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El sistema político en España


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2012  •  Ensayos  •  407 Palabras (2 Páginas)  •  294 Visitas

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En Nueva España el derecho colonial se integró con el derecho español en sus formas legal y consuetudinaria y las costumbre indígenas. Al consumarse la conquista de México y al iniciarse la colonización, la penetración jurídica española se encontró con un conjunto de hechos y prácticas sociales autóctonas, lejos de desaparecer por el derecho peninsular, fueron consolidadas pos disposiciones reales y por la Recopilación de las Leyes de Indias de 1681.

En el orden político, la autoridad suprema en las colonias españolas de América era el mismo rey de España. El monarca español, concentraba en su persona a las tres funciones en que se desarrolla la actividad integral del Estado.

El proyecto de la Constitución para el Estado de Yucatán, el cual fue elaborado por Manuel Crescencio Rejón en 1840 aparece ya una necesidad primordial o sea un procedimiento para proteger a los individuos en el goce de sus derechos fundamentales, o sea, estamos hablando de las Garantía individuales.

Un antecedente fundamental para la elaboración del andamiaje constitucional del amparo hunde sus raíces en el Proyecto de Constitución de la Minoría de 1842, que fue suscrito precisamente, entre otros, por Manuel Crescencio Rejón. Bajo este esquema, el juicio de amparo se proyectaría en las constituciones de 1847 y 1857. En esta última se enunció que los derechos del hombre eran el objeto y base de las instituciones sociales, y que todo ciudadano debía tener el derecho de acudir ante la Suprema Corte de Justicia para reclamar la restitución de sus derechos en caso de ser vulnerados por leyes o actos de los poderes legislativo o ejecutivo. En este sentido, se estableció un medio efectivo para que el particular reclamara en sede judicial la restitución de sus derechos, lo cual iba más allá de la tutela del derecho a la propiedad reconocida en las Siete Leyes.

Dicho proyecto no sería aprobado, pero su importancia radica en que se constituyó como un referente importante que más tarde (1847) incorporaría el juicio de amparo en el ámbito nacional.

El Acta de Reformas de 1847 integró al orden jurídico nacional el juicio de amparo. No existe la certeza de que el amparo introducido en esta carta constitucional haya tenido como fuente directa el judicial review, pues a ciencia cierta no se tiene noticia de que Mariano Otero, el principal artífice de este instrumento en esta etapa de nuestra historia constitucional, haya sido un conocedor directo de dicha institución norteamericana.

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