALES: son las que no se pueden palpar: como lo son aquellas que consisten en un derecho, como la herencia, el usufructo etc.
2. RES MÓVILES Y RES INMÓVILES:
• COSAS MUEBLES: son las que pueden moverse materialmente, ya por si mismas por ejemplo: los seres animados y las cosas por las manos del hombre
• COSAS INMUEBLES: son los fundos, los edificios, y en general las que por su naturaleza u otra causa no pueden ser transportadas de un lugar a otro. Algunas cosas, muebles por naturaleza, se consideran a veces como inmuebles por razón de circunstancias especiales que la ley establece.
3. COSAS FUNGIBLES O INFUNGIBLES:
• Cosas fungibles: son las cosas que en las relaciones jurídicas se consideraban no por su individualidad sino por pertenecer a un determinado genero por ejemplo: si una persona recibió una cantidad de trigo de determinada calidad, cumplirá restituyendo trigo de la misma calidad y en igual cantidad
• Cosas infungibles: son las cosas que en las relaciones jurídicas se consideraban precisamente por su individualidad por ejemplo: la entrega por causa de venta del caballo x y no de otro, aunque tengan iguales cualidades.
4. Cosas simples y compuestas
• Cosas simples: son aquellas cosas que físicamente constituyen una sola cosa como por ejemplo: un bloque de mármol, un pedazo de madera, un animal etc
• Cosas compuestas: son aquellas cosas que están integradas por cosas simples, destacándose en la estructuración del conjunto que es, como resultante, la cosa compuesta. Como por ejemplo: un edificio, un rebaño de animales, una población etc.
5. Frutos y productos
• Frutos: es aquello que la cosa produce periódicamente sin que por ello disminuya su cualidad original, su sustancia por ejemplo: la crias de un animal o las frutas de un árbol.
• Productos: el producto es diferente al fruto por que la posibilidad de obtenerse periódicamente, disminuye la sustancia de la cosa por ejemplo: el metal de una mina o las piedras de una cantera.
6. Cosas principales y accesorias
• Un bien es considerado accesorio respecto a uno principal, cuando depende para su existencia, de otra que tiene individualidad propia. Por ejemplo, los esclavos, animales domésticos, etcétera, eran considerados como bienes accesorios del fundo, que constituía la cosa principal.
...