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El Derecho Civil


Enviado por   •  14 de Febrero de 2013  •  1.111 Palabras (5 Páginas)  •  279 Visitas

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Derecho Civil

El Derecho civil es el Derecho privado, común y general de los países.

Derecho civil es el conjunto de normas jurídicas y principios del derecho que regulan las relaciones personales o patrimoniales, voluntarias o forzosas, entre personas privadas o públicas, tanto físicas como jurídicas, de carácter privado y público, o incluso entre las últimas, siempre que actúen desprovistas de imperium o autotutela. Se le puede definir también, en términos generales, como el compendio de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones patrimoniales y vínculos subjetivos de las personas, considerando a las personas en cuanto tal, como sujeto de derecho, o como aquel que rige al ser humano como tal, sin consideración de sus actividades peculiares; que regula sus relaciones con sus semejantes y con el Estado, cuando éste actúa en su carácter de simple persona jurídica y en tanto esas relaciones tengan por objeto satisfacer necesidades de carácter genéricamente humanas.

Sistema jurídico

Llamados también familias u ordenamiento jurídico, son el conjunto de normas de carácter obligatorio que rigen la organización de un Estado, actualmente se conocen muchos sistemas jurídicos, los más conocidos son el Sistema Anglosajón y el Sistema Romano-Germano.

Hecho Jurídico

Los hechos son acontecimientos susceptibles de ser percibidos por nuestros sentidos. Todos ellos pueden analizarse según distintos criterios:

• De acuerdo con su origen, los hechos son humanos o naturales.

• De acuerdo con las consecuencias que producen son hechos simples o hechos jurídicos(ambos tipos pueden ser humanos o naturales)

Quiere decir que muchos hechos, sean naturales o humanos, pueden tener un contenido únicamente estético, sentimental, etc. (un atardecer, escribir un poema a la persona querida); vale decir que no tienen relevancia alguna para el derecho.

LA CODIFICACIÓN EN EL PERÚ

a). EL CÓDIGO CIVIL DE 1852

El plan de 1852 es el mismo que el Código Civil francés de 1804. El Código se divide en un Título Preliminar (de las leyes en general) y 3 libros: 1º De las personas y sus derechos; 2º De las cosas: del modo de adquirirlas, y de los derechos que las personas tienen sobre ellos; 3º De las obligaciones y contratos.

Los codificadores del 1852 se inspiraron fundamentalmente en el Código Civil francés, pero también en el Derecho Español, especialmente el Derecho Castellano, el Derecho de Indias y el Derecho Canónico.

El antiguo Derecho Español nace de la confluencia del Derecho Romano con el Germano.

A partir de el siglo XVIII los romanistas alemanes, llamados Pandectistas; Hugo, Savigny, Puchta, Ihering, Arndts, Brinz, Windscheid, Niebuhr, Stahl y otros, dieron origen a la Escuela Histórica que otorga importancia decisiva a la tradición jurídica y adaptaron el Derecho Romano a los nuevos tiempos completando los conceptos jurídicos y elaborando una teoría general del derecho en base a su abstracción y generalización de principios que solo en germen concibieron los romanos. La teoría sistematizada de los romanistas alemanes evidentemente no fue conocida por los codificadores peruanos de 1852.

La Influencia del Derecho Colonial en el Código del 1852, está acreditada con instituciones no contenidas en el Código francés como la esclavitud y las disposiciones sobre manumisión, ingenuos, siervos y libertos.

La influencia del Derecho Canónico se patentiza en los títulos del código relativo a los clérigos, patronatos y fundaciones. La iglesia conserva su control sobre los 3 actos mas importantes de la vida humana: Los nacimientos con las partidas parroquiales; El matrimonio con las formalidades religiosas y la muerte; se reconoció la existencia de las “Manos Muertas”, osea, aquella en la que se

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