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Falsedad Ideologica En Documento Publico

shirleybarbosa3 de Febrero de 2014

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FALSEDAD IDEOLOGICA EN DOCUMENTO PÚBLICO

Artículo 286: Falsedad ideológica en documento público. El servidor que en ejercicio de sus funciones, al extender documento público que pueda servir de prueba, consigne una falsedad o calle total o parcialmente la verdad, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a diez (10) años.

CLASIFICACION

• Resultado objetivo

• Lesión

• Conducta instantánea

• Pluri-ofensivo

ELEMENTOS NORMATIVOS

• Servidor público. Capacidad funcional

• Documento publico

• Capacidad probatoria

TIPO OBJETIVO

 Sujeto activo: (cualificado jurídicamente y singular). Servidor público.

 Sujeto pasivo: El estado

 Conducta:

 Verbo determinador compuesto alternativo: consignar una falsedad o callar total o parcialmente la verdad.

 Elementos descriptivos:

De modo: la acción la debe realizar el agente en ejercicio de sus funciones.

La acción se ha de ejecutar en el momento de extender el documento.

 Objeto jurídico: fe pública documentaria

 Objeto material real: documento público materialmente verdadero y autentico que contiene declaraciones falsas o cercenamiento de su contenido.

 Concurso:

Heterogéneo simultaneo: arts. 189, 190, 191, 238, 239, 240, 241, 242, 412, 448.

Heterogéneo sucesivo: arts. 169, 170, 232, 233, 234, 236, 245, 249, 251, 252, 253, 254, 255, 256, 260, 261, 301, 310, 315, 323, 324, 396, 405, 246, 445, 446, 454, 455.

Se excluye: art 395, 453

 Tentativa: No admite. Tipo unisubsistente

 Coparticipación: admite determinación y complicidad. Agravante punitiva para el coparticipe que use el documento (art 290)

TIPO SUBJETIVO

 Modalidad dogmatica: normativa materialmente doloso

 Complemento subjetivo: Fin especifico indeterminado

 Atipicidad subjetiva: error de tipo en la capacidad funcional o en el objeto material.

ANTIJURIDICIDAD

 Juicio de contradicción material: lesión a la fe pública en la prueba documental.

 Causas de justificación:

 Inadmisibles: consentimiento del sujeto pasivo, cumplimiento de un deber, ejercicio de un derecho, actividad licita, cargo público.

 Admisibles: excepcionalmente estado de necesidad.

CULPABILIDAD

 Causas de inculpabilidad:

 Por inexigibilidad de comportamiento diferente: insuperable coacción ajena, miedo insuperable.

 Por incapacidad de culpabilidad: no admite inimputabilidad.

 Por falta de conocimiento de la antijuridicidad: error de prohibición no admite.

PUNIBILIDAD

 Ley 890 de 2004: Prisión de 64 a 144 meses

FUENTES CONSTITUCIONALES

 ART 74 CN

JURISPRUDENCIA C.S DE J.:

 Sentencia de cas. 06-02-92, Magistrado Ponente: Torres Fresneda; 13-02-97 M.P. Calvete Rangel; 08-10-99 M.P. Valencia Martínez; 05-04-00 M.P. Pinilla Pinilla; 0-05-01 M.P Gomez Gallego; 05-04-00 MP. Pinilla Pinilla.

CONCORDANCIAS LEGALES

 C.P.: ARTS. 16-20-288-290-291-295

 C.P.P ARTS. 36

CIRCUNTANCIAS DE AGRAVACION PUNITIVA.

 Artículo 290: modificado por el artículo 53 de la Ley 1142 de 2007. El nuevo texto es el siguiente:

La pena se aumentará hasta en la mitad para el copartícipe en la realización de cualesquiera de las conductas descritas en los artículos anteriores que usare el documento, salvo en el evento del artículo 289 de este Código.

Si la conducta recae sobre documentos relacionados con medios motorizados, la pena se incrementará en las tres cuartas

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