ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ensayos historios y su desarrollo


Enviado por   •  5 de Junio de 2017  •  Ensayos  •  627 Palabras (3 Páginas)  •  119 Visitas

Página 1 de 3

DECRETO 37-2016[pic 1]

Art. 51 Se adiciona "Artículo 21 "B". Obligaciones de los contribuyentes.

En esta específica las obligaciones que los contribuyentes deben tener presentes y al que están sujetos ante la SAT, tal es el caso de llevar sus declaraciones al día y tener en orden toda su documentación a disposición cuando la SAT la requiera.

[pic 2]

Art. 52 "Artículo 30 "C". Información financiera en poder de terceros.

Establece a lo que puede tener acceso la SAT si en algún dado caso observa alguna irregularidad del movimiento de sus cuentas, teniendo acceso a la información bancaria de ellos, siempre con el debido procedimiento para requerir la información. Efectuando una solicitud, luego un trámite, resolución, ejecución de la resolución, apelación y las conclusiones del procedimiento.

[pic 3]

Art. 53 Se reforman las literales c) y d) del numeral 2 del artículo 55 del Decreto Número 6-91

Establece que si el contribuyente es imposible de ubicar o a fallecido o desaparecido por completo o el deudor sea imposible de ubicar sus obligaciones quedaran extinguidas o disueltas totalmente, declarando la incobrabilidad de oficio por La SAT.

[pic 4]

Art. 54 Se adiciona el numeral 5 al artículo 93 del Decreto Número 6-91 Omisión

Cuando el contribuyente no efectúa registro alguno de los ingresos y egresos, haciendo omisión en los libros contables o cuentas bancarias, no laborando las conciliaciones que determinen la razonabilidad del sado contable careciendo de algún soporte documental.

Art. 55 se reforma art. 154 Revocatoria[pic 5]

Las resoluciones o dictamenes de la SAT pueden ser revocadas de oficio, apelando a un nuevo proceso, teniendo un plazo especifico, si no interpone el recurso dentro del plazo quedara firme la resolución dictaminada.

[pic 6]

Art. 56 se reforma arti. 155 Ocurso

Si la administración tributaria deniega el trámite del recurso de revocatoria se podrá avocar ante la SAT, llevando el debido proceso en el plazo establecido de lo contrario será sancionado el responsable del caso.

[pic 7]

Art. 57 se reforma art. 156 Trámite y Resolución

La SAT debe informar en un plazo de 5 días hábiles la negación del trámite del recurso de revocatoria, si surge algún inconveniente el último en dar un dictamen final será el Tribunal administrativo Tributario y Aduanero.

[pic 8]

Art. 58 se reforma art. 157 Silencio Administrativo

Si se transcurre el plazo de 30 días, sin que se dicte la resolución que se corresponda se tendrá por resuelto desfavorable para el solicitante, si el funcionario o empleado público no da resolución alguna será sancionado.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (4.3 Kb)   pdf (656.2 Kb)   docx (825.4 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com