EL ESTADO
CARBURO7414 de Enero de 2013
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CONCEPTOS DE ESTADO:
El Estado es una sociedad humana, asentada de manera permanente en el territorio que le corresponde, sujeta a un poder soberano que crea, define y aplica un orden jurídico que estructura la sociedad estatal para obtener el bien público temporal de sus componentes.
Elementos del Estado:
Puesto que el Estado es una estructura político – jurídico, en su integración concurren una serie de elementos cuantitativos y cualitativos que le dan forma y característica propia. Estos elementos se dividen en dos grupos: Elementos Elementales y elementos Atributivos, por su parte, le dan a una organización política determinada el carácter propio y específico de un Estado. Estos elementos son la soberanía y el orden jurídico.
Población:
Es un elemento importante en la conformación del Estado, quizás más que el mismo territorio, algunos tratadistas del derecho admiten la posibilidad de que pueda existir un Estado sin territorio, pero definitivamente nadie admite que puede haber un Estado sin Población.
En tales condiciones, la población, la sociedad humana y jurídicamente organizada es la que le da base de sustentación, la razón de ser a la existencia de un Estado; entonces entendemos como población, que es el número de hombres y mujeres que componen un Estado.
Función de la Población:
Integrar un Estado para que este pueda se pueda formar
Elemento humano principal o fundamental del Estado para que el mismo realice sus actividades
Característica de la Población:
Sin población no se concibe un Estado
La población no esta aislada, al momento de conformarse el Estado. Ya existe anteriormente un grupo de personas a un territorio
Importancia de la Población:
Política: Es la base para saber la cantidad de electores y elegidos en una legislación electoral; es el punto de referencia para la creación de municipios y distritos metropolitanos y para determinar la cantidad de servicios públicos necesitados.
Económica: determina la cantidad de personas que poseen trabajo estable y los efectos en el campo de la producción, así como comprobar las personas o población desocupada.
Social: Para el Estado es importante conocer con precisión la cantidad de personas asentadas en su territorio; para cuantificarlo se utiliza periódicamente censos.
Sociedad:
Grupo en el cual individuos pueden compartir una vida social común.
Pueblo: Concepto más restringido, ya que se refiere a la parte de la población que tiene el ejercicio de los derechos políticos.
Nación: La nación tiene un concepto más emotivo, viene a ser el sentimiento de una solidaridad que vincula a los individuos en su voluntad de vivir en conjunto, un sentimiento ligado a las fibras más íntimas de nuestro ser. Existen diferentes opiniones cuando se trata de distinguir el elemento de este sentimiento; se discute sobre el principio fundamental de carácter nacional, para unos es la influencia de factores naturales: la raza, la lengua; para otros, lo primordial es el elemento espiritual: la religión, las costumbres, los recuerdos comunes, la voluntad de cumplir en conjunto grandes obras. Los rasgos fundamentales de la Nación con respecto al papel que juega en la formación del Estado pueden ser dos, el primero es que la Nación esta por encima de cualquier otro tipo de colectividad, ya sean la horda, el clan, la tribu, la ciudad, pues la colectividad límite, abarca y engloba todas las otras, pero esta no es englobada por ninguna de ellas. El segundo rasgo viene representado por el precedente que nos permite conocer el papel fundamental que juega el objetivo social en el sentimiento nacional, esto es el factor fundamental y decisivo de la solidaridad que une a los miembros del grupo.
Patria: Es el conjunto sagrado de la tierra, la historia, la vida presente y las nobles aspiraciones del país y del pueblo al que nos unen el nacimiento o la sangre de los padres.
Sociedad Civil:
Son aquellas sociedades en las cuales no se persigue ningún ingreso monetario y se disuelven por la muerte de alguno de sus integrantes.
Existe cuando la población se organiza política y jurídicamente. Los hombres se reúnen en sociedad para él logro de sus propios y fines y por lo tanto dicha sociedad constituye el elemento orgánico primario del Estado, ya que no es posible concebir un Estado sin habitantes. Incluso puede afirmarse que la sociedad civil humana como elemento del Estado, da origen y razón de ser a los demás elementos. En la sociedad se presupone la existencia de una organización jurídica y política.
Nacionalidad:
Vinculo jurídico y político existente entre un Estado y los miembros del mismo. Se puede presentar la nacionalidad por el estado civil de la persona nacida o naturalizada en un país o perteneciente a ella por lazos sanguíneos de padre o madre.
