ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

EL ESTADO Y LOS PUEBLOS INDIGENAS ANTES DE LA CONSTITUCION DE 1999


Enviado por   •  4 de Agosto de 2012  •  3.585 Palabras (15 Páginas)  •  652 Visitas

Página 1 de 15

República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria

Aldea Universitaria “Ezequiel Zamora” Fin de Semana.

Cúa, Estado. Bolivariano de Miranda

U.C. Pueblos Indígenas

Semestre: 7mo de Estudios Jurídicos.

.

Profesora: Participante: Abg. Mari Lara Jorge Cestari

C.I. 14326845

Cúa, Junio 2012

EL ESTADO Y LOS PUEBLOS INDIGENAS ANTES DE LA CONSTITUCION DE 1999

La primera Constitución de Venezuela nace el 21 de Diciembre de 1811, con la cual se dio nacimiento definitivo a la primera república, no obstante su escasa vigencia. Se puede decir que esa primera Constitución es la que por primera vez rigió a un País de habla española en lo que respecta al Nuevo Mundo. Nada dice esta Constitución sobre indigenismo.

De igual manera ocurre en las subsiguientes constituciones, donde no se toma en cuenta al indígena, salvo en las constituciones de 1909, de 1945 y 1961, cuando aparecen pocas normas referidas a estos grupos sociales. Es el caso de la Constitución de 1909, donde sólo hace referencia de los indígenas, cuando al reglamentar el proceso electoral, en aparte único del Art.38 expresa: "único. No se computarán en la base de población los indígenas que vivan es estado salvaje". De igual manera, la Constitución de 1945, menciona a los indígenas, cuando en su Art. 56, referente a la elección de diputados, expresa: "No se computarán en la base de población los indígenas no reducidos".

En la constitución de 1961, derogada por la nueva Constitución de 1999, dedica un articulado a los indígenas en los cuales expresa: Art. 77, "El estado propenderá a mejorar las condiciones de vida de la población campesina. La ley establecerá el régimen de excepción que requiera la protección de las comunidades de indígenas y su incorporación progresiva a la vida de la Nación". Esta norma constitucional se mantuvo complementada por otras normas legales, señaladas a continuación: Ley Penal del Ambiente Art. 67; Ley de Reforma Agraria Art. 2; De la Procuraduría Agraria Art. 31, 32, 35, 36, 161…

La nueva Constitución que se abrió paso en Venezuela reconoció formal y de manera expresa a todos los pueblos y/o Naciones Indígenas como expresión de la diversidad cultural de la sociedad venezolana, valorando sus costumbres, creencias, cosmovisión, sentido colectivista de las tierras y todas sus aspiraciones, pues estas capacidades específicas constituyen el fundamento de su identidad cultural.

Esta exigencia responde al desarrollo progresivo de los derechos humanos a nivel internacional en materia de definición y protección de los derechos de los pueblos indígenas. Tal como señala Combellas, el hecho que los indígenas en Venezuela apenas alcance el 1,5% del total de la población, no implica que no se les deba dar un tratamiento acorde con las nuevas tendencias internacionales

En la actual Constitución de 1999 es de interés señalar que desde el inicio del proceso constituyente fue motivación constitucional, la incorporación de materias de sumo interés social, como lo son la protección de la familia, los derechos de los niños, niñas y adolescentes, el de las personas adultas mayores, las personas con discapacidades especiales, el derecho a la alimentación , resaltando la diversidad étnica y cultural, los pueblos y las comunidades indígenas, que integran el título III del texto constitucional.

El Capítulo fue denominado "De los Derechos de los Pueblos indígenas", cuyo texto final fue aprobado por un 71% de los votos de los asambleístas en el referendo del 15 de diciembre de 1999, fue vitoreada por los tambores de los grupos indígenas que permanecieron en pie de lucha en la sede del Congreso. En este sentido, el Capítulo VIII del Titulo III de la Constitución Bolivariana consagró de manera expresa todos los derechos colectivos que pueden ser considerados como propios, básicos y esenciales para los pueblos indígenas y que verdaderamente puedan constituir los espacios vitales que garanticen la supervivencia física y espiritual de los mismos, es decir, que sirvan para la preservación de su identidad cultural.

CONSTITUCIONES Y PLURALISMO CULTURAL EN VENEZUELA ANTES DE LA CRBV

La diversidad cultural, el reconocimiento del derecho indígena y el pluralismo jurídico son temas relativamente novedosos en determinados ámbitos. En este artículo señalaré las características relevantes del tema que nos ocupa, los desafíos que la diversidad cultural plantea al Estado moderno, las condiciones para la construcción de un Estado pluralista, para finalmente destacar algunas conclusiones preliminares que atañen a un nuevo perfil estatal.

La diversidad cultural, a pesar de ser un tema que traspasa los Estados latinoamericanos desde su misma conformación, no ha merecido una reflexión teórica ni análisis hasta, prácticamente, las últimas dos décadas. Las razones de esta falta de interés o abandono deben buscarse en una suma de diferentes factores. En Argentina, los pueblos originarios son numéricamente inferiores, lo que contribuyó a que se negara sistemáticamente su existencia, y con ella lo que representa su reconocimiento para los diferentes pueblos.

A ello pueden agregarse los procesos de exterminio a los que fueron sometidos,

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (17.2 Kb)  
Leer 14 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com