ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho


Enviado por   •  31 de Agosto de 2015  •  Resúmenes  •  7.309 Palabras (30 Páginas)  •  129 Visitas

Página 1 de 30
  1. ¿Qué se entiende por Patrimonio, desde el punto de vista Jurídico?
  1. Desde el punto de vista jurídico, tanto en la doctrina como en la legislación mexicana, el patrimonio es una idea bastante imprecisa pero se puede decir que es “un conjunto de obligaciones y derechos susceptibles de una valorización pecuniaria, que constituyen una universalidad de Derecho”.

  1. ¿Cuáles son los Elementos del Patrimonio y cómo se Integran?
  1. Es factible distinguir dos elementos en el patrimonio: el activo y el pasivo. El activo se integra por el conjunto de bienes y derechos apreciables en dinero, y el pasivo por el conjunto de obligaciones y cargas también susceptibles de valorización pecuniaria.

  1. ¿En qué se Distingue la Universalidad jurídica de la Universalidad de Hecho?
  1. Universalidad jurídica: totalidad de los bienes y derechos de un individuo.
  2. Universidad de hecho: lo que realice yo con mis bienes.
  3. La diferencia entre la universalidad jurídica y de hecho consiste en que mientras la primera tiene una finalidad económica impuesta por la ley, y por tanto jurídica, la universalidad de hecho tiene una finalidad sólo económica, pero no jurídica, puesto que la ley no le otorga su protección.
  1. ¿Cuáles son los principios Rectores de la Teoría Clásica con respecto al Patrimonio?
  1. La escuela clásica, mencionan los siguientes principios o premisas fundamentales en esta materia:
  1. Sólo las personas pueden tener un patrimonio, porque sólo ellas pueden ser capaces de tener derechos y obligaciones.
  2. Toda persona necesariamente debe tener un patrimonio. El patrimonio, como una entidad abstracta, comprende no sólo los bienes presentes, in actu, sino también los bienes in potencia, o por adquirir.
  3. Toda persona sólo puede tener un patrimonio; nunca podrá tener dos o más patrimonios.
  4. El patrimonio es inalienable durante la vida de su titular. Este es el principio llamado también de la inalienabilidad del patrimonio.
  1. ¿Cuáles son las Críticas que se le hace a la Teoría del Patrimonio-Personalidad?
  1. La doctrina clásica ha recibido diversas objeciones, a sus principios señalados, ya que se menciona que se estableció una noción del patrimonio artificial y ficticia, despegada de la realidad y vinculada hasta confundirse con la capacidad, que en realidad es difícil distinguir ambos conceptos, pues además de considerar al patrimonio como un conjunto de bienes presentes, se le considera también como aptitud para adquirir bienes futuros, y más aún, se acepta que en un momento dado exista el patrimonio sin los bienes presentes, bastando la posibilidad de adquirirlos en el futuro.
  1. ¿Cuál es la Posición que al efecto adopta Nuestra Legislación?
  1. La posición que adopto nuestro sistema jurídico en relación con la Patrimonio, es la modalidad la doctrina clásica, principalmente en el régimen de las sucesiones, con la excepción principal de que el heredero tenga dos patrimonios.
  1. ¿Qué es un Bien en Sentido Jurídico y en Sentido Económico?
  1. Desde el punto de vista jurídico, bien es todo aquello que puede ser objeto de apropiación. Este significado es distinto del económico, pues es este sentido, bien es todo aquello que puede ser útil al hombre.
  1. Objeto de apropiación: todas las cosas que no estén excluidas del comercio.
  1. ¿Cómo se Clasifican los Bienes?
  1. Las clasificaciones de los bienes

[pic 1]

  1. ¿Qué es un Bien Fungible y un Bien No Fungible?
  1. Los bienes fungibles son los que se consumen con el primer uso que se hace de ellos. Son los bienes muebles que pueden ser sustituidos por otro de la misma especie, calidad y cantidad.
  2. Los bienes no fungibles, son aquellos que no se consumen con el primer uso que se hace de ellos, por lo tanto no pueden ser sustituidos por otro de la misma especie, calidad y cantidad.

