Constituciones De Mexico
abcmiguel30 de Noviembre de 2012
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Constitución de Apatzingán
La Constitución de Apatzingán fue promulgada el 22 de octubre de 1814, por el Congreso de Chilpancingo reunido en la ciudad de Apatzingán a causa de la persecución de las tropas de Félix María Calleja. La Constitución fue válida para las fuerzas de los insurgentes y los territorios que lograron controlar efímeramente durante el transcurso de la guerra de la Independencia de México.
Después de la muerte de Miguel Hidalgo y Costilla, el 28 de junio de 1813, José María Morelos desde Acapulco hizo un llamado para crear en el mes de septiembre un Congreso en la ciudad de Chilpancingo (actualmente estado de Guerrero), cuyo propósito fue crear un gobierno independiente. Proclamado como el Supremo Congreso Mexicano, fue instalado el 14 de septiembre de 1813; el mismo día Morelos anunció a la Asamblea un documento con carácter de programa llamado Sentimientos de la Nación, en el cual declaraba la independencia total de la América Mexicana y establecía un gobierno popular representativo con división de poderes, prohibía la esclavitud y la división de la población en castas. El 6 de noviembre del mismo año, el Congreso firmó el primer documento oficial de declaración de independencia conocido como el Acta Solemne de la Declaración de Independencia de la América Septentrional.
La Constitución de Apatzingán se componía de 2 títulos y 242 artículos, se baso principalmente en la Constitución de Cádiz pero de manera un tanto modificada, pues en oposición a la Constitución Española, preveía la instauración de un régimen Republicano de Gobierno. Los artículos más relevantes fueron:
1. La religión católica, apostólica, romana, es la única que se debe profesar en el Estado.
2. La facultad de dictar leyes y establecer la forma de gobierno que más convenga á los intereses de la sociedad, constituye la soberanía.
5. Por consiguiente, la soberanía reside originariamente en el pueblo, y su ejercicio en la representación nacional compuesta de diputados elegidos por los ciudadanos bajo la forma que prescriba la constitución.
12. Estos tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, no deben ejercerse ni por una sola persona, ni por una sola corporación.
13. Se reputan ciudadanos de esta América todos los nacidos en ella.
19. La ley debe ser igual para todos...
30. Todo ciudadano se reputa inocente, mientras no se declare culpado.
42. (Las provincias de la América Mexicana): México, Puebla, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Oaxaca, Técpam, Michoacán, Querétaro, Guadalajara, Guanajuato, Potosí, Zacatecas, Durango, Sonora, Coahuila y el Nuevo Reino de León.
El Gobierno Supremo, (Poder Ejecutivo), se componía de 3 personas que tenían igualdad de autoridad y responsabilidades; el gobierno se ejercería en una alternancia de cada cuatro meses. Su autoridad más directa, además de la naturaleza ejecutiva y administrativa, era garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos: la libertad, la propiedad, la igualdad y la seguridad. El Supremo Gobierno fue ejercido por José María Cos, José María Liceaga y José María Morelos.
La constitución realmente nunca tuvo validez ni fue aplicada. Casi un año después de su promulgación, su inspirador, José María Morelos y Pavón fue capturado y fusilado finalmente el 22 de Diciembre de 1815 y así temporalmente las tropas realistas tomaron nuevamente el control de prácticamente todo el país, pero al final no pudieron impedir que la América Mexicana consumara su independencia, primero bajo el nombre de Imperio Mexicano que finalmente se convertiría en los Estados Unidos Mexicanos.
Constitución de 1824
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la forma de gobierno que nos rige, cómo está dividido el poder del estado y cuál es la función de cada una de sus instituciones.
Se publicó el 5 de octubre de 1824 tras haberse aprobado y firmado el proyecto de acta en los días anteriores. Entre los principales postulados de la constitución están la división de México en estados y la separación de los poderes del gobierno.
El primer conjunto de leyes u ordenamiento jurídico del México independiente fue la constitución de 1824, en donde se estableció un gobierno republicano, representativo y federal.
Cuando el emperador Agustín I se vio forzado a abdicar, el gobierno del país quedó en posesión del Supremo Poder Ejecutivo, el cual estaba integrado por Nicolás Bravo, Guadalupe Victoria, Pedro Celestino Negrete, Mariano Michelena, Miguel Domínguez y Vicente Guerrero, y convocó al segundo Congreso, el primero fue formado el 28 de septiembre de 1821, que elaboró la primera Constitución.
