Constitución de 1917 México
alexa242000 Ensayo 21 de Febrero de 2020
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COLEGIO ESPERANZA SECCIÓN BACHILLERATO
ANTECEDENTES DE LA CONSTITUCIÓN DE 1917.
MATERIA: DERECHO
ALUMNO: ANA ALEXA SASTRE SERRANO.
FECHA DE ENTREGA: 24 DE ENERO 2018
CICLO ESCOLAR: 2017-2018
SEXTO SEMESTRE
INDICE:
- Introducción
- Definición de constitución
- Surgimiento de la constitución como derecho
- Consejo de indias
- Nueva España y su gobierno.
- Las reformas borbónicas.
- Constitución de Cáliz.
- Sentimientos de la nación: constitución de Apatzingán.
- Formación de la república federal: constitución de 1824
- Constitución de 1857.
- Constitución de 1917
- Conclusión.
- Bibliografías
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INTRODUCCION:
Para poder avanzar al futuro y entender nuestro presente es necesario conocer y comprender nuestro pasado, esto aplica tanto individual, como colectivamente, no solo de manera personal, sino de igual forma, es aplicable para todas las disciplinas y ciencias, debemos conocer como han surgido los diferentes asuntos y conocimientos de cada una de estas.
En el caso de la disciplina de derecho, para comprender mejor como se rige el poder jurídico en la nación, debemos aprender de cómo han surgido las leyes que rigen nuestra sociedad mexicana, debemos a hacer uso de las fuentes del derecho, pasando desde las reales hasta las históricas, para que estas nos enseñen como se fueron transformando las normas de una sociedad indígena, a una constitución, llena de garantías, leyes, derechos y obligaciones que rigen nuestra sociedad contemporánea.
Una de las más importantes, pertenecientes a las fuentes históricas es la mismísima constitución, que no solo consta con la historia de su formación en el año de 1917, sino también se debe conocer, los antecedentes que llevaron a su formación, los hechos históricos y los hechos jurídicos de estos sucesos.
También los antecedentes que se estudiaran en este trabajo no son solo hábito en el campo nacional, si no también debemos conocer, como este documento en varios países representa la ley más suprema de una sociedad.
El propósito de este trabajo es comprender y entender los antecedentes históricos que has hecho aparecer la constitución mexicana, para entender el contexto y propósito del porque esta es la rige la mayor parte de la justicia jurídica.
DEFINICION DE CONSTITUCION:
En la punta de la pirámide del poder jurídico, se sitúa una ley fundamental: la constitución. Se trata de la forma de autoridad suprema en cada sistema jurídica. Esto significa que ninguna otra norma de rango inferior puede contradecirla. La constitución de un estado es, una “súper ley”; también es conocida como carta magna en ella se establecen los parámetros que dirigirán el desenvolvimiento político, económico y social de ese territorio.
Además, es imperativo resaltar que el texto fundamental de una nación enmarca la garantía de que el pueblo pueda gozar de sus derechos y libertades, así como incorporan los deberes necesarios para que pueda emerger la sana convivencia ciudadana.
Una asamblea constituyente es la encargada de redactar el articulado que le da forma a la Constitución
La palabra constitución viene del latín Cum, que significa “Con” o “En conjunto” y Statuere, que se define como “Establecer”.
La aprobación y modificación de esta ley exige, en muchos países, un procedimiento especial, más complejo y difícil que el de las demás leyes, que han sido apoyadas por los poderes de un gobierno*.
El estudio del concepto “constitución” puede enfocarse desde perspectivas diferentes. La más extendida considera la constitución de un determinado Estado en sentido formal. Se habla de ella como ley máxima, la norma suprema de la sistematización jurídica, inspiradora y definidora de los principios que regirán el desarrollo de las leyes, y, en general, la actuación de los poderes públicos
[pic 2]
SURGIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN COMO DERECHO:
La constitución es ante todo un derecho o, en un sentido más amplio, un derecho fundamental, de organización que define un régimen político. En este sentido, de acuerdo con las funciones propias de esta norma jurídica por excelencia; la constitución define las instituciones de poder, así mismo, define y controla el ámbito y el ejercicio de la libertad. Aunque algunos autores han afirmado que las constituciones aparecen con el estado liberal, esto no es del todo cierto. Lo que ocurre es que con el liberalismo las constituciones se concretan y desarrollan mucho más que en cualquier momento histórico.