  1. Señala tres ejemplos de Bienes Consumibles por el primer Uso.
  1. La gasolina
  2. Las llantas
  3. Una bebida
  1. Establece la Diferencia entre Bienes Mostrencos y Vacantes
  1. Los bienes mostrencos son los muebles abandonados y los perdidos cuyo dueño se ignore. Mientras que los vacantes son los inmuebles que no tienen dueño cierto o conocido.
  1. ¿Cuál es el procedimiento regulado por la ley para el Hallazgo de Bienes Muebles?
  1. El procedimiento que debe seguir todo aquel que hallare una cosa mueble perdida o abandonada se encuentra señalado en los arts. del 775 al 784 del Código Civil.
  2. ¿Por qué de todas las Clasificaciones la más Importante es aquella que los divide en Muebles e Inmuebles?
  3. La importancia es debido a:
  4. El régimen de los inmuebles es un régimen jurídico especial que toma en cuenta las ventajas de la inmovilización o fijeza.
  5. La naturaleza inmueble establece reglas para fijar la competencia de acuerdo con el fuero de ubicación de la cosa.
  6. Facilita la aplicación de la ley, en los conflictos internacionales o de una federación de Estados.
  7. Contempla la capacidad, de enajenación de los inmuebles distinta de la que se requiera para los muebles.
  8. La forma, se hacen constantes distinciones tratándose de muebles y de inmuebles.
  1. ¿Cómo se Clasifican los Bienes Muebles?
  1. Los muebles se clasifican en:
  1. Muebles por su naturaleza;
  2. Muebles por determinación de la ley; y,
  3. Muebles por anticipación.
  1. ¿Qué es un Bien Inmueble por el Objeto al Cuál se Aplican?
  1. Los derechos reales sobre inmuebles.
  1. ¿Qué es un Bien Inmueble por Naturaleza?
  1. Son aquellos que por su fijeza imposibilitan la traslación de un lugar a otro.
  1. ¿Cuáles son las Características de los Bienes de Uso Común?
  1. Las Características de los bienes de uso común son: Inalienables; Imprescriptibles; y Pueden aprovecharse de ellos todos los habitantes.
  1. Señala tres ejemplos de Bienes de Dominio Privado
  1. Todas las tierras que estando situadas dentro de los límites territoriales de la República, carecen de otro dueño;
  2. Las minas de oro, plata, cobre, piedras preciosas y sustancias fósiles,  no  obstante  el  dominio  de  las  corporaciones  o particulares sobre la superficie de la tierra;
  3. Los bienes vacantes o mostrencos, y los de las personas que mueren sin tener herederos, según  las disposiciones de este Código;
  4. Los  muros, plazas de guerra, puentes, ferrocarriles y toda construcción hecha por el Estado o por los Estados, y todos los bienes adquiridos por el Estado o por los Estados por cualquier título.
  1. ¿Qué es un Bien Muebles por naturaleza?
  1. Son muebles por su naturaleza, los cuerpos que pueden trasladarse de un lugar a otro, ya se muevan por sí mismos, ya por efecto de una fuerza exterior.

¿Cómo se Define el Derecho Real? como el poder

jurídico que se ejerce, directa e inmediatamente sobre una cosa

¿Qué se entiende por Derecho Personal? derechos subjetivos a la conducta ajena y en los segundos de derecho a una conducta propia,

¿Cuál es la posición de la Tesis Dualista? postulan la separación absoluta entre los derechos reales y personales

¿Qué señala la Teoría Monista? afirman la identidad de los derechos reales y personales.

¿Cuál es el sentir de la Doctrina Nacional al respecto?  que reconocen una identidad en el aspecto externo de estos derechos patrimoniales y una separación o diferencia en el aspecto interno

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (46.1 Kb)   pdf (314.8 Kb)   docx (103.1 Kb)  
Leer 29 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com