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DEROGACIÓN DEL PÁRRAFO CUARTO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2017  •  Ensayos  •  1.758 Palabras (8 Páginas)  •  290 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONALISTA MÉXICO.

FACULTAD DE DERECHO.

MATERIA: REDACCIÓN.

ENSAYO: DEROGACIÓN DEL PÁRRAFO CUARTO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

ALUMNO: JUAN CARLOS RAMÍREZ MORALES.

CATEDRÁTICO: L. D. MARÍA EULALIA CASTILLO MÁRQUEZ.

FECHA DE ENTREGA: SÁBADO 24 DE JUNIO DEL 2017.

INTRODUCCIÓN

        El presente ensayo va dirigido a todas las personas, sean estudiantes de nivel secundaria, medio superio, superior, profesionistas o personas que no hayan podido concluir sus estudios; pues es fácil de entender, ya que no presenta mucho lenguaje técnico que haga difícil su comprensión.

Nos aporta el conocimiento acerca de un tema que nos acontece día con día en cualquier medio de comunicación que consultemos, llámese periódico, radiodifusora, televisión, internet, etc., ya que siempre nos encontramos con una noticia en la cual se ha cometido algún delito de impacto hacia la sociedad y se inician temas de discusión respecto a que se respeten los derechos del presunto delincuente o hasta que se les aplique la pena de muerte, y además se generan controversias políticas, ya que, algunos partidos políticos usan falsas propagandas, vociferando que se legislará a favor de aplicar la pena de muerte a quien cometa ciertos delitos.

Mucha gente y en especial las nuevas generaciones desconocen que la pena de muerte estuvo contemplada en nuestra Constitución; y que, de haber legislado, alguna Entidad Federativa, respecto a esta y de haberla ejecutado, hubiese estado conforme a derecho, quedando marcado nuestro país como otro Estado más en el que no se respeta el máximo bien jurídico tutelado por las sociedades. El derecho a la vida.

En la sociedad moderna cada día se van perdiendo los valores que anteriormente nos regían como sociedad.

La televisión, el cine, la música y la falta del hábito de la lectura han sido un factor para que esos valores se hayan ido perdiendo, por lo que este ensayo y mi postura está a favor de la derogación que se realizó al párrafo cuarto del artículo 22 de nuestra Carta Magna y espero que, al terminar de leer el presente, los que están a favor del derecho a la vida refuercen su postura; y los que están a favor de la pena de muerte, cambien su postura; y de igual forma, aplaudan el que se haya abolido de nuestra legislación ese castigo que una vez aplicado no tiene retroceso.

DEROGACIÓN DE LA PENA DE MUERTE EN EL PÁRRAFO CUARTO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

ANTECEDENTES.

La pena de muerte ha existido desde los primeros orígenes del hombre, y podemos encontrar antecedentes desde la antigua Roma, en las Culturas Prehispánicas Americanas, en el ámbito religioso la podemos encontrar en La Biblia, el nuevo testamento y actualmente en las legislaciones de algunas naciones que aún continúan con esta práctica, como China, Irán Estados Unidos de América, etc. En la cual se violentan día con día los derechos humanos.

DEFINICIÓN.

La pena de muerte la han definido diferentes autores desde muchos puntos de vista, concordando en que es un castigo que se impone a quien infringe la norma.

"González de la Vega escribe: …La pena de muerte es ejemplar, pero no en el sentido ingenuo otorgado por sus partidarios; es ejemplar porque enseña a derramar sangre. México representa, por desgracia, una tradición sanguinaria; se mata por motivos políticos, sociales, religiosos, pasionales y aun por el puro placer de matar; la ley fuga, ejecución ilegal de presuntos delincuentes, es otra manifestación de la bárbara costumbre…"[1]

"…Carranca y Trujillo añade que la pena de muerte es, en México, radicalmente injusta e inmoral, pues el contingente de delincuentes amenazados con ella, se compone de hombres humildes del pueblo; los delincuentes de las otras clases sociales delinquen generalmente contra la propiedad y en esos casos la pena capital no estaría señalada. Se aplicaría, por tanto, a los hombres más humildes, victimas del abandono en que hasta hoy han vivido por parte del Estado…"[2]

Entendemos entonces que la pena de muerte es privar de la vida a una persona, por algún delito o alguna falta cometida en contra de la sociedad y por la cual, el Estado así lo ha establecido en su legislación.

DEROGACIÓN DE LA PENA DE MUERTE EN EL PÁRRAFO CUARTO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

En México afortunadamente la pena de muerte fue abolida de nuestra Carta Magna a partir del viernes 9 de diciembre del 2005, en donde fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el decreto realizado por el expresidente Vicente Fox Quesada, en donde se deroga el cuarto párrafo del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el cual se contemplaba la pena de muerte que a la letra decía lo siguiente:

“Queda prohibida también la pena de muerte por delitos políticos, y en cuanto a los demás, sólo podrá imponerse al traidor a la patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía, premeditación o ventaja, al incendiario, al plagiario, al saltador de caminos, al pirata y a los reos de delitos graves del orden militar."[3]

Actualmente el citado párrafo del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dice:

“Quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales. Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado.”[4]

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