Deberes Del Ciudadano
diegowiz28 de Octubre de 2014
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Trabajar con eficiencia.
Estudiar y capacitarse.
Decir la verdad, cumplir los contratos y mantener la palabra empeñada.
Administrar honradamente el patrimonio público.
Pagar los tributos establecidos por la ley.
Practicar la justicia y solidaridad en el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de bienes y servicios.
Propugnar la unidad en la diversidad, y la relación intercultural.
Asumir las funciones públicas como un servicio a la colectividad, y rendir cuentas a la sociedad y a la autoridad, conforme a la ley.
Denunciar y combatir los actos de corrupción.
Colaborar en el mantenimiento de la paz y la seguridad.
Preservar el medio ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo sustentable.
Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país, de manera honesta y transparente.
Ejercer la profesión u oficio con sujeción a la ética.
Conservar el patrimonio cultural y natural del país, y cuidar y mantener los bienes públicos, tanto los de uso general, como aquellos que le hayan sido expresamente confiados.
Ama quilla, ama llulla, ama shua. No ser ocioso, no mentir, no robar.
EL SALVADOR
Artículo 73.- Los deberes políticos del ciudadano son:
- Ejercer el sufragio;
- Cumplir y velar porque se cumpla la Constitución de la República;
- Servir al Estado de conformidad con la ley.
El ejercicio del sufragio comprende, además, el derecho de votar en la consulta popular directa, contemplada en esta Constitución.
GUATEMALA
Artículo 135.- Deberes y derechos cívicos. Son derechos y deberes de los guatemaltecos, además de los consignados en otras normas de la Constitución y leyes de la República, los siguientes:
Servir y defender a la Patria;
Cumplir y velar, porque se cumpla la Constitución de la República;
Trabajar por el desarrollo cívico, cultural, moral, económico y social de los guatemaltecos;
Contribuir a los gastos públicos, en la forma prescrita por la ley;
Obedecer las leyes;
Guardar el debido respeto a las autoridades; y
Prestar servicio militar y social, de acuerdo con la ley.
Artículo 136.- Deberes y derechos políticos. Son derechos y deberes de los ciudadanos:
Inscribirse en el Registro de Ciudadanos;
Elegir y ser electo;
Velar por la libertad y efectividad del sufragio y la pureza del proceso electoral;
Optar a cargos públicos;
Participar en actividades políticas; y
Defender el principio de alternabilidad y no reelección en el ejercicio de la Presidencia de la República.
HONDURAS
Artículo 40.- Todo hondureño deberá ser inscrito en el Registro Nacional de las Personas.
Artículo 41.- Son deberes del ciudadano:
Cumplir, defender y velar porque se cumplan la Constitución y las leyes;
Obtener su tarjeta de identidad;
Ejercer el sufragio;
Desempeñar, salvo excusa o renuncia con causa justificada, los cargos de elección popular;
Cumplir con el servicio militar; y,
Las demás que establezcan la Constitución y las leyes.
MÉXICO
Artículo 35.- Son prerrogativas del ciudadano:
I.- Votar en las elecciones populares;
II.- Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, y nombrado para cualquier otro empleo o comisión, teniendo las calidades que establezca la ley;
III.- Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país;
IV.- Tomar las armas en el Ejército o Guardia Nacional, para la defensa de la República y de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes;
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