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Condiciona Indeopendencia

jeaquelin18 de Marzo de 2014

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NDICE. Pg.

1-, INTRODUCION………………………………………………………………………..3

2-, Jerarquía de la norma jurídica (normas jurídicas en relación con su jerarquía)………………………………………………………………………………..…4

3-, Las normas jurídicas (inferiores) derivan de su validez de las normas jurídica (superiores)………………………………………………………………………………..6

4-,Elementos para la creación de una norma jurídica …………………………………………………….………………………………………10

5-,Cuando procede una norma jurídica y cual su sanción en la área de aplicación…………………………………………………………………………..…….13

6-, Conclusión…………………………………………………………………………...16

7-, Bibliografía……………………………………………………………………………17

INTRODUCCIÓN.

JERARQUIA DEL ORDEN JURIDICO Queda mencionar que se ha establecido un orden jerárquico que determinará la gradación en nuestro sistema jurídico:

• la constitución federal

• las leyes federales y tratados

• las leyes ordinarias

• los decretos

• los reglamentos

• las normas jurídicas individualizadas

En nuestro país la Constitución es elaborada por el Poder Constituyente, en el que se puede decir que esta representado el pueblo, también el titular, o sea la soberanía, del poder supremo. El Poder constituyente es aquel organismo que va a crear el orden jurídico; Luis Recaséns dice; "el poder constituyente no se halla restringido por ninguna autoridad humana, pero debe obedecer a los principios de justicia y a los demás valores jurídicos, y a la opinión social que lo ha organizado" ahora bien, cuando este poder termina su labor de crear el orden jurídico, lo cual es implantado en la constitución, el Poder Constituyente desaparece. La constitución política es la norma jurídica fundamental; es aquel escrito donde contiene todas las decisiones políticas; como la forma de Gobierno, organismos, etc.

La enciclopedia Encarta menciona "La Carta Magna de México garantiza y protege en sus primeros 28 artículos los derechos fundamentales, contenidos en el título primero, capítulo uno de la Constitución Federal.

Se necesita tomar en cuenta; y conocer lo que es un tratado; como el tratado internacional ya que es un acuerdo que se celebra dos o más estados, con un fin; resolver problemas de interés común. Pero, esto tratados sólo pueden celebrarse por el presidente de la República, los tratados por lo tanto se encuentran entre las normas jurídicas de máxima categoría; siempre y cuando los tratados internacionales que estén de acuerdo con la Constitución, celebrados y que se celebren por el presidente de la República con aprobación del Senado, son de cumplimiento obligatorio en todo el país.

1-, JERARQUÍA DE LA NORMA JURÍDICA (normas jurídicas en relación con su jerarquía)

En cada sistema jurídico existe una norma jurídica fundamental u originaria, surgida de la revolución, de la conquista, de la independencia, del consenso, etc. A esta norma por lo general se le denomina Ley Fundamental o Constitución. Su característica es que se encuentra en la base de todo sistema jurídico o en la cúspide, cúspide como se prefiera y de ella se deriva el resto de normas del sistema. Por lo general, la ley fundamental o la Constitución tiene previstos los procedimientos conforme a las cuales deben ser elaboradas y expedidas el resto de normas del sistema jurídico. En términos de jerarquía, esta Constitución o Ley Fundamental se encuentra en el nivel más alto del sistema y define cual es la jerarquía que las demás normas del sistema deben tener.

En el caso de México, el art. 133 constitucional establece el orden de jerarquía normativa en el sistema jurídico:

Esta constitución, las leyes del congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la república, con aprobación del Senado, serán la ley suprema de la Unión. Los jueces de cada estado se arreglaran a dicha constitución, leyes y tratados a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados.

Analicemos esta disposición para conocer los elementos básicos de jerarquía en el sistema jurídico mexicano.

