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Democracia Participativa


Enviado por   •  12 de Junio de 2014  •  2.534 Palabras (11 Páginas)  •  216 Visitas

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La Democracia Participativa: alcances de la participación en Gestión

En el caso venezolano, la tendencia a mejorar los niveles de participación se ha expresado en la producción normativa –legislativa (cambios constitucionales)– y en la instauración institucional de nuevas instancias para la Participación.

El texto constitucional vigente tiene como desideratúm refundar la República, estableciendo una sociedad democrática, participativa y protagónica, es decir, nos remite a un ciudadano protagónico asumiendo un rol estelar, a partir de una activa participación.

De manera que la democracia participativa plantea un nuevo modelo para el ejercicio de la democracia en Venezuela. Ya no se trata de participar en un instante –el sufragio– su significado consiste en un actuar permanente, en una actividad constante de construcción social ciudadana, que exige proactividad, conocimiento, formación, planificación, capacidad de negociación, constancia, vocación social del simple ciudadano común; se trata de una "participación en gestión", planificación, seguimiento y control por parte de los ciudadanos, de la actividad pública gubernamental, ya sea política, económica y/o social.

En este mismo orden de ideas, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, define como Estado la conjunción de entidades o personas jurídicas-territoriales conocidas como república, estados, municipios y demás entidades locales. Al Estado se antepone otro conjunto denominado Sociedad, integrada por subconjuntos tales como familias, comunidades o grupos vecinales, comunidades o pueblos indígenas, gremios de profesionales y técnicos, sindicatos y ONGs; entre otros. A su vez la Constitución resalta que los órganos y entes del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos, por el hecho de que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, tal como está consagrado en el artículo 5 de esta Carta Magna:

"La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos".

De lo anteriormente expuesto se desprende que todos los ciudadanos tienen el derecho y el deber de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos, tal como se consagra en el artículo 62:

"Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica".

Por otra parte, el artículo 70 de la CRBV puntualiza que:

"Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativas, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico: las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad. La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo".

A partir de estos preceptos jurídicos, contemplados en la constitución de 1999, en el país se comienza a delinear políticas destinadas a plasmar el modelo de una "Democracia Participativa", a través del abordaje de reformas, proyectos y leyes que coadyuven a la participación ciudadana.

En este sentido, se reestructura el Sistema Nacional de Planificación, el cual se constituye por un "conjunto de instrumentos, procedimientos, normas, metodologías, estrategias e instancias de coordinación y formulación de la planificación tanto económica-social como físico-espacial o territorial de la República Bolivariana de Venezuela" (Hurtado, 2005); esta reestructuración se basa en una planificación de abajo hacia arriba; esto es, con el nuevo arsenal jurídico e instrumentación institucional vigente, se priorizan las necesidades reales de la población, a través de las demandas de los grupos organizados de las bases populares, para sus posteriores soluciones conjuntas en instancias superiores, verbigracia, Alcaldías, gobernaciones, a través de sus instancias, los Consejos Locales de Planificación Pública-; estas instancias se constituyeron como órganos de coordinación y formulación de la planificación, ejecución y control de las políticas públicas en todos los niveles de la administración publica, por mandato constitucional contemplado en el artículo 182, el cual señala:

"Se crea el Consejo Local de Planificación Pública, presidido por el Alcalde o Alcaldesa e integrado por los concejales y concejalas, los Presidentes o Presidentas de la Juntas Parroquiales y representantes de organizaciones vecinales y otras de la sociedad organizada, de conformidad con las disposiciones de la ley".

Concretamente, los Consejos Locales de Planificación Pública se constituirían en los órganos medulares de la planificación para el desarrollo en cada región y localidad del país, a partir de la transferencia de competencias y recursos a las comunidades, con la finalidad de administrar y resolver las necesidades colectivas y planificar conjuntamente de abajo hacia arriba con las comunidades. Esto permitiría que el ciudadano individual o el colectivo formara parte del poder local e interviniera activamente en la toma de decisiones, fortaleciéndose la soberanía popular.

Los Consejos Locales de Planificación Pública, en un primer momento, y a partir de importantes esfuerzos, logran -a medias- definir, y ejecutar procesos para la participación y organización de las comunidades.

Sin embargo, la implementación de los Consejos Locales de Planificación Pública desde sus inicios, comienza a enfrentar serios y graves obstáculos, como por ejemplo, el predominio de una cultura política excluyente, secular, en el ejercicio del poder y la autoridad. Ello se refleja

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