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Derecho Mercantil


Enviado por   •  1 de Abril de 2014  •  1.172 Palabras (5 Páginas)  •  172 Visitas

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3. AUTONOMÍA DEL DERECHO COMERCIAL

El derecho comercial es autónomo por que tiene sus propias normas entre las cuales podemos citar el Código de Comercio de 1902, la Ley General de Sociedades contenida en la Ley 26887, la Ley de Títulos Valores contenida en la Ley 27287, la ley de bancos contenida en la ley 26702, la ley de mercado de valores, la ley general del sistema concursal, la ley de la empresa individual de responsabilidad limitada, entre otras, y también goza de autonomía por que existen cátedras dedicadas al estudio del derecho comercial.

La autonomìa de esta rama del derecho es muy conocida por lo cual es necesario dejar constancia que no necesitamos profundizar en este tema a fin de no desperdiciar esfuerzos en un tema que es muy conocido en el mundo del derecho.

4. DIVISIÓN DEL DERECHO COMERCIAL

El derecho comercial es de vital importancia por que sus normas regulan gran parte de la actividad comercial, es decir, el derecho comercial abarca áreas del derecho de mucha importancia, como las siguientes: derecho societario, derecho cambiario o derecho cartular, derecho bursátil, derecho bancario, derecho concursal, telecomunicaciones, marítimo, industrial, derecho de comercio internacional, y otras áreas del derecho privado.

En tal sentido las normas del derecho comercial se encontraban agrupadas en el texto original() del Código() de Comercio() Peruano de 1902 del cual se han desprendido muchas normas y han pasado a formar parte de otras ramas del derecho conforme se detalla a continuación().

Las normas que regulan los títulos valores han pasado a formar parte del derecho cambiario. En el derecho cambiario la evolución de la legislación a partir del Código de Comercio de 1902 ha sido la siguiente: primero se regulaban en el Código de Comercio algunos títulos valores, luego estas normas pasan a formar parte de la Ley 16587, la que posteriormente es abrogada por la Ley de Títulos Valores vigente, contenida en la Ley 27287, en la cual se agrupan todos los títulos valores existentes en el derecho positivo peruano.

Las normas que regulan las sociedades han pasado a formar parte del derecho societario. En el derecho societario la evolución de la legislación a partir del Código de Comercio de 1902() ha sido la siguiente: primero se regulaban las sociedades mercantiles en el Código de Comercio, y las Sociedades Civiles en el Código Civil Peruano de 1936, luego las normas que regulan las sociedades mercantiles pasan a formar parte de la Ley de Sociedades Mercantiles y posteriormente se modifica dicha Ley, por lo cual se unifica dicha legislación en el TUO de la Ley General de Sociedades aprobado por D.S. 03-85-JUS y posteriormente es derogada por la ley General de Sociedades, contenida en la Ley 26887, la cual se encuentra vigente.

Las normas que regulan la suspensión de pagos y las quiebras han pasado a formar parte del derecho concursal. En el derecho concursal la evolución de la legislación a partir del Código de Comercio Peruano de 1902 ha sido la siguiente: primero se regulaba la suspensión de pagos y las quiebras en el Código de Comercio, luego las normas que regulaban dicha materia pasan a formar parte de la Ley de Quiebras, contenida en la Ley 7566, posteriormente dicha materia pasó a ser regulada en la Ley de Restructuración Empresarial, contenida en el Decreto Ley 26116, luego la Ley de Restructuración Patrimonial contenida en el Decreto Legislativo 845, y finalmente la Ley General del Sistema Concursal, contenida en la Ley 27809 publicada el 08-08-2002, que se encuentra vigente.

Las normas que regulan las Bolsas de Valores han pasado a formar parte del derecho bursátil. En el derecho bursátil la evolución de la legislación a partir del Código de Comercio Peruano de 1902 ha sido la siguiente: primero se regulaba dicha

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