La constitución está compuesta de 136 artículos dispositivos y 16 transitorios. Para regular la vida nacional, se requiere derivar de estas disposiciones básicas, que son la Ley Suprema, Leyes máses pacíficas: unas destinadas al trabajo, otras a la actividad mercantil, otras más a la cuestión penal, otras a la inversión, la industria, la regulación del campo etc. La propia constitución establece la competencia Federal y la competencia para los estados. La primera es regulada por las Leyes Federales y la segunda por las Leyes que los estados expidan. Dentro de la primera las Leyes Federales se ha hecho una distinción: las leyes que desarrollan o reglamentan disposiciones constitucionales y las leyes que no lo hacen.

Las primeras se denominan Leyes Federales Orgánicas o Leyes Constitucionales; Las segundas, leyes ordinarias. Se trate, en todo caso, de las Leyes que expide el Congreso de la Unión y que el art. 133 ubica debajo de la Constitución, ya que de esta se derivan y son consideradas Leyes Supremas en toda la Unión, o sea, Leyes que en su diferentes ámbitos y materias están o deben estar por encima de las leyes que los estados expidan, de ahí que el art. 133 Constitucional dispone que los jueces de cada estado se deberán arreglar a dichas leyes “a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados”.

Por otra parte, el art. 133 constitucional distingue aparte a los tratados internacionales “celebrados y que se celebren por el presidente de la república, con la aprobación del Senado”, en cuyo caso también serán, junto con la constitución y las leyes federales, leyes supremas en toda la unión.

Es evidente que la complejidad de las relaciones sociales y económicas de una sociedad como la mexicana requiere una regulación extensa y precisa para ello es necesario que se expidan leyes, sean federales o estatales. Estas leyes que tiene por objeto regular específicas de la vida social y económica ya sea en el nivel federal, como en el caso del comercio, o bien en el nivel estatal o del Distrito Federal, si se trata de materias civiles o penales, son leyes aprobadas por el congreso de la unión, si son federales o por las legislaturas de los estados si son locales, o por la cámara de diputados, o por la asamblea de representantes, si son para el Distrito federal. Pero en todo caso son leyes de un rango jerárquico inferior o las comprendidas en la ley fundamental. A estas últimas se les denomina leyes secundarias. Hemos mencionado que las leyes requieren una reglamentación.

El sistema del ordenamiento jurídico escalonado, fue establecido por el jurista austriaco nacionalizado estadounidense, Hans Kelsen.

Es un sistema constituido en forma escalonada o graduada en la que cada una de sus capas depende de la anterior (superior a ella) y a su vez sostiene a las inferiores, esta relación jerárquica que vincula entre sí a los integrantes del orden jurídico constituye un medio eficaz para lograr certeza y seguridad.

Este sistema escalonado se le conoce como la pirámide de Kelsen y esta ordenado de la siguiente forma:

Constitución Federal

Leyes Federales y Tratados Internacionales

Leyes ordinarias

Leyes reglamentarias

Leyes municipales

Normas Individualizadas

2-, LAS NORMAS JURIDICAS (inferiores) DERIVAN DE SU VALIDEZ DE LAS NORMAS JURIDICAS (SUPERIORES).

En efecto, aunque se trate de leyes destinadas a una actividad o sector determinado de la sociedad (civil, laboral, comercial etc.), son disposiciones generales que muchas veces exigen mayor especificad y para lograrla expiden los reglamentos. Estos pueden ser aprobados por el congreso de la unión, por las legislaturas estatales, por la cámara de diputados. Por la asamblea de representantes del D.F., según sea el caso; o bien, expedidos por el titular del Poder Ejecutivo en uso de la facultad reglamentaria que le otorga el art. 89, fracc. I, de la constitución.

En estos casos, los reglamentos tienen nivel inferior, en términos jerárquicos, respecto a las leyes que reglamentan.

El jurista vienes Hans Kelsen, a quien ya nos hemos referido, ilustraba la jerarquía normativa como una pirámide en cuyo vértice colocaba a la ley fundamental, seguida por las leyes secundarias, luego por los reglamentos; en la base de dicha pirámide, se hallaban las demás disposiciones.

el sistema propuesto por Kelsen, la jerarquía de las normas aparece en forma de “una concentración escalonada de diversos estratos de normas jurídicas”, donde su unidad está configurada por la realización de que la validez de una norma producida conforme a otra reposa en esa otra norma, cuya producción a su vez está determinada

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