ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El Sello Del Notario


Enviado por   •  9 de Octubre de 2014  •  2.286 Palabras (10 Páginas)  •  920 Visitas

Página 1 de 10

INTRODUCCIÓN

Notario es un licenciado en derecho investido de fe pública, facultado para autentificar y dar forma en los términos de ley a los instrumentos en que se consignen los actos y hechos jurídicos.

La función notarial es de orden público. Los actos que se celebren ante su fe, podrán referirse a cualquier otro lugar, siempre que se dé cumplimiento a las disposiciones que marque la ley, asimismo estarán obligados a prestar servicios en los casos y términos establecidos por la ley respectiva.

El notario deberá desempeñar la función pública, en la notaria a su cargo y en los lugares donde resulte necesaria su presencia en virtud de la naturaleza del acto o del hecho que se pretenda pasar ante su fe.

En el ejercicio de su función, el notario orientará y explicará a los otorgantes y comparecientes el valor y las consecuencias legales de los actos que él vaya autorizar.

Cada notaria tendrá un sello de forma circular, con un diámetro de cuatro centímetros, en el centro el escudo Nacional y alrededor de este una inscripción que varía de acuerdo al lugar, el número de notaria y el nombre y apellido del notario.

EL SELLO DEL NOTARIO

El notario utiliza su sello para imprimir la fe pública que le delega el estado, es el símbolo de su fe pública y el utensilio que necesita para autorizar documentos públicos.

El sello del notario es el medio por el cual ejerce su facultad fedataria, con la expresión del símbolo del estado en los documentos que autorice. El sello expresa el poder autentificador del notario y lo público de su función.

Características y Modo de empleo

Articulo 69 (Ley del notariado), características: Utensilio metálico de forma circular, que tiene de diámetro 4 centímetros, lleva al centro el escudo nacional, numero de notaria, nombre y apellidos del notario.

El número de la notaria deberá grabarse con guarismos, nombre y apellidos del notario podrán abreviarse, el sello puede incluir un signo.

La impresión del sello deberá ser en el ángulo superior izquierdo de cada folio que utilice, y también se imprime cuando el notario autorice escritura pública o acta, testimonios, copias certificadas o libro de registros de cotejos.

También debe utilizarse la documentación relacionada con la actuación del notario, tales como: papelería oficial, avisos, informes, solicitudes de informes, etc.

La falta de sello en el instrumento notarial trae la nulidad del mismo documento.

Procedimiento en caso de pérdida o alteración

En caso de robo o extravió, el notario debe comunicar al registro público de la propiedad y del comercio, al archivo general de notarías y colegio de notarios, cobre la ausencia del mismo, levantado a su vez un acta en el Ministerio Publico para que se solicite al gobierno del Distrito Federal la utilización del nuevo sello. El nuevo sello no debe ser igual al anterior, debe de tener una característica diferente, esto se encuentra en el artículo 72 de la Ley del Notariado.

Artículo 74 de la citada ley (supuesto de que si reaparece el sello). Si aparece el antiguo sello no podrá ser usado. El notario entregara de inmediato el antiguo sello al archivo para que en su presencia se destruya.

Si se deteriora el sello y ay no es posible su utilización, el gobierno de Distrito Federal autorizara a las notarías la ostensión de un sello, sin levantar una carta ante el Ministerio Publico.

Libros de cotejo

Conjunto de folios encuadernados en que el notario anota los registros de los cotejos, de documentos que se presentan para dicho efecto, cada libro constara de 200 folios y formaran parte del protocolo del notario.

Características y modos de uso

1. El notario hará cotejo de la copia escrita, fotográfica, fotostática, etc., teniendo a la vista documentación original y copia certificada, sin más formalidades que en la anotación de un libro de registro de cotejos.

2. En la hoja de cada libro de registro de cotejos corresponda a lo indicado para los libros de folio del art. 83 de esta ley. El notario y su asociado, anotara una razón de apertura, con nombre, número de notaria su cargo, mención del libro de registro de cotejos con el número que le corresponda dentro de su clase, fecha, sello y firma.

3. Cada registro de cotejo deberá contener: En número progresivo que le corresponda, fecha, el nombre del solicitante, el señalamiento, el número de documentos exhibidos, el número de copias cotejadas y un espacio para las observaciones que el notario juzga oportuno anotar.

4. El notario certifica con su sello y firma la o las copias cotejadas así como el número y fecha de registro que les corresponde.

Protocolo

La fe pública notarial esencialmente es documental y nunca verbal, por esta razón las actas y escrituras públicas sólo pueden autorizarse en el protocolo y de ellas pueden expedirse copias, testimonios y certificaciones.

El protocolo es un libro o conjunto de libros que se forman con los sellos separados y numerados progresivamente en los que el notario sienta, con las formalidades de ley, los actos y hechos jurídicos otorgados ante su fe, como los libros de cotejo y sus correspondientes apéndices e índice.

Etimológicamente, de acuerdo con el “Diccionario de la Lengua Española”, el termino protocolo está compuesto por dos palabras de origen griego protos primero y colao pegar. Según el diccionario de legislación de Joaquín Escriche “... Entre los romanos protocolum era lo que estaba escrito a la cabeza del papel de donde solía ponerse el tiempo de su fabricación”.

El protocolo, denominado Registro de Instrumentos se encuadernaba al final de cada año. Este sistema de protocolo abierto se utilizó en la Colonia y México Independiente hasta la Ley de 1901.1

Integración del protocolo del notario

El protocolo está constituido por los libros o volúmenes en los cuales el Notario asienta los instrumentos que autoriza y por el apéndice en que se incorporan los documentos relacionados con ellos.

Los documentos incorporados al apéndice quedan con ellos protocolizados y en consecuencia, forman parte integrante del instrumento.

El

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (14.5 Kb)  
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com