ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derechos Humanos


Enviado por   •  22 de Enero de 2015  •  1.447 Palabras (6 Páginas)  •  270 Visitas

Página 1 de 6

ESTUDIO HISTÓRICO Y COMPARADO DE LA LEGISLACIÓN

DE MENORES INFRACTORES

Celia BLANCO ESCANDÓN*

La historia, “émula del tiempo, depósito de las acciones, testi-

go del pasado, ejemplo y aviso del presente, advertencia del

porvenir”.1

CERVANTES

SUMARIO: I. Introducción. II. Historia general. III. Antecedentes le-

gislativos en algunos países europeos. IV. Antecedentes legislati-

vos en algunos países americanos. V. Antecedentes legislativos

mexicanos. VI. El Tribunal de Menores y el Consejo Tutelar para

Menores Infractores del Distrito Federal. VII. La iniciativa de re-

forma de 2004. VIII. Conclusiones.

I. INTRODUCCIÓN

Cuando a un niño le falta un hogar, sufre la presencia fría y endurecida de los demás, a nadie le importa si le duele algo o está enfermo, si tiene frío, sed o hambre y es así, que aprende a defenderse de la frialdad de sus con-géneres endureciendo el gesto, perdiendo la sonrisa, agrediendo. Diaria-

mente nos topamos con niños que trabajan o piden limosna en la vía pública o en otros lugares peligrosos, y ninguno de nosotros se alarma o se preocu-

* Coordinadora de posgrado del Departamento de derecho de la Universidad Iberoamericana, campus ciudad de México. Profesora titular de derecho penal y derecho procesal penal de la Universidad Iberoamericana (UIA). Profesora titular externa de derecho penal del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).

1 Miguel de Cervantes Saavedra, según cita de Luis Rodríguez Manzanera, Criminología, 5a. ed., México, Porrúa, 1986, p. 83.

83

84

CELIA BLANCO ESCANDÓN

pa, pero si mañana, alguno de esos niños comete una falta, nos indignamos y pedimos que se haga “justicia”. Olvidamos en ese momento su desdicha

y abandono, centrándonos en nuestro egoísmo y esquivando la responsabili-

dad de atender el llamado infantil que exige atención y cariño. La sociedad a todas horas clama protección y defensa, pero desatiende las causas de los

males que la aquejan. Así, si un delito juvenil nos espanta, más debe atemo-rizarnos la indiferencia hacia un sentimiento al que no nos hemos acercado.

Al investigar la criminalidad infantil se encuentra uno con tragedias

morales a cada paso y en cada uno de los menores infractores. Éstos, tarde o temprano, empiezan su largo peregrinar por todas las instituciones ya

sean asistenciales, de tratamiento o penitenciarias.

Desde esta perspectiva de análisis puede visualizarse la necesidad que

representa para nuestro país la instrumentación de normas jurídicas que ayu-den a combatir el dramático cuadro de miseria, desnutrición, mendicidad,

analfabetismo, desintegración familiar, farmacodependencia y delincuen-

cia que padece y sufre una porción considerable de menores en nuestro

país. La satisfacción de las necesidades materiales y espirituales básicas del individuo constituyen el principio de su liberación; no es hombre libre el que está encadenado a la miseria y es víctima de su propia existencia.

Los modestísimos logros alcanzados hasta ahora en materia de adapta-

ción social de los menores infractores han de atribuirse a la compleja problemática emocional y social que caracteriza al perfil delictivo de los adolescentes, surgiendo la necesidad de planear y diseñar leyes y mecanismos

especializados que puedan responder eficazmente a la ingente tarea de ocu-

parse del menor desadaptado. Así las cosas, nos parece que un buen princi-

pio para lograr el racional rediseño de nuestras normas e instituciones, es preguntarnos si podemos identificar las causas actuales de su fracaso.

Ante la subsistencia del problema y la ineficacia de las instituciones, no resulta extraño que al difundirse las primeras leyes sobre tribunales de

menores se refutase su constitucionalidad, alegando que privaban al me-

nor de múltiples derechos básicos. Con todo, la protesta fracasó, sucum-

biendo ante la creencia generalizada de que estas exigencias no tenían cabida en un territorio en el que no se pretendía castigar sino proteger al menor.

La realidad es que aún hoy e incluso después de importantes reformas,

estas premisas no siempre se cumplen.

Es muy posible que lo que acabo de describir pronto comience a quedar

en desuso. Que la fase “tutelar” o “protectora” en el tratamiento juvenil

ceda paso a una nueva y distinta etapa. Cada vez se tiene más conciencia

LEGISLACIÓN DE MENORES INFRACTORES

85

de que las medidas que se imponen a los menores aunque pretendan un fin

correccional o protector suelen culminar en una peligrosa afrenta

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (9.3 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com