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Formas de función de la autotutela


Enviado por   •  17 de Febrero de 2014  •  Ensayos  •  352 Palabras (2 Páginas)  •  288 Visitas

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Formas de función de la autotutela

La autotutela puede funcionar como:

Una replica o respuesta a un ataque.

Ejercicio personal o directo de un derecho sujetivo, sin que su titular hay sufrido un ataque.

Se puede presentar como ejercicio de facultades atribuidas al mando para hacer frente a situaciones sin excepción.

También se puede prestar como ejercicio de una potestad de uno de los sujetos en litigio.

Es un combate entre partes enfrentadas, que fían la fuerza y no a la razón la decisión de sus diferencias.

Puede ser utilizada como medio de presión o de coacción sobre la contraparte para lograr el prevalecimiento de los propios intereses.

Autotutela

La autotutela o autodefensa consiste en la imposición de la pretensión propia en perjuicio se interés ajeno. Es un medio de solución egoísta en contraposición, que implica la renuncia a la pretensión propia o la aceptación de la contraria, por lo que se califica de altruista.

La autodefensa se caracteriza porque uno de los sujetos en conflicto…, y aún a veces los dos, como con el otro, mediante su acción directa, en lugar de servirse de la acción dirigida al proceso del estado.

Y se distinguen por la ausencia de un tercero ajeno a las partes y, en segundo término, la imposición de la decisión por una de ellas a la otra.

Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho; y señala, así mismo que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla. (Art 17 Const.)

Pero también existe la prohibición de la autotutela

Al que para hacer efectivo un derecho o pretendido derecho que deba ejercitar, empleare violencia, se le aplicará prisión de tres meses a un año o de 30 a 90 días multa. En estos casos sólo se procederá por querella de la parte ofendida. (ART 226. C.P.F.)

Sin embargo el estado no puede llegar a la prohibición total y absoluta ya que existen determinadas situaciones de emergencia en las que tutelar un derecho exige su defensa o ejercicio inmediatos por su titular, sin que pueda esperar la intervención de los tribunales, ya que esta sería tardía e ineficaz

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