Naturaleza jurídica de la nacionalidad:
a) Teoría del contrato: En esta para poder tener nacionalidad debe existir un contrato entre la persona que adquiere la nacionalidad y el Estado que la otorga. Esta teoría es rechazada debido a que para poder realizar un contrato como tal la persona debe poseer capacidad jurídica y no es tomada en cuenta que los recién nacidos y los enfermos mentales no la poseen por lo tanto quedarían apartidas, de igual forma no se explica la nacionalidad por anexión territorial.
b) Teoría de la concesión unilateral del Estado: No se satisface ya que en algunos casos la nacionalidad no se trata de una concesión de parte del Estado, por cuanto este se ve obligado a otorgar la nacionalidad a ciertas personas, tal como ocurre en Venezuela en donde la Constitución expresa en su artículo 33 ordinal 3. “Son venezolanos por naturalización desde que declaren su voluntad de serlo”.
c) Teoría de la situación Sui – Generis: Se basa en que la nacionalidad en un vínculo jurídico que no puede expresarse por un contrato ni una concesión sino por su propia naturaleza.
Clasificación de la Nacionalidad
La nacionalidad puede clasificarse de la siguiente manera:
1. Originaria: Este tipo de Nacionalidad puede darse tanto por ius soli (es decir, derecho al suelo), como por ius sanguinis (es decir, derecho a la sangre). En el primer caso se adquiere la nacionalidad del país en cuyo territorio se nace; en el segundo caso se obtiene la nacionalidad que tienen los padres de la persona de quien se trate. En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 32 se establece este tipo de nacionalidad.
2. Nacionalidad adquirida (derivada): Es la Nacionalidad que se adquiere por vía de naturalización, que también está contemplada en nuestra Constitución en el artículo 33 y en la Ley de Naturalización, la cual habremos de comenzar posteriormente.
3. Nacionalidad adquirida o deriva: La denominación de nacionalidad adquirida es impropia, por cuanto la nacionalidad se puede adquirir por el hecho del nacimiento pero también posterior como lo es el proceso de naturalización. En este sentido prefieren hablar de nacionalidad derivada. La nacionalidad es aquella que se adquiere después del nacimiento del individuo por hecho, o hechos posteriores al mismo.
El territorio y demás espacios geográficos
El territorio, como elemento esencial del Estado ocupa dentro del campo de nuestra disciplina jurídica un tema de estudio especial ,en cuanto que el no sirve de asiento a la masa poblacional que representa rasgos de unidad que le definen de una manera particular y donde convergen una pluralidad de situaciones sociales y políticas que forman parte de los asuntos y fines que deben ser atendidos por las instituciones del Estado sino que el territorio ha de ser considerado como el ámbito espacial dentro del cual el Estado ejerce su soberanía.
La relación jurídica que se establece entre el Estado y su Territorio es de Imperium para Carré de Malberg, pues el Estado no tiene sobre el Territorio una potestad de dominación y no es propietario del suelo sobre el que ejerce la potestad estadal, lo cual sería el Dominio. El territorio, según esta teoría, vendría a determinar el marco dentro del cual el Estado ejerce la potestad estatal o Imperium, el cual es, por su naturaleza, un poder sobre las personas. Para Kelsen el territorio tiene un sentido tridimensional, es decir que ejerce su validez en tres dimensiones, tiene largo, alto y profundo, la forma del espacio será la de un cono con su vértice en el centro de la tierra, junto a los vértices de los demás conos de los otros Estados.
El territorio aunque parezca insólito tiene dos funciones, negativas y positivas, las primeras oponen una barrera a la acción estatal; esta barrera es lo que constituye las llamadas fronteras. De modo que la acción del Estado termina al encontrar tales fronteras. Las funciones positivas se enderezan al mejoramiento económico y bienestar social de la colectividad que vive dentro del Estado. El Estado transforma su territorio y lo pone al servicio de la sociedad a los fines de mejorar su condición social.
En la Constitución del 2000 en el titulo II capitulo I nos habla sobre el territorio y de mas espacios geográficos haciéndonos saber de la realización de cambios importantes en la definición de espacio geográfico venezolano.
En este sentido se adopto la expresión mas amplia del espacio geográfico para sustituir la de territorio en efecto, espacio geográfico alude a los espacios continentales, insulares y marítimos, quedando el territorio como
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