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Congreso General Del 22 De Mayo 1810


Enviado por   •  6 de Mayo de 2014  •  720 Palabras (3 Páginas)  •  330 Visitas

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Revolución de Mayo

El virrey Cisneros había sido enviado con una serie de funciones: enviar a Liniers a España así le hacían el juicio de residencia, disolver la junta de Montevideo, y desarmar los cuerpos criollos creados a raíz de las invasiones inglesas, pero NO pudo hacerlo.

Se abre el puerto al comercio Inglés  emancipación comercial de España.

En 1810 comienzan a llegar noticias sobre los desastres de España: la invasión, la caída de la Junta Suprema, y la formación en Cádiz (único territorio Español) del consejo de Regencia.

Esto significaba que la autoridad de quien dependía el Virrey había cesado, y el poder legítimo está vacante. La situación de Cisneros se hacía insostenible, trataba de evitar cualquier posibilidad de gobierno propio.

Congreso general del 22 de mayo de 1810: fue convocado por Cisneros, ya que estaba convencido que nadie le iba a decir que no lo iban a respetar.

El cabildo de Bs. As. el 21 hizo repartir 450 esquelas por las que se invitaba a los vecinos (recordar cuáles eran los requisitos necesarios para ser “vecinos”) a concurrir a las 9 de la mañana del día siguiente. Sólo asistieron 251 vecinos. Los patriotas introdujeron a sus partidarios aún sin invitación formal, impidieron la entrada de muchos españoles, y obligaron a otros a abandonar el recinto antes de haber emitido su voto.

A las 9 de la mañana del 22 se da por abierta la sesión, y se leyó una proclama. Seguidamente se abrió el debate y se promovieron largas discusiones.

El primero en tomar la palabra fue el obispo de Bs. As. don Benito Lué y Riega, en razón de su alta investidura eclesiástica. Éste defendía y apoyaba a Cisneros, y aunque la Junta Central de Sevilla se hubiera disuelto, esto no significa el fin de la autoridad de España, y la autoridad del virrey continuaba plenamente vigente.

Le tocó a Juan José Castelli refutar los conceptos del obispo, como abogado, desarrolló la teoría jurídica de la Revolución en forma impecable, poniendo el acento y énfasis donde era necesario. Dijo que el gobierno soberano de España ya había caducado, y que la caída de la Junta de Sevilla implicaba que no existía ya forma de gobierno alguna en España. Además los integrantes de la Junta Central carecían de facultades para crear un consejo de Regencia. Por lo tanto, la soberanía debía volver al pueblo, por una teoría que contradecía las teorías absolutistas. Castelli decía que el poder soberano se encuentra en Dios, pero que éste lo delega en el pueblo, quien crea la autoridad para ejercerlo, pero en este caso al no estar el Rey, el poder debía volver al pueblo (teoría de la Retroversión del Poder).

Tomó la palabra el fiscal de la Real Audiencia Manuel Villota. Él concedía a Castelli la verdad de su posición en cuanto a la soberanía,

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