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Ensayo de LA AMIGABLE COMPOSICIÓN


Enviado por   •  25 de Enero de 2016  •  Apuntes  •  2.034 Palabras (9 Páginas)  •  303 Visitas

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LA  AMIGABLE COMPOSICIÓN

* Enrique Gaviria Gutiérrez

“ La amigable composición es un mecanismo de solución de conflictos por medio del cual dos o más particulares delegan en un tercero, denominado amigable componedor, la facultad de precisar, con fuerza vinculante para ellas, el estado, las partes y la forma de cumplimiento de un negocio jurídico particular. El amigable componedor podrá ser singular o plural”.

-figura que podríamos calificar como un procedimiento informal y simplificado al extremo, que no es judicial ni arbitral sino de derecho privado

- se cumple desarrollando tres contratos

-no está bajo el mando de jueces o árbitros, sino de delgados contractuales de las partes, encargados de llevar a efecto un cierto arreglo

-termina con una transacción realizada por amigables componedores que actúan como mandatarios, todo lo cual quiere decir que las partes concluyen su litigio con un contrato y no con una sentencia o un laudo

“ La amigable composición es un mecanismo de solución de conflictos por medio del cual dos o más particulares delegan en un tercero, denominado amigable componedor, la facultad de precisar, con fuerza vinculante para ellas, el estado, las partes y la forma de cumplimiento de un negocio jurídico particular. El amigable componedor podrá ser singular o plural”.

- la amigable composición tiene carácter contractual

- análisis de la figura debe quedar excluida toda consideración procesal

- los contradictores hacen justicia por sí mismos, mediante el concurso de sus apoderados, los cuales deben concertar en acuerdo final que siga las instrucciones de aquellos

- Queda pues excluida la intervención de terceros porque los apoderados no son sino las partes mismas, de modo que se cometería grave error si diéramos a aquellos el carácter de jueces o árbitros.

-Finalmente, no toman los mandatarios ninguna decisión dotada de jurisdicción, sino que celebran un acuerdo vinculante para los contradictores, no porque sea sentencia o laudo, sino por ser el fruto de sus deliberaciones y estipulaciones

Para completar estas ideas iniciales y en consideración a la brevedad de los textos, conviene transcribir las dos restantes normas del derecho positivo que  regulan ésta figura; son los artículos 224 y 225 del decreto 1818 de 1998, dicen:

“Artículo 224. Efectos. La decisión del amigable componedor producirá los efectos legales relativos a la transacción”.

“Artículo 225. Designación. Las partes podrán nombrar al amigable componedor directamente o delegar en un tercero la designación. El tercero delegado por las partes para nombrar al amigable componedor puede ser una persona natural o jurídica”.

AMIGABLE COMPOSICIÓN Y ARBITRAMENTO

Mientras el primero es un juez que, luego de seguir el procedimiento, correspondiente, dicta una sentencia llamado laudo, el segundo soluciona el problema con consideraciones, negociaciones, concesiones y decisiones, hasta llegar al acuerdo final

-Algunos países confunde con arbitramento en equidad

- Es verdad que el artículo 121 en el inciso final del decreto 1818 de 1998, expresa que “cuando el laudo deba proferirse en conciencia, los árbitros podrán conciliar las pretensiones opuestas”, lo cual sugeriría que tal vez sí sea correcto asimilarlos en este caso a amigables componedores, como lo hacen ciertas legislaciones extranjeras.

-Aún así, sigue siendo correcto pensar que la anotada circunstancia no desdibuja la frontera que separa al árbitro en conciencia del amigable componedor, puesto que, cuando el primero falla en forma conciliatoria o transaccional, lo hace a manera de orden dirigida a las partes para que procedan en consecuencia, mientras que el amigable componedor, transmite simplemente un informe negocial, como mandatario que tiene el deber de comunicarle a las partes, la transacción que ha concluido.

-No hay que pedirle, entonces, a la amigable composición que se desarrolle conforme a los preceptos procesales, sino, simplemente, demandar de los componedores – mandatarios, una conducta contractual correcta y de las propias partes, si a bien lo tienen, el acuerdo sobre un trámite determinado que hay de seguirse para mejor garantía de imparcialidad y éxito

AMIGABLE COMPOSICIÓN Y TRANSACCIÓN

artículo 2469 del Código Civil que “ la transacción es un contrato en que las partes terminan extrajudicialmente un litigio pendiente o precaven un litigio eventual. No es transacción el acto que sólo consiste en la renuncia de un derecho que no se disputa

para la configuración de la transacción, que su objeto consista en la terminación extrajudicial de un litigio o de su posibilidad futura

Pueden existir, por tanto, transacciones en las que su objeto consista simplemente en el abandono de una exigencia relativa a determinado derecho, siempre y cuando su existencia haya sido discutida por las partes, una de las cuales termina por desprenderse de su pretensión, no por un acto de renuncia gratuita a lo que se tiene, sino de reconocimiento a su inexistencia, invalidez, ineficacia o inoponibilidad. En cambio, si el  derecho no ha sido impugnado en el curso de las discusiones, no habrá lugar a la transacción, ya que el artículo 2469 la excluye.

En efecto lo  esencial de la definición legal de la amigable composición consiste en confiar a los componedores “la facultad de precisar con fuerza vinculante para ellas (los contenedores), el estado, las partes y la forma de cumplimiento de un negocio jurídico particular”.

Nada impide llegar, entonces, a la certidumbre de que transacción y amigable composición son la misma cosa, con la sola diferencia según la cual, mientras la primera puede o no celebrarse por mandatarios, la segunda siempre debe ser realizada por su intermedio.

AMIGABLE COMPOSICIÓN Y CONCILIACIÓN

Cumple pues el conciliador el propósito de acercar a las partes y emplear todas sus aptitudes para que estas alcancen un acuerdo final, pero mientras su papel es el de colaborador, el de amigable componedor es el protagonista, puesto que es éste mismo quien realiza el acuerdo transaccional, prevalido de los poderes recibidos de las partes.

En síntesis, el amigable componedor decide por las partes, mientras el conciliador las ayuda a decidir.

AMIGABLE COMPOSICIÓN Y PERITAZGO

El perito soluciona asuntos de hecho que requieren especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos, permitiendo observar claramente que ilustra, pero no decide, porque ésta tarea corresponde a las partes mismas (transacción),  a sus apoderados (amigable composición), a los árbitros o a los jueces ordinarios.

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