El proyecto de constitución se presentó para su debate el 1 de abril de 1824, siendo aprobado el día 3 de octubre del mismo año, y se promulgó el día 4, con el apelativo de Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, comprendidos por 19 estados, 5 territorios y un Distrito Federal. (En éste trabajo muestro un mapa que nos muestra cómo estaba constituido el país según de acuerdo a la constitución de 1824)
Esta constitución se basó en la Constitución española, cuya redacción y aprobación correspondió a las Cortes de Cádiz en 1812, y en la Constitución estadounidense en lo concerniente a la distribución de la representatividad; de tal manera que la cámara de senadores representa a los estados de la federación, constando de dos senadores por cada entidad federativa; y la cámara de diputados representa a la población, un diputado por cada 80 mil habitantes en el país.
Cada estado gozaba de autonomía para elegir a sus gobernadores y legislaturas, recaudando impuestos y participando en el sostenimiento del gobierno federal con una cuota fija de acuerdo a sus recursos. El defecto de esta postura pronto fue evidente debido a que el nuevo gobierno no tenía recursos suficientes
Tuvo que pasar más de una década para que México se viera realizado como un Estado independiente. A partir del inicio de la Guerra de Independencia, encabezada por Miguel Hidalgo y Costilla en septiembre de 1810, varios caudillos habrían de continuar la obra.
Para 1820 diversos jefes insurgentes habían sido derrotados, fusilados o indultados por el virrey; sin embargo, en diversas provincias sobrevivían otros que mantenían la resistencia, como Guadalupe Victoria y Vicente Guerrero.
Este último, originario de Tixtla, población del actual estado de Guerrero, había servido a las órdenes de José María Morelos y de Hermenegildo Galeana, y siempre se distinguió por su valor y su lealtad a la causa independentista. Conocedor de las montañas del sur del país, Vicente Guerrero fortaleció el movimiento armado al asestar importantes golpes a las fuerzas realistas.
Con la firme intención de acabar con el líder insurgente, en noviembre de 1820 el virrey Juan Ruiz de Apodaca confió a Agustín de Iturbide la Comandancia General del Sur; sin embargo, las victorias insurgentes se sucedían sin tregua: el 2 de enero de 1821, en Zapotepec, Vicente Guerrero batió una vez más a las fuerzas realistas, y el 5 de ese mes Pedro Ascencio de Alquisiras repitió la hazaña en Tlatlaya, Estado de México.
Iturbide se dio cuenta de que la lucha contra los insurgentes sería larga y desgastante, pues diversos sectores sociales (los clérigos, los criollos ricos y los españoles avecindados en México) deseaban independizarse de la Corona. Por ello, convocó a Vicente Guerrero a una reconciliación; Guerrero le ofreció colaborar a ello siempre y cuando Iturbide mostrara sus convicciones. Luego de varias semanas de negociaciones con los sectores militares y eclesiásticos, el 24 de febrero ambos firmaron el Plan de Iguala, que establecía:
a) la absoluta independencia de la nación,
b) la monarquía constitucional como forma de gobierno,
c) la religión católica como única para todos los habitantes,
d) la igualdad ciudadana y
e) el Ejército de las Tres Garantías como protector de la nación.
Aun cuando el plan fue rechazado por el virrey Juan Ruiz de Apodaca y por los sectores más recalcitrantes del país, grupos tanto civiles como armados aceptaron los términos del documento.
Éste era el contexto que encontró el recién nombrado virrey Juan O'Donojú a su llegada a México.
Las Siete Leyes Constitucionales, 1835-1836
Con la caída de Iturbide se habían empezado a gastar las pugnas entre las corrientes federalista -republicana y de inspiración democrática- y centralista –monárquica y defensora de privilegios. El conflicto político entre ambas se recrudeció al instituirse la constitución de 1824 el cargo de presidente de la República para aquel que resultara ganador en votaciones, y de vicepresidente para el vencido, lo que provocó numerosos enfrentamientos entre federalistas y centralistas.
Esa fue una época de rebeliones y destituciones presidenciales, nulificación de elecciones y presidencias interinas que incluyeron a Manuel Gómez Pedraza, Vicente Guerrero, Anastasio Bustamante, Antonio López de Santa Anna y Valentín Gómez Farías, entre otros.
En enero de 1835, con Santa Anna en la presidencia por segunda ocasión, el Congreso, de mayoría conservadora centralista, inició la elaboración de las Bases para una nueva Constitución, conocida como Las Siete Leyes, que pondría fin al sistema federal. La primera ley se promulgó el diciembre de 1835, la segunda en abril de 1836 y las restantes en diciembre de ese año.
Con este ordenamiento se dividía al país
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