En la antigüedad existían numerosos escritos constitucionales, pero es en la edad media cuando se extienden más “cartas”, especialmente locales, que regulaban la existencia de burgos*, marcando los derechos y garantías correspondientes al pueblo.
Como quiera que la constitución es en realidad la fase de un proceso histórico en virtud del cual los grupos sociales tienden a tomar conciencia frente al poder, limitando el poder absoluto, es en la edad media donde surge como problema filosófico y jurídico el conjunto de los deberes del monarca y de los derechos de los súbditos.[pic 3]
La primera constitución democrática, que tiene como base diversas cartas de colonos americanos a la corona inglesa, defiendo sus derechos, estos contienen dos partes fundamentales: el Bill of Rights (la parte dogmática) y en donde se formula los derechos y la segunda parte es el Plan of Goverment en donde se pone la organización política , en donde queda bien formulada en Estados Unidos del 17 de septiembre 1987, que organizo el sistema federal de los trece estados que habían promulgado su independencia de Inglaterra en 1776, que tomo forma a través de la convención constitucional de filadelfia, y luego se rectificó en los demás estados a través, de programa democrático “We the people”, teniendo una base de solidaridad.
Pocos años después, en Francia, en 1789, causó la abolición de una monarquía absoluta y creó la plataforma para el establecimiento de la primera República Francesa. Sólo seis semanas después del ataque súbito a la Bastilla, y apenas tres semanas después de la abolición del feudalismo, la Asamblea Nacional Constituyente adoptó la Declaración de los Derechos del Hombre y de los Ciudadanos, como prefacio a la constitución que se disponían a elaborar. La Declaración proclama que a todos los ciudadanos se les deben garantizar los derechos de “libertad de propiedad, seguridad y resistencia a la opresión”. Argumenta que la necesidad de la ley se deriva del hecho de que “…el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre, tiene sólo aquellos límites que aseguran a los demás miembros de la misma sociedad el goce de estos mismos derechos”. Por lo tanto, la Declaración ve a la ley como “una expresión de la voluntad general”, destinada a promocionar esta equidad de derechos y prohibir “sólo acciones dañinas para la sociedad”.
Es por lo tanto en el siglo XIX y con la revolución Francesa cuando la participación del pueblo en las tareas del gobierno es cada vez más fuertes. La constitución escrita triunfa en todo el continente europeo después de su establecimiento en Estados Unidos, hizo que también triunfara en otros países.
CONSEJO DE INDIAS.
El consejo de indias fue creado por la real cédula, dentro del Consejo de Castilla, el 14 de septiembre de 1519; en 1524 este volvió independiente. Su objetivo era regular la autoridad y los recursos fuera de España, es decir en sus colonias americanas, este mismo estaba constituidos por 3 divisiones, dos de ellas a las cosas materiales, la tercera en la justicia. Estaba compuesto por hombre que eran distinguidos navegantes, los cuales tenían una jerarquía bastante planificada: dos secretarios, un promotor fiscal, un relator, un administrador y un portero.
El Consejo tenía funciones meramente informativas. Los acuerdos adoptados sobre cualquier asunto, tras las respectivas deliberaciones, eran elevados al rey en un documento denominado consulta, en el margen del cual el soberano escribía su decisión final. Una vez conocida la voluntad real, se redactaba la disposición definitiva para su promulgación y ejecución.
De este modo, estaban manejadas las distintas colonias de España, teniendo como más significativas las de Nueva España y Perú, sin embargo después de un tiempo y con los monarcas dóciles, hicieron que la eficiencia del consejo decayera.
NUEVA ESPAÑA Y SU GOBIERNO.
Las reformas borbónicas.
A principios del siglo XVIII, se produjo un cambio en el imperio español, debido a que la dinastía borbónica, tomo el poder; se produjeron las llamadas Reformas Borbónicas, que tenían como objetivo proporcionar una mejor administración de las colonias, empezando con una reconstrucción política, este fue transcendente debido a que les otorgaba una mejor administración. Este drástico cambio, fue llevado por José de Gálvez, por mandato del rey Carlos III.
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